Derecho Ambiental
Enviado por yulisvey30 • 1 de Mayo de 2013 • 2.015 Palabras (9 Páginas) • 387 Visitas
INDICE
INTRODUCCION.
DESARROLLO:
1. ANTECEDENTES DEL DERECHO AMBIENTAL EN VENEZUELA.
2. CONCEPTO DE DERECHO.
3. CONCEPTO DE SOCIEDAD.
4. CONCEPTO DE AMBIENTE.
CONCLUSION.
BIBLIOGRAFIA.
INTRODUCCION
Esta perspectiva implica que el Derecho Ambiental debe resolver tanto problemas de Justicia como de eficiencia (ambiental). Lo primero está vinculado con criterios éticos y políticos para asignar las cargas y riesgos. Lo segundo está ligado a criterios técnicos y de costo-beneficio al momento de optar por distintas opciones e instrumentos de política y derecho. Desde luego, ambos procesos se presentan interrelacionados. No obstante, el primer proceso alcanza mayor intensidad frente a la definición tanto del contenido del derecho a un ambiente adecuado como en la definición de la política ambiental. Lo segundo se hace más intenso respecto de la selección de los instrumentos y su aplicación. Y atravesando todo el proceso, el Derecho aparece interrelacionado fuertemente con el conocimiento científico, que le brinda la base para muchas de las decisiones críticas que deben tomarse.
Derecho Ambiental hace fácil explicar la interrelación con las distintas especialidades dentro del Derecho. Esto sucede en primer lugar porque instituciones jurídicas centrales, como "propiedad" y "responsabilidad" o "derechos humanos" son necesarias para precisar el contenido del derecho al ambiente adecuado y el sistema de cargas y riesgos. Del mismo modo, la necesidad de atender problemas éticos, políticos, técnicos y económicos, lleva a acudir a las disciplinas distintas a la jurídica relacionadas con dichas materias.
DESARROLLO
1.- ANTECEDENTES DEL DERECHO AMBIENTAL EN VENEZUELA:
El derecho internacional es una de las principales fuentes del derecho ambiental pues a partir de los instrumentos internacionales se ha difundido la necesidad de que los Estados legislen y expidan normas jurídicas internas que garanticen la protección del ambiente.
En la evolución del derecho ambiental en América Latina es posible distinguir tres periodos: el primero comprende el prolongado interregno de producción legislativa iniciado en el siglo XIX con la promulgación de las primeras constituciones y códigos civiles. Herederas de disposiciones dispersas sobre el uso de los recursos naturales, las piezas legislativas promulgadas en este período, ajenas a consideraciones ecológicas y, especialmente, al concepto de derechos ambientales, operaron más como filtro burocrático para asegurar el control de la oferta ambiental que como mecanismo de administración pública. Buena parte de ese material legislativo sobrevive como legislación sectorial Este proceso condujo, en algunos casos, a la promulgación de códigos ambientales o marcos normativos de legislación ambiental. Entre 1974 y 1990 varios países adoptaron una ley marco en asuntos ambientales.
Como antecedentes, tenemos la Comisión Nacional de Aprovechamiento de los Recursos Hidráulicos en memorias de sus secretarios ejecutivos entre los años desde 1967 a 1972 dentro del extinto Ministerio de Obras Públicas.
Así mismo, el documento “Fenómeno de Urbanización en Venezuela” publicado en 1968 y bajo la coordinación del CENDES con el apoyo de las Naciones Unidas trajo la noción de “Polo de Desarrollo”. La década de los 70, muestra una preocupación en nuestro país por el estado del ambiente trayendo como consecuencia la creación del Ministerio del Ambiente y su coincidencia con las tesis universales que cuestionaban las estructuras económicas y políticas del mundo desarrollado como generadoras de serios desequilibrios amenazantes de la vida y continuidad de la especie humana y preconizaban un inminente desastre ecológico.
La Conferencia de las Naciones Unidas en Estocolmo en 1972 sobre el medio de vida humano incluye la discusión entre la reducción del ritmo de crecimiento en desmedro de la esperanzas de desarrollo de los países en vías del mismo replanteándose un nuevo orden económico mundial en el que las relaciones entre ambiente y desarrollo dieron como resultado la concepción de la noción denominada “ecodesarrollo” en 1973, creada por el Director del Programa para el Medio Ambiente de la ONU, señor M. Strong.
Posteriormente el Centro de Investigaciones sobre el Ambiente y el Desarrollo de París profundiza en los componentes de este concepto el cual forma parte de una idea más general y aceptada a raíz del informe de la Fundación Dag Hammarskjold titulado “Que Hacer” en la Asamblea General de la ONU de Septiembre de 1975.
Con la labor del Ministerio del Ambiente comienza la activación para la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente lo que permite orientar una discusión sobre el concepto de desarrollo sustentable en 1978 con el Seminario Internacional Ambiente y Desarrollo auspiciado por Programa de las Naciones
Unidas para el Ambiente y celebrado en Caracas, lo cual sentó las bases para la publicación del documento “Político Ambiental. Misión y Gestión” sentando las bases de la acción del recién creado Ministerio del Ambiente. Como resultado de este acontecimiento surge el Plan Nacional de Conservación, Defensa y Mejoramiento del Ambiente” cuya experiencia acumulada a través de los años pone de manifiesto la necesidad de levantar información sobre el medio natural de Venezuela y a partir de 1980 se desarrolla el Proyecto Sistemas Ambientales Venezolanos publicado en 1984. En este mismo período, y a consecuencia de la información que sobre el ambiente se tenía, se promulga la Ley Orgánica de Ordenamiento del Territorio, en 1983 y en 1999 el Presidente Hugo Chávez aprueba el Plan Nacional de Ordenamiento Territorial contenido en la Ley respectiva y que deberá ser reformulado, por los cambios presentados a raíz de la Nueva Geometría del Poder contemplada en el actual Proyecto de Reforma Constitucional en sus artículos 11, 16, 18, 185 y 305. Adicionalmente, el capítulo IX de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela crea los derechos ambientales con rango constitucional.
Los graves problemas ambientales, tanto globales como locales, han generado preocupación en la comunidad internacional, llegando a movilizar organizaciones y gobiernos en la búsqueda de soluciones que superen el inmediatismo económico de determinados actores, los cuales privilegian la maximización de sus beneficios sin importar los daños ocasionados a los sistemas naturales. Estas acciones, entre otras, han estado dirigidas
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