“COMPETENCIA TERRITORIAL DEL NOTARIO PUBLICO (COMPARACION CON LOS DEMAS ESTADOS DE LA REPUBLICA MEXICANA)”
Enviado por iusnaturae008 • 23 de Agosto de 2015 • Ensayo • 9.331 Palabras (38 Páginas) • 335 Visitas
UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA
CENTRO UNIVERSITARIO DE CIENCIAS SOCIALES Y HUMANIDADES
DERECHO NOTARIAL Y CORREDURIA PÚBLICA
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“COMPETENCIA TERRITORIAL DEL NOTARIO PUBLICO (COMPARACION CON LOS DEMAS ESTADOS DE LA REPUBLICA MEXICANA)”
EQUIPO 1*
INTEGRANTES:
CASTAÑEDA ZARAGOZA DANIEL ANTONIO
BAÑUELOS COBOS ROCIO
QUEZA AMEZCUA ALEJANDRA CAROL
RAMIREZ RIVERA BRENDA NATALIE
VERDUZCO MARTINEZ DAVID ALEJANDRO
PRESENTACION
El objetivo de este trabajo consiste en conocer el significado de la palabra competencia. Es necesario tener presente que el término competencia tiene un significado general, el cual es de suma importancia conocer, para poder determinar después el significado de la competencia del notario en razón del territorio.
Entonces, ¿en qué consiste la competencia en sentido general? ¿A qué nos referimos cuando hablamos de competencia del notario en razón del territorio? ¿Son sinónimos los términos de competencia y jurisdicción? ¿El notario tiene jurisdicción? ¿Qué son los distritos notariales? ¿Qué ocurre si los notarios actúan fuera del distrito? Estas preguntas y otras más que giran en torno al tema que nos compete serán contestadas a lo largo de este trabajo de investigación.
Para este trabajo el equipo utilizo fuentes legislativas a si como libros, artículos de publicaciones periodísticas, material publicado en Internet, entre otros. Por consiguiente, la investigación será desarrollada a través de la indagación documental.
CAPITULO I
1.- EL ACTUAR DEL NOTARIO EN EL ESTADO DE AGUASCALIENTES.
El ejercicio del Notariado en el Estado de Aguascalientes, es una función de orden público, a cargo del Ejecutivo del Estado, quien la ejercerá por Delegación o profesionistas del derecho a virtud del Fiat que les expida para su desempeño
En el estado de Aguascalientes se define al notario en el articulo 3° de la ley del notario como “un profesional del derecho a quien se encomienda el Notariado y además, guarda en su oficina, los instrumentos relativos a los actos y hechos con sus anexos y expide los testimonios o copias que legalmente puedan darse
Los notarios en el estado de Aguascalientes deben de ejercer sus funciones dentro de los límites del estado, pero no podrán comprometerse con alguna otra persona en asociación o sociedades en que se vinculen actividades notariales. Salvo cada notaria sea atendida por un notario. Podrán asociarse 2 notarios por el tiempo que estimen convenientes siempre que sus notarias se establezcan dentro de un mismo partido judicial, conforme a la división que de estos establece el articulo 33° de la ley orgánica del poder judicial del estado[1]
Entiéndase como partido judicial la unidad territorial para la administración de justicia, integrada por uno o varios municipios y pertenecientes a un mismo estado.
CONCLUSION: El notario en el estado de Aguascalientes si puede actuar en todo el territorio del estado salvo que no podrá asociarse respecto a actividades notariales únicamente cuando se asocie con otro notario aquí únicamente podrá ejercer funciones dentro de un mismo partido judicial.
2.- EL ACTUAR DEL NOTARIO EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA NORTE.
En el estado de baja california norte, La función notarial es de orden público. Y Estará a cargo del Ejecutivo del Estado y por delegación de este se encomienda a profesionales del derecho en virtud de la patente que para tal efecto les otorgue el propio ejecutivo, a fin de que la desempeñen en los términos de la ley del notariado de dicho estado.
Para el estado de baja california norte define al notario como “la persona investida de fe pública para hacer constar los contratos, actos y hechos jurídicos y revistiéndolos de solemnidad y forma legales”[2]
El notario del estado de baja california norte deberán ejercer sus funciones de acuerdo a la patente que se le haya autorizado y esta patente autorizara a su Titular a ejercer el Notariado únicamente dentro de los límites territoriales de la Municipalidad para la cual fue expedida, sin embargo, los actos que se celebren ante su fe podrán referirse a bienes que se encuentren ubicados en cualquier otro lugar.[3]
Cabe mencionar que el estado de baja california norte esta integrada por 5 municipios:
- Tijuana
- Mexicali
- Ensenada
- Playas de rosarito
- Tecate
En el Estado de Baja California habrá el número de Notarías que el servicio de la población amerite, a razón de un Notario por cada 40 mil habitantes, o fracción de ellos[4]
CONCLUSION: El notario en el estado de baja california ejercerá sus funciones dentro de cada municipio (Tijuana, Mexicali, ensenada, playas de rosarito, Tecate) donde dicho municipio le fue asignado en el acto de expedición de la patente. Habrá un notario por cada 40 mil habitantes y fracción
3.- EL ACTUAR DEL NOTARIO EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR.
El ejercicio del notariado en el Estado de Baja California Sur, es una función de orden público. Y estará a cargo del Gobernador Constitucional del Estado y que por delegación se encomienda a profesionales del derecho a virtud de la patente que para tal efecto les otorga el propio Ejecutivo a fin de que lo desempeñen en los términos de la ley del notario del estado.[5]
En el estado de baja california sur se define al notario como “la persona investida de fe pública para hacer constar los contratos, actos y hechos jurídicos a los que los interesados deban o quieran dar autenticidad conforme a las leyes, y autorizado para intervenir en la formación de ellos, revistiéndolos de solemnidad y forma legal, siendo por lo tanto su función de orden público”[6]
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