CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE UN LOTE EN UN PREDIO RURAL
Enviado por carlosmtp21 • 15 de Noviembre de 2018 • Apuntes • 635 Palabras (3 Páginas) • 164 Visitas
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE UN LOTE EN UN PREDIO RURAL.
En la ciudad de Anorí, a los once (11) días, del mes de noviembre del año 2.014 entre los suscritos: EDI CECILIA MORA MARIN mayor de edad y vecina del municipio Anorí, identificada con la cédula de ciudadanía número 21.493.846, en adelante llamado el ARRENDATARIO, de una parte, y JHON JAIRO ALBERTO TORRES CARMONA, mayor y vecino de Anorí, identificado con la cédula de ciudadanía número 70.926.672 expedida en Anorí, en adelante denominado el ARRENDADOR, de otra parte, acuerdan celebrar el presente contrato de Arrendamiento de un predio rural denominado Finca EL CARMEN, el cual que se regirá por las siguientes cláusulas y lo no pactado en ellas por las leyes colombianas vigentes y aplicables a este asunto especialmente las consagradas en los capítulo II y III, Título XXVI, Libro 4 del Código Civil.
PRIMERA: El ARRENDADOR, entrega al ARRENDATARIO dos (2) hectáreas de un predio rural llamado Finca “EL CARMEN” objeto de este contrato, que se encuentra ubicado en el Municipio de Anorí en la Vereda La Trinidad Paraje La Divisa; alinderado así: “Partiendo del Calvario o donde hubo un Calvario, buscando una madreseca, bajando a caer al amagamiento denominado “SAN DONMINGUITO” sigue a encontrar lindero con el señor EFREN RODRIGUEZ, siguiendo por este lindero a llegar a una cordillera, hasta encontrar lindero con el señor ALFONSO TORRES hoy CONRADO BEJARANO, de aquí por un alambrado filo abajo, a caer a un amagamiento donde coge el agua el señor MIGUEL ANTONIO ARENAS, el mismo que le sirve a esta finca, sigue por el mismo amagamiento a caer a la quebrada “EL CARMEN” sigue por esta quebrada, a llegar al camino real y por todo este camino hasta el punto de partida y encierra”.
SEGUNDA: El término de duración del arrendamiento es de ocho (8) años, desde el 11 de noviembre de 2014 hasta el 10 de noviembre 2022, empero, ante el silencio de las partes al expirar el término principal estipulado, el término se entenderá prorrogado por periodo igual y de mutuo consentimiento.
TERCERA: El canon de arrendamiento es por la suma de ciento cincuenta mil pesos pesos ($150.000), suma que el arrendatario se obliga a pagar por cada mes calendario, anticipadamente, dentro de los tres (3) primeros días de la respectiva mensualidad, a la orden del Arrendador. La mera tolerancia del arrendador en aceptar el pago del precio con posterioridad a los dos (2) días citados no se entenderá como ánimo de modificar la cláusula anterior.
CUARTA: El inmueble se destinará para Proyectos Productivos y/o servicios
QUINTA: El arrendatario no podrá ceder ni subarrendar, total o parcialmente, el inmueble objeto del presente contrato, sin el previo consentimiento escrito del arrendador.
SEXTA: El arrendatario declara haber recibido el inmueble a su satisfacción, En ningún caso tendrá el arrendatario derecho de retención sobre el inmueble por razón de mejoras, ni derecho a indemnización alguna. Está obligado el arrendatario a efectuar en el inmueble las reparaciones locativas que por ley corresponde.
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