Derecho Ambiental Mexicano
Enviado por mariable • 1 de Septiembre de 2014 • 1.345 Palabras (6 Páginas) • 250 Visitas
México es un país con una gran diversidad cultural y natural, no es de extrañarse que contemos con un reglamento que regule todas las actividades que se relacionan con estos dos aspectos, en el presente ensayo nos enfocaremos en las normas que regulan al medio ambiente, todo lo que corresponde a nuestra biodiversidad.
Biodiversidad o diversidad biológica es la variedad de la vida, abarca a la diversidad de especies de plantas y animales que viven en un sitio, a su variabilidad genética, a los ecosistemas de los cuales forman parte estas especies y a los paisajes y regiones en donde se ubican los ecosistemas; Los seres humanos hemos aprovechado la variabilidad genética y “domesticado” por medio de la selección artificial a varias especies; al hacerlo hemos creado una multitud de razas de maíces, frijoles, calabazas, chiles, caballos, vacas, borregos y de muchas otras especies. Las variedades de especies domésticas, los procesos empleados para crearlas y las tradiciones orales que las mantienen son parte de la biodiversidad cultural.
El derecho ambiental surge de la necesidad de responder a los problemas ambientales que se presentan, ya que el hombre siempre ha pretendido dominar la naturaleza. Para que tengamos una consciencia ecológica y de cuidados del medio ambiente deberá influir nuestra educación, la que se da en los hogares y en las instituciones educativas, pero exigir ese comportamiento a través de la norma es tarea del derecho.
Hasta hace poco, los aspectos ambientales no había recibido la atención ni la importancia que se debe, por lo que nuestro ecosistema se ha visto severamente afectado, si bien, más vale tarde que nunca, actualmente se le está dando un auge por que la naturaleza nos está cobrando nuestra anterior indiferencia. No sólo en México sino en muchos países del mundo, a través de la ONU se han creados políticas del cuidado del medio ambiente, se promueve el desarrollo sustentable, y se busca crear consciencia.
Ramón Martín Mateo sintetiza las conceptuaciones del Derecho Ambiental y afirma que es aquél que «incide sobre conductas individuales y sociales para prevenir y remediar las perturbaciones que alteran el equilibrio».
Es bien sabido que el Gobierno Mexicano se estructura sobre la base de los principios de una República Representativa y Federal, compuesta por tres niveles de gobierno que son: el federal, el local o estatal y el municipal. Esto resulta fundamental para precisar cómo se distribuyen las competencias en materia ambiental, conforme a la legislación mexicana.
Fue a principios de 1968 que Suecia propuso una Conferencia sobre el Medio Humano ante el Consejo Económico y Social; con apoyo de este Consejo la Asamblea General, dictó el 3 de diciembre de 1968, su primera resolución sobre Problemas de Medio Humano. La preocupación de la comunidad internacional por la degradación del medio ambiente, se reflejó en las propias Naciones Unidas que acogieron las respuestas internacionales a los problemas de medio ambiente y tras las Conferencias de París de 1968, Londres de 1970, y las reuniones de Nueva York, Praga y Ginebra en 1971, tuvo lugar la Conferencia de Estocolmo en 1972. Como consecuencia de esta conferencia se crearon organizaciones especializadas, con lo que se institucionalizó el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) con sede en Nairobi, Kenya, y se estableció el Día Mundial del Medio Ambiente. Las Naciones Unidas han creado también, conectados con el PNUMA un Centro Internacional de Formación de Ciencias Ambientales (CIFCA) para los países de habla hispana. En la Cumbre de Río de Janeiro (1992), se aprobó la agenda 21, la cual aboga por conducir cambios en el desarrollo de las actividades económicas, la correspondiente declaración de Río, las Previsiones sobre los bosques, y los Convenios relativos al cambio climático y la biodiversidad.
En nuestro país la experiencia ambiental se remonta al 23 de marzo de 1971, cuando se promulgó la Ley Federal para Prevenir y Controlar la Contaminación Ambiental. En este primer momento, en enero de 1971, se reformó la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el artículo 73 fracción XVI 4a, que se otorga al Consejo de Salubridad General las facultades necesarias para dictar las medidas para prevenir y combatir
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