Derecho Ambiental Mexicano
Enviado por pelucas123 • 31 de Agosto de 2011 • 5.665 Palabras (23 Páginas) • 1.224 Visitas
INDICE:
Pags.
INTRODUCCIÓN ………………………………………………………………….. 1
1.- Antecedentes Históricos……………………………………………………… 3
2.- Acontecimientos Internacionales que impulsan el avance del derecho
Ambiental…………………………………………………………………………….. 3
3.- Fundamentos Internacionales de Derecho Ambiental……………………. 4
4.- El Derecho Constitucional a un Medio Ambiente Adecuado en México…. 4
5.- Leyes Federales……………………………………………………………….. 6
6.- Marco Normativo del Delito…………………………………………………… 6
7.- Clasificación del Delito……………………………………………………….. 6
8.- Conducta y Ausencia…………………………………………………………. 8
9.- Imputabilidad e Inimputabilidad……………………………………………... 8
10.- Tipicidad y Atipicidad…………………………………………………………. 9
11.- Antijuricidad y Causas de Justificación…………………………………….. 10
12.- Condiciones de Punibilidad y Ausencia……………………………………. 10
13.- Aspectos Colaterales del Delito……………………………………………. 11
14.- Conclusiones………………………………………………………………… 12
INTRODUCCIÓN:
Como hemos visto a través de la historia la presencia del hombre sobre la tierra, como la de cualquier otra especie, supone inexcusablemente su interacción con la naturaleza. En directa relación con sus capacidades y con el número de sus individuos, todas las especies alteran su entorno para atender a sus necesidades vitales. La singularidad de hombre, en este aspecto, se constriñe a sus portentosas capacidades, físicas e intelectuales, y a su exclusiva facultad de generar nuevas necesidades que van mucho más de las derivadas de su subsistencia.
Así pues, la acción del hombre sobre su entorno natural ha ido creciendo a medida en que se han desarrollado estos tres factores primarios: la demografía, la capacidad técnica y el número y cualidad de nuevas necesidades a las que podemos denominar “artificiales” o “intelectuales”, por convencional contraposición a las “biológicas” o de mera subsistencia. En este sentido, todas las civilizaciones han desarrollado medios, más o menos eficaces, más o menos agresivos, para poner a su entorno natural al servicio de sus objetivos colectivos o individuales. Así mismo interpretando la facultad de comprender que en su propia capacidad de alterar el medio podría resultar contraproducente, convirtiéndolo en progresivamente hostil, es uno de los rasgos que diferencia al Hombre de otras especies y la única esperanza para corregir a tiempo el proceso de deterioro del Planeta.
En efecto, pronto surgieron las primeras normas para evitar que las intervenciones sobre el entorno más próximo pudieran imposibilitar o dificultar la satisfacción, actual o futura, de necesidades esenciales para la colectividad.
Concebida así la individualizada protección de determinados recursos, como lo son la flora la fauna, no puede considerarse cabalmente que normas de esa naturaleza constituyan manifestaciones del Derecho Ambiental, si acaso antecedentes remotos en la medida en que coinciden parcialmente en su objeto de protección tal y como lo podemos ver en el tema que veremos a continuación consistente en el Delito de Diseminación, propagación, contagio o peligro de contagio de enfermedades a la flora, fauna, recursos naturales o ecosistemas del territorio nacional. .
Hasta hoy mismo, como quien dice, la progenie del Derecho Ambiental ha estado marcada por el rasgo de la autodefensa de una sociedad frente a los males que podían afectarla directamente. En este sentido es obvio que ni los recursos que se percibían como propios de otras sociedades, ni los “comunes” en cuanto no afectaran directamente al grupo, no despertaban ningún interés ni, mucho menos, reacciones de orden jurídico.
Según los antecedentes la política ambiental de México fue construida durante los años 80 y 90, atravesando la etapa de reformas neoliberales de la economía y transitando progresivamente hacia formas de operación que la integran al mercado ambiental global. Pero la escala regional de la crisis ambiental es el espacio concreto en el cual interactúan los actores del mercado ambiental, y en el caso de México, existen escenarios claramente diferenciados que se reseñan para ilustrar la complejidad de ese fenómeno característico de la globalización: su doble vertiente global y local. Más allá de un asunto teórico, mi propuesta es que una política dirigida hacia la crisis ambiental debe considerar lo que denomino el “saber geográfico”, es decir, la particularidad social y económica en que se produce geográficamente la crisis ambiental.
1
ANTECEDENTES HISTORICOS:
La evolución de las normas ambientales ha seguido diversas una de las cuales, comprende los preceptos orientados en función de la puesta en peligro de los recursos (riego, agua potable, navegación, etc.). La segunda, más evolucionada, encuadra la legislación en función de cada categoría o especie de recurso natural, coordinando los distintos usos (aguas, minerales, forestales, etc.). La tercera, orienta la normativa hacia el conjunto de los recursos naturales en un todo. Finalmente, la cuarta etapa toma en consideración el entorno como conjunto global y atiende a los ecosistemas. Esta última comprende las normas ambientales en sentido estricto. Estas etapas de la evolución legislativa, aunque sucesivas, no se excluyen unas a otras.
El Derecho Ambiental se desarrolló como lógica respuesta a la necesidad de explotar los recursos naturales en un marco de racionalidad, aprovechamiento sostenible y protección del ambiente. Su evolución ha sido rápida y progresiva, incorporándose paulatinamente en todas las ramas jurídicas y adquiriendo, a su vez, autonomía propia como disciplina vinculada con
...