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BAJA DEL IMSS 2012 JURISPRUDENCIA


Enviado por   •  11 de Noviembre de 2012  •  343 Palabras (2 Páginas)  •  566 Visitas

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Época: Décima Época

Registro: 159996

Instancia: PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO

Tipo Tesis: Jurisprudencia

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Localización: Libro XI, Agosto de 2012, Tomo 2

Materia(s): Laboral

Tesis: II.1o.T. J/48 (9a.)

Pag. 1287

[J]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XI, Agosto de 2012, Tomo 2; Pág. 1287

OFRECIMIENTO DE TRABAJO. ES DE MALA FE CUANDO HAYA TRANSCURRIDO UN LAPSO MENOR A

QUINCE DÍAS ENTRE EL AVISO DE BAJA DEL TRABAJADOR ANTE EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO

SOCIAL Y LA FECHA EN LA CUAL FUE DESPEDIDO.

Conforme a diversos criterios del Más Alto Tribunal del País, para la calificación del ofrecimiento de trabajo cuando se

dio el aviso de baja del trabajador ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, debe tomarse en consideración la

cercanía entre la fecha en la cual se realizó el despido y la de la citada baja; por tanto, el ofrecimiento de trabajo es de

mala fe cuando haya transcurrido un lapso menor a quince días entre las fechas precisadas; pero si rebasa el lapso

señalado, este aspecto no puede llevar por sí solo a estimar de mala fe la citada propuesta, pues ante este hecho, es

dable considerar que fue razonable la determinación de la patronal de haberlo dado de baja ante dicho instituto, a fin de

ya no seguir aportando, sin justificación, las cuotas obrero-patronales ante la mencionada institución.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO

Amparo directo 1479/2009. Trager, S.A. de C.V. 30 de noviembre de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Miguel

Ángel Ramos Pérez. Secretaria: Erica Ivonne Popoca Contreras.

Amparo directo 608/2011. Ayuntamiento Constitucional de Toluca, México. 31 de enero de 2012. Unanimidad de votos.

Ponente: Alejandro Sosa Ortiz. Secretaria: Leonor Heras Lara.

Amparo directo 926/2011. María Teresa Palomino Mendiola. 3 de abril de 2012. Unanimidad de votos. Ponente:

Alejandro Sosa Ortiz. Secretaria: Erica Ivonne Popoca Contreras.

Amparo directo 623/2011. Eugenio Juárez López. 19 de abril de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Alejandro Sosa

Ortiz. Secretaria: Gloria Burgos Ortega.

Amparo directo 737/2011. 4 de mayo de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Arturo García Torres. Secretaria:

Maricruz García Enríquez.

Natividad Abogados, S.C.

Buffon No. 4, Nueva Anzures, Miguel Hidalgo, 11590, México, D.F.

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