ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES


Enviado por   •  15 de Junio de 2014  •  Examen  •  496 Palabras (2 Páginas)  •  292 Visitas

Página 1 de 2

Demanda laboral

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL NUEVO REGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS

EN SU NOMBRE

201° y 152°

Expediente NP11-L-2011-000855

DEMANDANTE: FRANCISCO PALMA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.258.107, de este domicilio.

Apoderado judicial ERRICO DESIDERIO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 42.284.

Demandada Principal VISEAN, C.A.

Apoderado Judicial: NO PRESENTO APODERADO JUDICIAL

Demandada Solidaria: BOHAI PETROLEUNM SERVICES VENEZUELA L.T.D., S.A.

Apoderado Judicial: FERNANDO CHACIN, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 76.783.

Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

La presente causa se inicia en fecha 01 de junio de 2011, con la interposición de demanda intentada por el ciudadano FRANCISCO PALMA, en contra de las empresa VISEAN, C.A. y solidariamente a la empresa BOHAI PETROLEUNM SERVICES VENEZUELA L.T.D., S.A.; la causa es recibida en fecha 01 de junio de 2011, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de esta Coordinación Judicial, quien procede a admitir la demanda conforme a la ley y realiza todos los trámites pertinentes a los fines de la notificación de las empresa demandadas, dejándose constancia que al inicio de la Audiencia Preliminar la parte demandante consigno su correspondiente escrito probatorio, por su parte la parte demandada principal no compareció, ni por si ni por medio de apoderados judiciales por lo tanto se declara la presunción de admisión de los hechos de carácter absoluta; de igual forma se dejó constancia que la parte demandada solidaria no consigno pruebas, prolongándose la audiencia preliminar, siendo la última celebrada en fecha 29 de noviembre de 2011, sin que fuere posible lograr una mediación positiva, por lo que se ordenó la remisión del expediente al Juzgado de Juicio que corresponda por distribución. Correspondiendo su conocimiento a este Juzgado, quien con tal carácter suscribe la presente decisión.

DECISIÓN

Por las consideraciones anteriormente expuestas, el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano FRANCISCO PALMA contra la empresa VISEAN, C.A., por lo que ésta deberá pagarle al actor la cantidad de VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO BOLÍVARES CON 42/100 (Bs. 26.688,42). SEGUNDO: SIN LUGAR contra la empresa BOHAI PETROLEUNM SERVICES VENEZUELA L.T.D., S.A. TERCERO: En cuanto

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (3 Kb)
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com