Auditoria
Enviado por Giseri • 9 de Febrero de 2014 • 2.714 Palabras (11 Páginas) • 424 Visitas
Auditoria
La Ley de Auditoría de Cuentas (LAC) y su Reglamento definen la auditoría como «La actividad consistente en la revisión y verificación de las cuentas anuales, así como de otros estados financieros o documentos contables, elaborados con arreglo al marco normativo de información financiera que resulte de aplicación, siempre que aquélla tenga por objeto la emisión de un informe sobre la fiabilidad de dichos documentos que puede tener efectos frente a terceros.» (Artículo 1.2). El Reglamento puntualiza que será realizada por persona cualificada e independiente, utilizando técnicas de revisión y verificación idóneas.
Clases de auditoria
En los últimos años, la rápida evolución de la auditoría ha generado algunos términos que son poco claros respecto de los contenidos que expresan. Además, este proceso evolutivo ha provocado, en la actividad de la revisión, la especialización de la auditoría según el objeto, destino, técnicas, métodos, etc., que se realicen. Así, sin ánimo de ser exhaustivos, se habla de auditoría externa, auditoría interna, auditoría operativa, auditoría pública o gubernamental, auditoría de sistemas, etc.
Una breve referencia de cada una de las modalidades descritas nos aclara los diferentes enfoques.
Auditoría externa o auditoría legal
Examen de las cuentas anuales de una empresa por un auditor externo, normalmente por exigencia legal.
La definición de auditoría externa que recoge L. Cañibano, 5 de aceptación generalizada, es la siguiente: «El objetivo de un examen de los estados financieros de una compañía, por parte de un auditor independiente, es la expresión de una opinión sobre si los mismos reflejan razonablemente su situación patrimonial, los resultados de sus operaciones y los cambios en la situación financiera, de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados y con la legislación vigente».
Algunos autores, como J. L. Larrea y A. S. Suárez, califican la auditoría como externa por su condición de legalidad y porque el auditor es ajeno a la empresa; mientras que otros autores lo hacen por los efectos que ella produce frente a terceros(inscripción en el Registro Mercantil).
5 CAÑIBANO, L.: Curso de auditoría contable. 4.ª ed. Pirámide, Madrid, 1996, pág. 53.
Auditoría interna
Control realizado por los empleados de una empresa para garantizar que las operaciones se llevan a cabo de acuerdo con la política general de la entidad, evaluando la eficacia y la eficiencia, y proponiendo soluciones a los problemas detectados.
La auditoría interna se puede concebir como una parte del control interno. La realizan personas dependientes de la organización con un grado de independencia suficiente para poder realizar el trabajo objetivamente; una vez acabado su cometido han de informar a la Dirección de todos los resultados obtenidos. La característica principal de la auditoría interna es, por tanto, la dependencia de la organización y el destino de la información. Hay autores, como E. Heviá,6 que la equiparan más a aspectos operativos, definiéndola como «el órgano asesor de la dirección que busca la manera de dotar a la empresa de una mayor eficiencia mediante el constante y progresivo perfeccionamiento de políticas, sistemas, métodos y procedimientos de la empresa».
Auditoría operativa
Revisión del sistema de control interno de una empresa por personas cualificadas, con el fin de evaluarsu eficacia e incrementar su rendimiento. La auditoría operativa consiste en el examen de los métodos, los procedimientos y los sistemas de control interno de una empresa u organismo, público o privado; en definitiva, se fundamenta en analizar la gestión.6 HEVIÁ, E.: Manual de auditoría interna. Centrum, Barcelona, 1989, pág. 4.
También se conoce como auditoría de gestión, auditoría de las «tres es» (economía, eficacia y eficiencia), auditoría de programas, etcétera.
La Intervención General de la Administración del Estado
(IGAE) define la auditoría operativa como la revisión sistemática de las actividades de una entidad, efectuada por personal cualificado con el propósito de valorar las «tres es» (eficiencia, eficacia y economía) en el cumplimiento de los objetivos. La auditoría operativa no está regulada por la ley, ya que su objetivo es verificar la eficiencia de la gestión empresarial; su examen va más allá de los estados financieros, y los resultados de la actuación del auditor son para uso interno y privado.
Auditoría pública o gubernamental
En España, la actividad auditora de organismos e instituciones públicas es desarrollada por el Tribunal de Cuentas (TC) creado por Ley Orgánica en 1984, que depende de las Cortes Generales, con independencia del Ejecutivo.
La función de la auditoría pública, equivalente a la auditoría externa privada, es competencia del TC, sin perjuicio de las competencias atribuidas en la materia a las CC AA a través de sus Tribunales de Cuentas. Así mismo, el control financiero, semejante al control interno privado, corresponde a la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda, según la Ley 38/1988 de Haciendas Locales que creó la denominada intervención con atribuciones sobre la fiscalización de las cuentas públicas. Existen a su vez otros organismos estatales que realizan esta función, como son la Intervención Militar y la Intervención General de la Seguridad Social.
Auditoría de sistemas
En esta modalidad podemos incluir lo que se conoce por auditorías especiales, como la auditoría medioambiental, auditoría informática y otras formas que empiezan a tomar nombre (económico-social, ética y otras). Especial relevancia ocupa la auditoría medioambiental, debido a la creciente conciencia social sobre asuntos relativos a la conservación y preservación de la calidad medioambiental (se trata de uno de los condicionantes actuales de la actividad humana que no había en épocas pasadas).
En este sentido, una de las contingencias que ocupa un lugar más significativo en las empresas es, precisamente, la de tipo medioambiental, debido a las presiones sociales, a las propias administraciones con legislaciones cada vez más rígidas, a los consumidores que exigen mayor calidad y al personal de las empresas por motivos de seguridad.
A este efecto, el ICAC ha creado la Resolución de 25 de marzo de 2002, por la que aprueba normas para el reconocimiento, valoración e información de los aspectos medio ambientales en las cuentas anuales.
En consonancia con el medio ambiente y para dar respuesta internacional al cambio climático, se firma el Protocolo de Kioto, que es ratificado por los Estados Miembros de la
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