CONTROL DE CALIDAD DEL AGUA Y TECNICAS DE PESCA
Enviado por qanna • 15 de Noviembre de 2012 • 2.895 Palabras (12 Páginas) • 634 Visitas
1. Redes fijas:
Almadraba
Se trata, por regla general, de redes grandes ancladas o sujetas a estacas, abiertas en la superficie y provistas de sistemas de diversos tipos para dirigir y retener a los peces. Suelen estar divididas en compartimientos con el fondo cubierto de red. En el Japón, estas artes se denominan "redes caladas", pero no deben confundirse con las redes de enmalle fijas a que nos hemos referido en apartado 7/12.
Trasmallo
Una red de trasmallo al igual que la red de agalle es un arte estático. Consiste en 2 o 3 capas de tela, la interior con amaño de malla inferior al de las telas exteriores. En la parte superior se le adiciona flotabilidad, mientras que en la parte inferior se le ponen pesos, para mantenerla relativamente vertical. La desventaja que presenta este arte es la dificultad para sacar los ejemplares capturados y la complejidad para su reparación.
Nasas
Se utilizan para capturar peces o crustáceos. Son cajas o cestas hechas de diversos materiales (varillas de madera, mimbres, varillas de metal, red metálica, etc.) y con una o más aberturas o entradas. Generalmente se colocan en el fondo, con o sin cebo, individualmente o en andanas, y están unidas mediante una sirga a una boya que indica su situación en la superficie.
2. Redes móviles:
Pesca al cerco
La pesca de cerco consiste, como su nombre indica, en cercar al pez (anchoveta, jurel y caballa principalmente), ubicando el cardumen o banco de peces, determinando rumbo y velocidad procediendo luego a cercarlo, soltando la red con la panga (lancha pequeña de gran motor), haciendo un círculo alrededor del cardumen para luego cercarlo con ayuda de la panga, seguidamente se cierra el fondo de la red capturando la pesca.
Pesca de arrastre
La pesca de arrastre, junto con la pesca a la deriva, es de las menos selectivas que existe, pues es muy dañina para los fondos oceánicos; de hecho, en la mayoría de los países está regulada, pero en muy pocos está prohibida. Consiste fundamentalmente en una red lastrada que barre el fondo de la mar capturando todo lo que encuentra a su paso. Se trata de un arte activo, en el sentido de que no espera ni confía en los movimientos del pez para su captura. El modo de arrastre de fondo es uno de los métodos más invasivos de pesca, pues está en contacto con el fondo marino y destruye algas y otros organismos indiscriminadamente. Por esta razón se cuestiona su uso y se exige mayor regulación.
• Copo / Maya
• Trenza plomo / Trença del plom
• Flotadores / Trença del suro
• Malleta / Malleta • Puertas deflectoras / Portes deflectores
• Pórtico / Pescants
• Maquinilla / Maquinilla
• Cable de acero / Cable d'acer
3. Tipos de anzuelos
Curricán
Se trata de líneas sencillas, con cebo natural o artificial, remolcadas por una embarcación cerca de la superficie o a una determinada profundidad. Generalmente se remolcan al mismo tiempo varias líneas con ayuda de pescantes
Palangre
Aparejo que consiste en una línea principal, a menudo de gran longitud, sobre la cual se fijan los ramales provistos de anzuelo, con o sin cebo, a intervalos regulares, generalmente de poca distancia. La línea principal es calada o bien horizontalmente sobre o cerca del fondo, (lo que es menos frecuente) cerca de la superficie
MODIFICACION a la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994, Salud ambiental. Agua para uso y consumo humano. Límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.
MODIFICACION A LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-127-SSA1-1994, SALUD AMBIENTAL. AGUA PARA USO Y CONSUMO HUMANO. LIMITES PERMISIBLES DE CALIDAD Y TRATAMIENTOS A QUE DEBE SOMETERSE EL AGUA PARA SU POTABILIZACION.
JAVIER CASTELLANOS COUTIÑO, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, con fundamento en los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. y 69-H de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 13, apartado A) fracción I, 118, fracción II y 119, fracción II de la Ley General de Salud; 41, 43, 45, 46, fracción II, y 47 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28 y 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 214, fracción IV y 225 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios, y 7, fracciones V y XIX y 25, fracción IV del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y
CONSIDERANDO
Que con fecha 16 de diciembre de 1999, en cumplimiento del acuerdo del Comité y de lo previsto en el artículo 47 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el proyecto de la presente Norma Oficial Mexicana a efecto que dentro de los sesenta días naturales posteriores a dicha publicación, los interesados presentaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario.
Que con fecha 20 de junio de 2000, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación las respuestas a los comentarios recibidos por el mencionado Comité, en términos del artículo 47 fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
Que en atención a las anteriores consideraciones, contando con la aprobación del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, se expide la siguiente:
MODIFICACION A LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-127-SSA1-1994, SALUD AMBIENTAL. AGUA PARA USO Y CONSUMO HUMANO. LIMITES PERMISIBLES DE CALIDAD Y TRATAMIENTOS A QUE DEBE SOMETERSE EL AGUA PARA SU POTABILIZACION
INDICE
0. Introducción
1. Objetivo y campo de aplicación
2. Referencias
3. Definiciones
4. Límites permisibles de calidad del agua
5. Tratamientos para la potabilización del agua
6. Métodos de prueba
7. Concordancia con normas internacionales y mexicanas
8. Bibliografía
9. Observancia de la Norma
0. Introducción
El abastecimiento de agua para uso y consumo humano con calidad adecuada es fundamental para prevenir y evitar la transmisión de enfermedades gastrointestinales y otras, para lo cual se requiere establecer límites permisibles en cuanto a sus características microbiológicas, físicas, organolépticas, químicas y radiactivas, con el fin de asegurar y
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