Aspecto Legales En Enfermería
Enviado por nataliek248 • 17 de Abril de 2014 • 723 Palabras (3 Páginas) • 489 Visitas
Aspectos legales III:
- Facultades:
Subsistir a perpetuidad, a los fines de su creación, bajo el nombre del "Colegio de Profesionales de la Enfermería de Puerto Rico, Inc. Poseer y usar un sello que podrá alterar a su voluntad.
Adoptar un reglamento interno, que será obligatorio para todos los miembros, el cual podrá ser enmendado en la forma y bajo los requisitos que en el mismo se establezcan. Nombrar sus directores/as y funcionarios/as u oficiales, los/as cuales constituirán la Junta del Colegio.
Formular, adoptar e implantar con la Junta Examinadora de Enfermeras y Enfermeros de Puerto Rico, los cánones de ética profesional que rigen la conducta de los colegiados. Establecer y promover las funciones, categorías y estándares para la práctica de la enfermería profesional y la evaluación de ésta según disposición de la Ley Núm.11del 30 de junio de 1976, y la Ley Núm. 9 de 11 de octubre de 1987. Representar a todos/as colegiados/as y tener autoridad para hablar a nombre de ellos/as, ante otros grupos profesionales y ante el público en general a nivel local e internacional, de acuerdo con los términos de la Ley Núm. 82 de este Reglamento y de las decisiones adoptadas por los/as colegiados/as. Recibir las querellas que sean sometidas a la Junta respecto a la conducta de un colegiado/a. Estas serán referidas a la Comisión de Etica, Querellas y Agravios para que sean investigadas y procesadas de acuerdoa las normas y procedimeintos que a estos fines están establecidos. Adquirir derechos, bienes, muebles, inmuebles y cualesquiera fondos, por donación, legado, contribuciones, compra, traspasos, cesiones, subsidios, asignaciones, anticipos, préstamos o de cualquier otro modo legal, tanto del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, como el Gobierno Federal o sus agencias o de personas o entidades particulares. Podrá poseer, hipotecar, arrendar, administrar y dispone de dichos bienes en forma legal de acuerdo con su reglamento. Ejercitar las facultades incidentes que fueron necesarias o convenientes a los fines de su creación y que no conflijan con la Ley Núm. 82 del 1ro de junio de 1973, y el Reglamento del Colegio.
-Funciones:
La Junta de Gobierno es el cuerpo de oficial del Colegio. Su función es regir los destinos del Colegio, según se establece en la Ley Núm.82 del 1ro de junio de 1973, y de acuerdo a las normas establecidas en el Reglamento, aprobadas en Asamblea General. Su función es de carácter ejecutivo y representativo.
- Composición:
La Junta estará compuesta por un Presidente, un primer Vice Presidente/a Segundo/a Vice Presidente/a, Secretario/a, Tesorero/a, ocho vocales, uno por cada Capitulo los cuales serán electos según lo dispone este Reglamento. No podrá ocupar cargos de la Junta los miembros de la Junta Examinadora, la Secretaria Auxiliar de Enfermería del Departamento de Salud, oficiales o directores de sindicatos
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