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CONTRATO


Enviado por   •  19 de Mayo de 2014  •  Informe  •  1.874 Palabras (8 Páginas)  •  211 Visitas

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DEFINICION DE CONTRATO:

Es un acto jurídico bilateral que se constituye por el acuerdo de voluntades de dos ó más personas y que produce ciertas consecuencias jurídicas (creación de derechos y obligaciones), debido al reconocimiento de una norma de derecho.

DEFINICIÓN DE CONTRATO SEGÚN EL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MEXICO:

Art.73 se define como un acuerdo de voluntades para crear ó transmitir derechos y obligaciones y es una especie dentro del género de los convenios.

CONVENIOS:

Es el acuerdo de dos ó más personas para crear, transmitir, modificar ó extinguir obligaciones.

Según el art.7.30 convenio es el acuerdo de dos ó más personas para crear, transferir, modificar ó extinguir obligaciones.

ELEMENTOS DE LOS CONTRATOS.

Son tres clases los elementos de los contratos, a saber:

Elementos de existencia: son dos elementos que conjuntamente debe tener un acto jurídico para ser contrato de manera que la ausencia de cualquier de estos impide que haya contrato y son:

1. Consentimiento: voluntad expresa ó tacita de las partes para celebrar un contrato.

2. Objetivo: este debe ser determinado ó determinable jurídica y físicamente posible pudiendo ser:

1. Directo: Crea, transmite derechos y obligaciones.

2. Indirecto: hacer, no hacer y dar.

Elemento de validez: son cuatro los cuales debe de contener para que no esté afectado de nulidad ya que de faltar uno de ellos produce que el contrato quede privado de efectos jurídicos y son:

1. Capacidad: facultad de una persona para hacerse responsable de sus actos teniendo esta capacidad de goce y capacidad de ejercicio

2. Forma: exterizacion de la voluntad de acuerdo a la ley

3. Ausencia de vicios: dentro del consentimiento no debe de ser válido si se sufre lesión, si se da por error, arrancado por violencia ó sorprendido por dolo ó mala fe. Entre los cuales podrían afectar a este elemento son:

• Dolo: Es el artificio ó maquinación fraudulenta que se emplee para inducir al error ó mantener en el a alguno de los contratantes;

• Mala fe: Es la disimulación del error de uno de los contratantes, una vez conocido;

• Error de hecho ó de derecho: este invalida el contrato cuando recae sobre el motivo determinante de la voluntad de cualquier de los que contratan, si en el acto de la celebración se declara ese motivo ó si se prueba por las circunstancias del mismo contrato que se celebro este en el falso supuesto que lo motivo y no por otra causa.

• Error de cálculo ó aritmético: este solo da lugar a la rectificación;

• Violencia: hay violencia cuando se emplea fuerza física ó moral con amenaza de perder la vida, la honra, la libertad, la salud ó una parte considerable de los bienes del contratante, de su cónyuge, concubino, ascendientes, descendientes y parientes colaterales dentro del segundo grado y por afinidad en primer grado;

• Lesión: es provocar algún daño a la integridad de las personas; y

• Temor reverencial: consiste en desagradar a las personas a quienes debe sumisión y respeto, no basta para viciar el consentimiento ó la voluntad.

4. Licitud: cuando el contrato es realizado conforme a las leyes vigentes del orden publico y las buenas costumbres.

Elementos de eficacia: Es el elemento que la ley requiere para que un contrato ya existente con todos los elementos de validez pueda producir efectos jurídicos y es:

1. Legitimación: sirve para que se haga constatar que las partes que celebren un contrato cumplan con lo previsto por la ley.

Principales clasificaciones de los contratos:

Estas clasificaciones se presentan en la doctrina y en el derecho positivo, desde diversos puntos de vista se distinguen:

1. Contratos bilaterales y unilaterales.

Contrato bilateral: es el acuerdo de voluntades queda nacimiento a derechos y obligaciones.

Contrato unilateral: es un acuerdo de voluntades que engendra solo obligaciones para una parte y derechos para la otra.

2. Contratos onerosos y gratuitos.

Contrato oneroso: que impone provechos y gravámenes recíprocos.

Contrato gratuito: aquel en que los provechos corresponden a una de las partes y los gravámenes a la otra.

3. Contratos conmutativos y aleatorios.

Conmutativos: cuando los provechos y gravámenes son ciertos y conocidos desde la celebración del contrato: es decir. Cuando la cuantía de las prestaciones puede determinarse desde la celebración del contrato.

Aleatorio: cuando los provechos y gravámenes depende de una condición ó termino, de tal manera que no pueda determinarse la cuantía de las prestaciones en forma exacta, sino hasta que se realice la condición ó término.

4. Contratos reales:

Son aquellos que se constituyen por la entrega de las cosa. Entre tanto no exista dicha entrega, solo hay un antecontrato, llamado también contrato preliminar ó promesa de contrato.

5. Contratos formales y consensuales:

Contratos formales: son aquellos en los que el consentimiento debe manifestarse por escrito, como un requisito de validez.

Contrato consensual: en oposición al formal, es aquel que para su validez no requiere que el consentimiento se manifieste por escritoy, por lo tanto puede ser verbal.

6. Contrato principales y accesorios:

Contratos principales: son aquellos que exinten por si mismos.

Contratos accesorios: son los que dependen de un contrato principal.

7. Contratos instantáneos y de tracto sucesivo:

Contratos instantáneo: son los contratos que se cumplen en el mismo momento en que se celebran, de tal manera que el pago de las prestaciones se lleve a cabo en un solo acontrato.

Contratos de tracto sucesivo: son aquellos en que el cumplimiento de las prestaciones se realiza en un periodo determinado.

INTERPRETACION DE LOS CONTRATOS:

Con esta figura jurídica pretende lograr entre las partes la significación y alcance de los términos empleados y de las clausulas convenidas sean entendidas y tengan conocimiento de los alcances que pueda tener el contrato al que se obliguen ambos.

EFECTOS DE LOS CONTRATOS.

Son las consecuencias que dimanan de este, efectos que producen ordinariamente al momento mismo en que se perfecciona el contrato; pero también son generados en ocasiones hasta que se ejecute este.

• Obligatoriedad de los contratos: establece la medida en que se imponen los contratos a sus autores: los pactos legalmente formados,

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