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.CONTRATACIÓN COLECTIVA


Enviado por   •  13 de Mayo de 2014  •  2.470 Palabras (10 Páginas)  •  433 Visitas

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El contrato colectivo o convenio (celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o diversos empleadores) para establecer las condiciones en las que habrá de prestar el trabajo dentro de una empresa o establecimiento determinado, debe celebrarse por escrito, bajo la titularidad del sindicato. Según lo define el Artículo 386 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Se deberá elaborar tres tantos y firmarse de manera adecuada, de los cuales dos se entregarán a las partes contratantes y uno se depositará en la Junta de Conciliación y Arbitraje (federal o local, según corresponda). El contrato surte efecto a partir de la hora y fecha en que se deposite, salvo que las partes convengan por escrito una fecha distinta.

El objeto del contrato colectivo es el de superar los mínimos que señala la LFT y armonizar las demandas de acuerdo a la capacidad y realidad de la empresa sin renunciar a un justo derecho.

CONTENIDO DEL CONTRATO COLECTIVO Para que el contrato tenga vigencia legal, debe llenar los siguientes requisitos: nombre y domicilio de los contratantes; titularidad del sindicato; empresas y establecimientos que abarque; determinación o indeterminación de tiempo de vigencia o especificación para obra determinada; las jornadas de trabajo; los descansos y vacaciones; los montos de salarios; las cláusulas relativas a la capacitación y el adiestramiento de la empresa, productividad, participación de utilidades y las demás estipulaciones que convengan las partes. El Contrato Colectivo de Trabajo se estructura mediante el enunciado de las partes contratantes que se sujetan a lo convenido en el clausulado, señalando como objeto establecer condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en la fuente laboral.

La ley impone a los patrones la obligación de celebrar un contrato colectivo de trabajo si lo demandan sus trabajadores sindicalizados. La negativa patronal habilita a los trabajadores para ejercer el derecho de huelga.

La formalidad del Contrato radica en que debe celebrarse por escrito bajo pena de nulidad, haciéndose por triplicado con un tanto a las partes y otra para su depósito ante la autoridad laboral. Los efectos surgen desde la fecha y hora de presentación del documento, salvo que las partes acuerden una fecha distinta.

Cuando no están señaladas cláusulas sobre jornadas de trabajo, aguinaldo, participación de utilidades, días de descanso y vacaciones, seguridad e higiene, capacitación, trabajo de mujeres y menores y riesgos de trabajo, se aplicarán las disposiciones que ordena la Ley Federal del Trabajo, pero recordando que la función del sindicato es superar esas disposiciones mínimas de ley.

El contrato colectivo de trabajo también llamado convenio colectivo de trabajo (CCT) o convención colectiva de trabajo, es un tipo peculiar de contrato celebrado entre un sindicato o grupo de sindicatos y uno o varios empleadores, o un sindicato o grupo de sindicatos y una organización o varias representativas de los empleadores. También, en caso que no exista un sindicato, puede ser celebrado por representantes de los trabajadores interesados, debidamente elegidos y autorizados por estos últimos, de acuerdo con la legislación nacional.

El contrato colectivo de trabajo puede regular todos los aspectos de la relación laboral (salarios, jornada, descansos, vacaciones, licencias, condiciones de trabajo, capacitación profesional, régimen de despidos, definición de las categorías profesionales), así como determinar reglas para la relación entre los sindicatos y los empleadores (representantes en los lugares de trabajo, información y consulta, cartelera sindical, licencias y permisos para los dirigentes sindicales, etc.).

Este tipo de contrato de trabajo se aplica a todos los trabajadores del ámbito (empresa o actividad) alcanzado, aunque no estén afiliados al sindicato firmante. También, aunque depende de la legislación de cada país.

VENTAJAS DEL CONTRATO COLECTIVO

• Garantizar mejores condiciones de trabajo en función de la armonía entre los intereses de los factores de la producción.

• Integrar plenamente a los trabajadores a la organización sindical, fortalecer acciones y garantizar derechos.

• Conocer a fondo el desarrollo industrial de la empresa y las condiciones generales del medio ambiente del trabajo.

• Elaborar un estudio socio-económico del clausulado en cada contratación, para actualizar los requerimientos administrativos, sociales y económicos en beneficio de los trabajadores.

De hecho y por derecho, existen dos tipos de revisión: contractual, que en términos de la Ley se efectúa cada dos años, mediante un pliego de peticiones sobre revisión del clausulado, con aumento de salarios y ajuste de la problemática laboral que se apoya con emplazamiento de huelga, y la revisión salarial, que debe hacerse cada año.

La modernización del país presenta para los trabajadores organizados una serie de retos que sólo podrán ser superados a través de un sindicalismo fuerte y activo, por medio de fórmulas que permitan vencer lapersistencia de una injusta distribución del ingreso, abatir el desempleo y el subempleo, y revertir la baja del poder adquisitivo.

Se inicia un nuevo modelo de desarrollo en vías de una modernización que presupone altos niveles de competitividad, productividad y calidad que exigen la decidida participación del sindicalismo, dentro de un nuevo marco de acción que incluya la consolidación de la unidad por medio de una militancia apegada a las líneas de política sindical y de una nueva cultura laboral. La realidad que enfrenta la fuerza de trabajo en el interior de las empresas y la expresión social de las relaciones laborales, condicionan de manera importante la acción de los trabajadores que no se han incorporado al movimiento obrero organizado y quienes buscan su integración por medio de la organización sindical.

El avance en ese sentido obliga a defender los logros obtenidos y a buscar nuevas fórmulas para asociar a toda la comunidad de trabajadores sin excepción.

4. CLAUSULAS MÁS COMUNES EN UN CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO:

CLAUSULA No. 1 PERMANENCIA DE BENEFICIOS

Queda expresamente entre las partes que este acuerdo no suprime beneficios o conquistas consagradas en Contratos Colectivos anteriores y actualmente en vigencias, por lo tanto, cual disposición vigente cubre los puntos discutidos, que sean más favorables a trabajadores, continuarán en plena vigencia. En consecuencia, queda expresamente convencido que las conquistas logradas a través de los contratos colectivos y Actas suscritas u otros documentos legales, siempre y cuando estén siendo aplicadas por este contrato, continuarán en vigencia en cuanto sean más favorables a los trabajadores

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