Aspectos Políticos de Venezuela
Enviado por angelino998811 • 23 de Enero de 2014 • Tesis • 6.360 Palabras (26 Páginas) • 334 Visitas
Aspectos Políticos de Venezuela
Venezuela es una República Federal integrada por veinte estados, un distrito federal, dos territorios federales y setenta y dos islas (dependencias federales) en el mar Caribe.
Durante los últimos cuarenta años, la Nación se ha gobernado por un sistema enmarcado dentro de la filosofía y prácticas de la democracia representativa y sus tres poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
El Poder Ejecutivo está representado por el Presidente de la República, elegido por el voto popular, directo y secreto de los ciudadanos mayores de 18 años, para un período de cinco años, y no puede ser reelegido dentro de los diez siguientes a la terminación del mismo. En sus tareas es asistido por un Consejo de Ministros, el cual integran las siguientes carteras: Relaciones Interiores, Relaciones Exteriores, Hacienda, Defensa, Industria y Comercio, Educación, Sanidad y Asistencia Social, Agricultura y Cría, Transportes y Comunicaciones, Trabajo, Cultura, Justicia, Energía y Minas, Desarrollo Urbano, Familia, Coordinación y Planificación, Ambiente y Recursos Naturales Renovables y la Secretaría de la Presidencia.
Integran también el mencionado Consejo otros diez ministros de Estado: Descentralización, Juventud, Educación Superior, Asesor del Presidente, Copre (Reforma del Estado), Corpoturismo, Asuntos Económicos Internacionales, Corporación Venezolana Guayana, Oficina Central de Información, Fondo de Inversiones de Venezuela, a los que se suma el Gobernador del Distrito Federal.
El Poder Legislativo (Consejo Nacional) es bicameral, con 55 Senadores y 213 diputados elegidos por un período de cinco años. El Parlamento tiene a su cargo la designación de los funcionarios que encabezan los tres organismos del Estado encargados de vigilar la gestión administrativa del Gobierno: el Fiscal General de la República, quien vela por la obligación de las leyes; el Controlador General de la República, encargado de vigilar el movimiento presupuestario; y el Procurador General de la República, encargado de asegurar y defender los derechos del poder público. Como parte de la estructura legislativa del país, cada estado cuenta con una Asamblea.
El Poder Judicial, soberano e independiente, está constituido por la Corte Suprema de Justicia, 768 Tribunales, 54 Defensores Públicos de presos y 54 Fiscales del Ministerio Público. Los jueces son nombrados por el Consejo de la Judicatura.
La Constitución Nacional vigente fue promulgada el 23 de enero de 1961, aunque el sistema político ha experimentado grandes cambios en los últimos años debido al proceso de descentralización administrativa. Además, los gobernadores, las asambleas legislativas, los alcaldes y los concejos municipales se eligen de forma uninominal; estas elecciones, que se realizan cada tres años, no pueden coincidir con las elecciones estatales.
Venezuela es miembro de la Organización de las Naciones Unidas, país fundador de la Organización de Estados Americanos, miembro del Banco Mundial, del Banco Interamericano de Desarrollo, de la Corporación Andina de Fomento y de la Organización de Países Exportadores de Petróleo.
Al Ejecutivo Nacional le corresponde la coordinación, la planificación y la ejecución de los programas gubernamentales con el fin de promover y orientar el desarrollo económico, social e institucional del país; para estos fines cuenta con la Oficina Central de Coordinación y Planificación (Cordiplan).
En la materia tocante con el desarrollo regional, Cordiplan tiene como objetivos:
la descentralización de las actividades económicas mediante la regionalización de las inversiones públicas y la aplicación de incentivos regionales para la inversión privada;
el acondicionamiento físico espacial, que comprende la organización de la red y el espacio urbano y del espacio y de los recursos del medio rural; y
la descentralización progresiva de la administración pública.
Para adelantar las tareas de planificación regional el país cuenta, además, con los siguientes organismos:
1. Consejo Nacional de Desarrollo Regional
Es un órgano consultivo y de concentración de políticas de desarrollo regional a nivel nacional. Sus atribuciones son:
proponer, conforme a las directrices de la planificación física y espacial, la política nacional de desarrollo regional que formará parte del Plan de la Nación;
asesorar a los organismos competentes en la formulación de la política de ordenación del territorio, conforme con las orientaciones del Plan de la Nación;
promover la concertación de los diversos sectores en los planes regionales y nacionales para garantizar la consecución de los objetivos de las políticas de ordenación territorial, desarrollo regional y descentralización económica y administrativa;
asesorar al Ejecutivo Nacional en la elaboración de las medidas conducentes a la reforma de la Administración Pública Nacional para el mejor logro de las políticas de desarrollo regional, descentralización económica y administrativa y promoción de la participación de la comunidad;
procurar que los planes y programas de las Corporaciones Regionales de Desarrollo y de los demás entes que conforman la Administración Pública Nacional y Estatal estén enmarcados dentro de la política de desarrollo de las respectivas regiones;
asesorar al Ejecutivo Nacional en la distribución del aporte presupuestario a las Corporaciones Regionales de Desarrollo;
propiciar el estudio de programas de desarrollo en zonas fronterizas y de salvaguarda de las culturas autóctonas;
propiciar la realización de estudios de carácter regional;
opinar sobre la creación de áreas de programación especial y de subregiones;
evaluar la ejecución de la política nacional de desarrollo regional;
analizar las cuestiones que someta a su consideración el Ejecutivo Nacional; y,
dictar su propio Reglamento Interno.
2. Consejo Regional de Desarrollo
Es un órgano consultivo y de concertación de políticas a nivel regional. Sus atribuciones son:
proponer la política de desarrollo de la región, de conformidad con la política nacional de desarrollo regional y con los proyectos y aspiraciones de la comunidad;
proponer al Consejo Nacional de Desarrollo Regional los planes regionales;
colaborar con el Ejecutivo Nacional en el control y la evaluación de la ejecución del Plan de la Nación en la parte relativa a la región y proponer las reformulaciones que sean necesarias;
colaborar con la Comisión a la cual se refiere el Artículo 3.º de la Ley Orgánica de Coordinación de la Inversión del Situado
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