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CONDICION DEL EXTRANJERO EN EL DERECHO VIGENTE MEXICANO


Enviado por   •  6 de Enero de 2014  •  786 Palabras (4 Páginas)  •  2.079 Visitas

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LA CONDICIÓN DEL EXTRANJERO EN EL DERECHO VIGENTE MEXICANO.

Para conocer los derechos y obligaciones de las personas en el derecho mexicano vigente tenemos que analizar los tratados internacionales, la constitución y las leyes federales. Conforme al artículo 33 de la Constitución. un extranjero es una persona física o moral que desempeña alguna actividad determinada fuera de su lugar de origen, y se encuentra bajo la autoridad del país que lo recibe, según las leyes que en el mismo se aplican.

NOCIÓN DEL EXTRANJERO EN LA LEGISLACIÓN MEXICANA

La palabra persona tiene como significado “... todo ser susceptible de derechos y obligaciones”.

Las personas físicas son llamadas también naturales, que gozan de capacidad jurídica; este concepto es carente de consistencia, ya que no menciona cuál es su capacidad jurídica.

Las personas morales deben tener personalidad jurídica reconocida en su lugar de origen, las que sean entidades comerciales e industriales de origen extranjero deberán sujetarse en sus operaciones a las leyes mexicanas que regulen la inversión extranjera.

RESTRICCIÓN EN EL GOCE DE ALGUNAS GARANTÍAS INDIVIDUALES.

Existen diversos derechos y obligaciones que los extranjeros deben cumplir al ingresar a nuestro país, entre los más importantes tenemos:

A) Los extranjeros están sometidos a la legislación Mexicana.

B) El derecho de los Estados para establecer, por medio de leyes, las condiciones de entrada y residencia de los extranjeros.

C) Subordina a los extranjeros a la jurisdicción y leyes locales.

D) Obliga a los extranjeros a pagar las contribuciones ordinarias y extraordinarias, siempre que sean generales para la población.

E) Obliga a los Estados a que reconozcan el goce de las garantías individuales a los extranjeros.

F) Faculta a los Estados para que por motivos de orden o seguridad, puedan expulsar al extranjero.

G) Prohíbe a los extranjeros inmiscuirse en las actividades políticas del país receptor.

TRATADOS SUSCRITOS POR MÉXICO EN CONDICIÓN DE EXTRANJERO

Por tratados celebrados por México, debe entenderse cualquier "acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular" (artículo 2, inciso a), de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969), así como aquellos celebrados entre México y organizaciones internacionales.

INTERNACIÓN Y ESTANCIA DEL EXTRANJERO Y SUS INVERSIONES EN MÉXICO.

Xavier San Martín y Torres considera que el Estado no debe negar una internación que se le solicite, siempre y cuando se cumpla con todos los requisitos exigidos por la ley, así como respetar el plazo que se le fije.

Considera

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