CODIGO FISCAL
Enviado por liliardz • 14 de Febrero de 2012 • 338 Palabras (2 Páginas) • 515 Visitas
hayan sido notificados o no se hubieren apegado a lo dispuesto en esta ley, conforme
a las siguientes reglas:
i.
Si el particular afirma conocer el acto administrativo materia de la notificación,
la impugnación contra la misma se hará valer mediante la interposición del
recurso administrativo correspondiente, en el que manifestara la fecha en
que lo conoció; en caso de que también impugna el acto administrativo, los
agravios se expresaran en el citado recurso, conjuntamente con los que se
acumulen contra la notificación;
ii. Si el particular niega conocer el acto manifestara tal desconocimiento
interponiendo el recurso administrativo correspondiente ante la autoridad
competente para notificar dicho acto. La citada autoridad le dará a conocer
el acto junto con la notificación que del mismo se hubiere practicado, para
lo cual el particular señalara en el escrito del propio recurso, el domicilio en
el que se deba dar a conocer y el nombre de la persona autorizada para
recibirlo, en su caso.
Si no se señalare domicilio, la autoridad dará a conocer el acto mediante
notificación por edictos; si no se señalare persona autorizada, se hará
mediante notificación personal.
El particular tendrá un plazo de quince días a partir del día siguiente a
aquel en que la autoridad se los haya dado a conocer, para ampliar el
recurso administrativo, impugnando el acto y su notificación, o cualquiera
de ellos según sea el caso;
iii. La autoridad competente para resolver el recurso administrativo estudiara los
agravios expresados contra la notificación, previamente al examen de la
impugnación que, en su caso, se haya hecho del acto administrativo; y
iv. Si se resuelve que no hubo notificación o que esta no fue efectuada conforme
a lo dispuesto por la presente ley, se tendrá al recurrente como sabedor
del acto administrativo desde la fecha en que manifestó conocerlo o en que
se le dio a conocer en los términos de la fracción ii del presente articulo,
quedando sin efectos todo lo actuado con base en aquella, y procederá al
estudio de la impugnación que, en su caso, hubiese formulado en contra de
dicho acto.
Si resuelve que la notificación fue legalmente practicada y, como consecuencia de
ello, la impugnación contra el acto se interpuso extemporáneamente, desechara dicho
recurso.
...