CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO A TÉRMINO FIJO DE UNO A TRES AÑOS
Enviado por sara97 • 8 de Agosto de 2017 • Informe • 1.646 Palabras (7 Páginas) • 134 Visitas
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO A TÉRMINO FIJO DE UNO A TRES AÑOS | CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO A TÉRMINO INDEFINIDO | CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO A TÉRMINO FIJO INFERIOR A UN AÑO | CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR LA DURACIÓN DE UNA OBRA O LABOR DETERMINADA | CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES INDEPENDIENTES | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Primera | Objeto El trabajador está sujeto a órdenes que le imparta el empleador directamente o a través de sus representantes | Objeto El trabajador está sujeto a órdenes que le imparta el empleador directamente o a través de sus representantes | Objeto El trabajador está sujeto a órdenes que le imparta el empleador directamente o a través de sus representantes | Objeto El trabajador está sujeto a órdenes que le imparta el empleador directamente o a través de sus representantes | Objeto Ejecutar los trabajos y actividades propias del servicio contratado, el cual realizará de forma independiente y autónoma | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Segunda | Remuneración El empleador pagará a el trabajador por la prestación de sus servicios el salario indicado en el encabezado del presente documento | Remuneración El empleador pagará a el trabajador por la prestación de sus servicios el salario indicado en el encabezado del presente documento | Remuneración El empleador pagará a el trabajador por la prestación de sus servicios el salario indicado en el encabezado del presente documento | Remuneración El empleador pagará a el trabajador por la prestación de sus servicios el salario indicado en el encabezado del presente documento | Plazo El plazo para la ejecución del presente contrato será de ___contados a partir de la fecha de suscripción del presente documento | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
tercera | Trabajo nocturno, suplementario, dominical y/o festivo El trabajo suplementario, en horas extras, nocturno, o en días domingos o festivos debe remunerarse conforme lo dispone la ley. El empleador no reconocerá ningún trabajo suplementario que no haya sido autorizado. | Duración del contrato Indefinida mientras subsistan las causas que le dieron origen y la materia de trabajo contratado. | Duración del contrato El término inicial de duración del contrato será señalado arriba. | Duración del contrato Se celebra por el tiempo que dure la realización de la obra o labor contratada | Valor y forma de pago | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Cuarta | Jornada de trabajo El trabajo se obliga a laborar la jornada máxima legal, salvo acuerdo especial, en las jornadas y turnos y dentro de los horarios señalados por el empleador | Trabajo nocturno, suplementario, dominical y/o festivo El trabajo suplementario, en horas extras, nocturno, o en días domingos o festivos debe remunerarse conforme lo dispone la ley. El empleador no reconocerá ningún trabajo suplementario que no haya sido autorizado. Tratándose de trabajadores de dirección, confianza o manejo, no habrá lugar al pago de horas extras. | Trabajo nocturno, suplementario, dominical y/o festivo El trabajo suplementario, en horas extras, nocturno, o en días domingos o festivos debe remunerarse conforme lo dispone la ley. El empleador no reconocerá ningún trabajo suplementario que no haya sido autorizado. Tratándose de trabajadores de dirección, confianza o manejo, no habrá lugar al pago de horas extras. | Trabajo nocturno, suplementario, dominical y/o festivo El trabajo suplementario, en horas extras, nocturno, o en días domingos o festivos debe remunerarse conforme lo dispone la ley. El empleador no reconocerá ningún trabajo suplementario que no haya sido autorizado. Tratándose de trabajadores de dirección, confianza o manejo, no habrá lugar al pago de horas extras. | Obligaciones de el contratante Facilitar al contratista la información necesaria para la ejecución del objeto del contrato Pagar el valor establecido en el presente documento Cumplir con lo estipulado en las demás clausulas y condiciones previstas en este documento | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Quinta | Duración del contrato El término inicial de duración del contrato será señalado arriba. | Jornada de trabajo El trabajo se obliga a laborar la jornada máxima legal, salvo acuerdo especial, en las jornadas y turnos y dentro de los horarios señalados por el empleador | Jornada de trabajo El trabajo se obliga a laborar la jornada máxima legal, salvo acuerdo especial, en las jornadas y turnos y dentro de los horarios señalados por el empleador | Jornada de trabajo El trabajo se obliga a laborar la jornada máxima legal, salvo acuerdo especial, en las jornadas y turnos y dentro de los horarios señalados por el empleador | Obligaciones del contratista Cumplir con los servicios encomendados Cumplir con las obligaciones derivadas del contrato Cumplir con el pago de los aportes del sistema de seguridad social Cumplir con el pago de los aportes al sistema de seguridad social de los trabajadores que pudiera tener a su servicio Presentar las respectivas cuentas de cobro al contratante | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Sexta | Periodo de prueba La quinta parte de la duración del contrato se considera periodo de prueba No puede exceder dos meses contados a partir de la fecha de inicio | Periodo de prueba Los primeros dos meses de este contrato se consideran como periodo de prueba | Periodo de prueba No puede exceder dos meses contados a partir de la fecha de inicio. En caso de prórrogas del contrato, se entenderá que no hay nuevo periodo de prueba | Periodo de prueba La quinta parte de la duración del contrato se considera periodo de prueba No puede exceder dos meses contados a partir de la fecha de inicio | Vigilancia del contrato El contratante o su representante podrán supervisar la ejecución del servicio independiente encomendado, con el fin de que se cumpla el objeto del presente contrato | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Séptima | Terminación unilateral Son justas causas para dar por terminado este contrato por cualquiera de las partes, las enumeradas en el Art. 62 del C.S., por parte del empleador las faltas que se califiquen como graves en reglamentos | Terminación unilateral Son justas causas para dar por terminado este contrato por cualquiera de las partes, las enumeradas en el Art. 62 del C.S., por parte del empleador las faltas que se califiquen como graves en reglamentos | Terminación unilateral Son justas causas para dar por terminado este contrato por cualquiera de las partes, las enumeradas en el Art. 62 del C.S., por parte del empleador las faltas que se califiquen como graves en reglamentos | Terminación unilateral Son justas causas para dar por terminado este contrato por cualquiera de las partes, las enumeradas en el Art. 62 del C.S., por parte del empleador las faltas que se califiquen como graves en reglamentos | Cláusula penal El incumplimiento de alguna de las partes de cualquiera de las obligaciones dará derecho a la parte cumplida a cobrar la suma de ______ | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Octava | Invenciones Todas las invenciones, descubrimientos y trabajos originales concebidos o hechos por el trabajador en vigencia del contrato pertenecerán al empleador | Propiedad intelectual Todas las invenciones, descubrimientos y trabajos originales concebidos o hechos por el trabajador en vigencia del contrato pertenecerán al empleador | Propiedad intelectual Todas las invenciones, descubrimientos y trabajos originales concebidos o hechos por el trabajador en vigencia del contrato pertenecerán al empleador | Propiedad intelectual Todas las invenciones, descubrimientos y trabajos originales concebidos o hechos por el trabajador en vigencia del contrato pertenecerán al empleador | Forma de terminación El contrato podrá darse por terminado por mutuo acuerdo entre las partes, o por el incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Novena | Modificación de las condiciones laborales El trabajador acepta todas las modificaciones determinadas por el empleador, en ejercicio de su poder subordinante, de sus condiciones laborales | Modificación de las condiciones laborales El trabajador acepta todas las modificaciones determinadas por el empleador, en ejercicio de su poder subordinante, de sus condiciones laborales | Modificación de las condiciones laborales El trabajador acepta todas las modificaciones determinadas por el empleador, en ejercicio de su poder subordinante, de sus condiciones laborales | Modificación de las condiciones laborales El trabajador acepta todas las modificaciones determinadas por el empleador, en ejercicio de su poder subordinante, de sus condiciones laborales | Independencia del contratista El contratista actuará por su propia cuenta y bajo su propio riesgo, y no estará sometido a subordinación laboral con el contratante | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Décima | Dirección del trabajador Debe informar por escrito y de manera inmediata al empleador cualquier cambio en su dirección de residencia. | Dirección del trabajador Debe informar por escrito y de manera inmediata al empleador cualquier cambio en su dirección de residencia. | Dirección del trabajador Debe informar por escrito y de manera inmediata al empleador cualquier cambio en su dirección de residencia. | Dirección del trabajador Debe informar por escrito y de manera inmediata al empleador cualquier cambio en su dirección de residencia. | Exclusión de la relación laboral No existirá relación laboral entre el contratante y el contratista o el personal que este utilice. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Undécima | Efectos El presente contrato reemplaza en su integridad y deja sin efecto cualquier otro contrato | Efectos El presente contrato reemplaza en su integridad y deja sin efecto cualquier otro contrato | Efectos El presente contrato reemplaza en su integridad y deja sin efecto cualquier otro contrato | Efectos El presente contrato reemplaza en su integridad y deja sin efecto cualquier otro contrato | Cesión del contrato Queda prohibido al contratista cedes parcial o totalmente el presente contrato o su ejecución a un tercero salvo previa autorización expresa y escrita del contratante | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Duodécima | Confidencialidad El contratista se obliga a guardar estricta confidencialidad durante el período de vigencia de este contrato | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Décima tercera | Domicilio contractual | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Cláusula compromisoria Toda controversia que pueda surgir con ocasión de este contrato, su ejecución y liquidación, se resolverá por un tribunal de arbitramento |
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