COERCIBILIDAD ,NORMAS JURIDICAS
Enviado por Miirko Hurtado • 1 de Octubre de 2015 • Trabajo • 1.018 Palabras (5 Páginas) • 809 Visitas
ELEMENTOS DE LA NORMA JURIDICA |
25/09/2015 |
TEORIA GENERAL DEL DERECHO
CONCEPTO DE NORMA JURIDICA
Por norma jurídica se entiende todo precepto, mandato, disposición o regla que tiene por fin ordenar la convivencia de la comunidad y cuyo cumplimiento puede ser impuesto coactivamente por el poder directivo del momento.
Las normas regulan las conductas de los individuos, mandan, ordenan, prohíben y amenazan con la correspondencia sanción si no se cumple lo ordenado.
De ahí que suela definirse a la norma jurídica como un mandato revestido de sanción. De Castro por ejemplo que dice que la norma es el mandato con eficacia social organizadora, y Castan por su parte, indica que las normas jurídicas son las reglas que rigen la conducta de los hombres en sus mutuas relaciones sociales y cuya observancia garantiza el Estado médiate oportunas sanciones.
“Toda norma manda o prohíbe alguna cosa e impone la correspondiente sanción si no se cumple lo ordenado.”
CARACTERES.
Bilateralidad: (dos lados, dos partes), acá cuando hablamos de bilateralidad hacemos referencia a que mientras que la norma jurídica establece obligaciones para unos, concede facultades para otros. Siempre el Derecho se refiere a dos sujetos, pone en relación a dos partes: determina la conducta de uno en función de la actividad ajena.
Así por ejemplo, cuando la norma le dice al deudor que debe pagar, le acuerda al acreedor la facultad de cobrar; cuando el Juez determina que el padre debe reconocer a un hijo le impone ese deber y faculta al hijo a ser hijo legítimo de ese padre.
Imperatividad: la Imperatividad significa que toda norma manda o prohíbe de algo. El mandato es un elemento necesario que establece expresamente el cumplimiento de la norma y por ello presupone alguien que manda y alguien que obedece.
Esto no quiere decir que de la norma solo nazcan deberes (deberes de cumplir lo mandado) sino que frecuentemente a la vez que manda concede a otros el derecho a que se cumpla lo debido.
“De las normas nacen deberes pero también nacen los derechos”
Generalidad: la generalidad de la norma la podemos ver desde dos puntos de vista: por un lado toda norma trata de regular de un modo igual casos iguales, no alude a un caso concreto sino a todos los casos semejantes que puedan producirse durante el tiempo de vigencia de la norma, en este sentido decimos que la norma es abstracta por que se refiere a una serie de supuestos en número indefinido, ya que no puede haber tantas normas jurídicas como problemas hay en la vida.
Por otra parte generalidad significa que las normas no están dirigidas a personas determinadas ni a relaciones individualmente consideradas sino a todas las personas que se encuentren en las mismas circunstancias .La generalidad se contrapone a la individualidad, la norma no se refiere a personas concretas sino a todos los ciudadanos que resulten afectados por ella.
COERCIBILIDAD
De acuerdo con la Real Academia de la Lengua, puede entenderse como coacción es el uso efectivo de la fuerza, mientras que coercible o coercibilidad es la mera posibilidad de aplicarla.
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