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Derecho Ambiental Mexicano


Enviado por   •  27 de Noviembre de 2013  •  581 Palabras (3 Páginas)  •  345 Visitas

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DERECHO AMBIENTAL MEXICANO

Cuando se habla, lee o escribe Derecho ambiental, lo primero que llega a la mente es el desarrollo y creación de normas que incidan en el manejo de los recursos naturales, para posicionar e incluso fortalecer el marco legal y las políticas públicas en materia ambiental.

En México, el Derecho ambiental consta de cuatro de etapas intrínsecamente relacionadas que le permiten transcurrir como un solo orden.

La primera se refiere a la protección legal de la salud, entendida como el salvaguardo de la integridad física y equilibrio psicológico del ser humano tanto de los fenómenos naturales como de aquellos riesgos causados por el hombre derivados de su interacción con el medio natural.

Establece normas jurídicas como:

 Higiene y salud pública

 Prevención de accidentes

 Derecho sobre seguros

 Responsabilidad civil objetiva

 Derecho del trabajo y seguridad social

La segunda etapa, señala el uso de los derechos subjetivos sobre la naturaleza, es decir, el ejercicio correcto y ponderado de los recursos naturales. Donde las instituciones jurídicas reinciden su carácter en bienes vacantes que no tienen un precio establecido o que se ejercitan a la máxima intensidad con un cálculo incompleto que no prevé los costos ambientales.

El objetivo es limitar el dominio que ejerce el hombre sobre la naturaleza y sus recursos, ya que existe un abuso del ejercicio del derecho sin que se considere el daño ambiental.

Por ello, es de suma importancia acentuar el ejercicio legítimo y apegado a Derecho limitando la intensidad del ejercicio de los derechos subjetivos a través de normas tales como,

 La protección a recursos naturales no renovables

 Principios del derecho privado como el “abuso del derecho”

 Disposiciones de Derecho Urbano

Consecuentemente, que la tercera etapa se refiera a la orientación del derecho, no puede existir un uso claro y señalado sin una conservación jurídica de los recursos naturales renovables y no renovables.

Se requiere el estableciendo de niveles mínimos de conservación, como prohibiciones legales del orden público y el establecimiento de niveles óptimos de explotación que legalmente sean obligatorios.

Esta tercera etapa, deja claro que las normas de mayor nivel técnico y científico con prohibiciones totales son ineludibles para:

 El amparo del ambiente en zonas geográficas, urbanas o conurbanas.

 Regir la utilización de pesticidas, fertilizantes y otras substancias

 Proteger los paisajes

 Evitar la erosión del suelo de acuerdo a distintas formas de cultivo y técnicas

Estas tres primeras etapas, concluyen en la protección de ecosistemas con una regulación nacional que evite la transferencia de contaminación entre los estados de la

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