C. JUEZ EN TURNO DE ESTE PARTIDO JUDICIAL DE DOLORES HIDALGO, GUANAJUATO
Enviado por larragagris • 28 de Abril de 2016 • Apuntes • 744 Palabras (3 Páginas) • 506 Visitas
C. JUEZ EN TURNO DE ESTE PARTIDO JUDICIAL DE
DOLORES HIDALGO, GUANAJUATO.
PRESENTE:
ISIDORO CAMACHO ALCARAZ, mexicano, mayor de edad, por mi propio derecho Señalando como domicilio procesal para oír y recibir notificaciones, en la calle Yucatán número 32 de la zona centro de esta ciudad de dolores hidalgo, Guanajuato, y autorizo en términos del artículo 1069 del código de comercio tercer párrafo, a la c. licenciada en derecho MARIA GRICELDA SOTO GODINEZ
Que por medio de este escrito, EN LA VIA DE EJECUCION DE SENTENCIA ENMARCADO EN EL ARTICULO 441 y 446 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES VIGENTE EN EL ESTADO DE GUANAJUATO VENGO A DEMANDAR A FRANCISCO CASTLLO MENDIOLA MISMO QUE TIENE SU DOMICILIO EN CALLE VALENCIA NUMERO 9 DE LA COLONIA MIGUEL HIDALGO DE DOLORES HIDALGO, GUANAJUATO; de quien demando las siguientes prestaciones:
- La ejecución del convenio celebrado en fecha 14 de octubre del 2015
- Como consecuencia de la ejecución el pago de 200,000.00 doscientos mil pesos moneda nacional; estipulado en la cláusula segunda del convenio a ejecutar
- El pago del 3% mensual vencido desde el y que siga vencido hasta el total de su liquidación
- El pago de Gastos y costa que origine esta ejecución.
FUNDO MI DEMANDA EN LOS SIGUIENTES CONSIDERACIONES DE HECHO Y DERECHO:
HECHOS:
- El suscrito y el ahora demandado, celebramos en el centro regional de justicia alternativa en esta ciudad de dolores hidalgo, un convenio de pago en pesos el día 14 de octubre del 2015 mismo que anexo como base de mi acción y ejecución.
- En dicho convenio de obligo al pago de 200,000.00 DOSCIENTOS mil pesos moneda nacional, en 2 exhibiciones.
- El c. José Francisco Castillo Mendiola se obligó a llevar EL DIA 02 DE FEBRERO DEL 2016, LA CANTIDAD DE 170,000.00 CIENTO SETENTA MIL PESOS Y que el lugar del primer pago serian las instalaciones del centro estatal de justicia alternativa sede dolores hidalgo, Guanajuato, con domicilio ampliamente conocido,( cosa que no ocurrió).
- En fecha 02 de febrero del 2016 acudí al centro estatal de justicia alternativa para recibir el primer pago a la hora señalada, y el c. José francisco castillo Mendiola, manifestó que en la fecha señalada para él pago final me daría todo el dinero, cosa que no ocurrió.
- El día 20 de febrero del 2016 acudí al centro estatal de justicia alternativa con sede en dolores hidalgo esto para finiquitar el asunto y recibir el pago como había quedado el señor Jose francisco castillo Mendiola fecha en que se vencía el segundo pago, el señor no se presentó.
- Como consecuencia en la cláusula segunda de dicho convenio se hace referencia que por el incumplimiento de dicho convenio se podrá EJECUTAR CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 441 Y 446 fracción III del código e procedimientos civiles en el estado de Guanajuato,
- Como consecuencia se le pide el pago de 200,000.00 doscientos mil pesos moneda nacional 00/100 ya que la c. JOSE FRANCISCO CASTILLO MENDIOLA ya que incumplió con el total de lo que se convino en el presente convenio, motivo por el cual acudo ante la autoridad para la ejecución del convenio
- El convenio se ratificó el día 14 de octubre del 2015
- El convenio se elevó a la categoría de cosa juzgada el dio 14 de octubre del 2015 motivo por el cual solo pido la ejecución por ser cosa juzgada.
CAPÍTULO DE PRUEBAS:
DOCUMENTAL PUBLICA: consistente en original del convenio celebrado ante el centro estatal de justicia alternativa, el dia 14 de octubre del 2015
DERECHO:
Determinan el procedimiento los artículos 1, 2, 3, 24, 30, 441 y 446 FRACC III, y demás relativos del código de procedimientos civiles en el estado de Guanajuato.
Po lo antes expuesto y fundado le pido c. juez:
Primero: tenerme por presentada en forma términos del presente ocurso, demandando al C. JOSE FRANCISCO CASTILLO MENDIOLA y requerirle del pago en una sola exhibición y demás, prestaciones enumeradas con los incisos A, B, C Y D
...