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Articulos Importantes De La LFT


Enviado por   •  8 de Agosto de 2013  •  563 Palabras (3 Páginas)  •  557 Visitas

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Art. 51.- Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el trabajador:

A).- Engañarlo el patrón, en su caso, la agrupación patronal al proponerle el trabajo, respecto de las condiciones del mismo. Esta causa de rescisión dejará de tener efecto después de treinta días de presentar sus servicios el trabajador.

B).- Incurrir el patrón, sus familiares o su personal directivo o administrativo, dentro del servicio, en faltas de probidad u honradez, actos de violencia, amenazas, injurias, malos tratamientos u otros análogos, en contra del trabajador, cónyuge, padres, hijos o hermanos.

C).- Incurrir el patrón, sus familiares o trabajadores, fuera del servicio, en los actos a que se refiere la fracción anterior, si son de tal manera graves que hagan imposible el cumplimiento de la relación de trabajo.

D).- Reducir el patrón el salario al trabajador.

E).- No recibir el salario correspondiente en la fecha o lugar convenidos o acostumbrados.

F).- Sufrir perjuicios causados maliciosamente por el patrón, es sus herramientas o útiles de trabajo.

G).- La existencia de un peligro grave para la seguridad o salud del trabajador o de su familia, ya sea por carecer de condiciones higiénicas el establecimiento o porque no se cumplan las medidas preventivas y de seguridad que las leyes establezcan.

H).- Comprometer el patrón, con su imprudencia o descuido inexcusables, la seguridad del establecimiento o de las personas que se encuentren en él.

I).- Las análogas a las establecidas en las fracciones anteriores, de igual manera graves y de consecuencias semejantes, en lo que al trabajo se refiere.

Art. 53.- Son causas de terminación de las relaciones de trabajo:

A).- El mutuo consentimiento de las partes.

B).- La Muerte del trabajador.

C).- La terminación de la obra o vencimiento del término o inversión del capital, de conformidad con los artículos 36, 37 y 38.

D).- La incapacidad física o mental o inhabilidad manifiesta del trabajador, que haga imposible la prestación del trabajo.

E).- Los casos a que se refiere el artículo 434.

Art. 58.- Jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo.

Art. 69.- Por cada seis días de trabajo disfrutará el trabajador de un día de descanso, po lo menos, con goce de salario íntegro.

Art. 74.- Son días de descanso obligatorios: REFORMADO EL martes 17 de enero del 2006

El 1o. de Enero.

El primer lunes de Febrero en conmemoración del 5 de Febrero. (reformado)

El tercer lunes de Marzo en conmemoración del 21 de Marzo. (reformado)

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