Cadena Del Alto Mando Militar De La Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB)
Enviado por oscarlys28 • 19 de Junio de 2015 • 2.487 Palabras (10 Páginas) • 1.537 Visitas
Cadena del alto mando militar de la
Fuerza armada nacional bolivariana (FANB)
1. comandante en jefe
* Nicolás maduro moros
2. ministro del poder popular para la defensa
* A/j. Carmen teresa Meléndez Rivas
3. comandante estratégico operacional (ceo)
* G/j. (enb) Vladimir padrino López
4. comandante del componente ejército Bolivariano (EB)
* M/g. (eb) Gerardo izquierdo torres
5. comandante del componente armada Bolivariana (AB)
* Almirante Jairo Avendaño
6. comandante del componente aviación militar Bolivariana (AMB)
* M/g. Eutimio José criollo Villalobos
7. comandante del componente guardia nacional bolivariana (GNB)
* M/g. Gabriel Oviedo Colmenares
8. comandante de la milicia nacional bolivariana.
* M/g. (enb) Yomar José rubio Silva
Regiones militares
1. Región estratégica de defensa integral (REDI):
Organización territorial del país determinada por características geográficas o circunstancias especiales, donde se conducirán operaciones de resistencia; así como también las funciones previstas en los planes de campaña, de desarrollo y mantenimiento del orden interno.
2. Zona de defensa integral (ZODI):
Espacio geográfico con límites definidos contenidos en un área de defensa integral (ADI) donde se planifican y desarrollan operaciones de resistencia; así como también las previstas en los planes de campaña, de desarrollo integral y mantenimiento del orden interno.
3. Área de defensa integral (ADI):
Superficie o espacio geográfico con límites definidos contenida en una región de defensa integral (REDI) donde se planifica y desarrollan operaciones de resistencia; así como también las previstas en los planes de campaña, de desarrollo integral y mantenimiento del orden interno.
4. Zonas de seguridad:"
“…son los espacios del territorio nacional, que por su importancia estratégica, características y elementos que los conforman, están sujetos a regulación especial, en cuanto a las personas, bienes y actividades que ahí se encuentren, con la finalidad de garantizar la protección de estas zonas ante peligros, amenazas internas o externas...”
* Región estratégica de defensa integral central: comprende los estados: Vargas, Miranda, Aragua, Carabobo y Yaracuy, así como el distrito capital. Comandada por el g/d (GNB) Antonio Benavides torres.
* Región estratégica de defensa integral occidental: comprende, desde hoy, los estados: falcón, Lara y Zulia. Comandada por el m/g. César vegas González.
* La región estratégica de defensa integral los llanos: comprende los estados: apure, portuguesa, barinas, Cojedes y Guárico. Comandada por el g/d (AMB) Luis molina.
* La región estratégica de defensa integral oriental: comprende los estados: Anzoátegui, Monagas, y sucre. Esta comandada por el vicealmirante Monplacier franklin.
* Región estratégica de defensa integral es la de Guayana: comprende los estados: bolívar y amazonas. Comandada por el g/d Marcelino Pérez días.
* Región estratégica de defensa integral es la marítima e insular: comprende todas las dependencias federales, mar territorial y zona económica exclusiva de la república, más los estados Nueva Esparta y delta Amacuro. (REDIAN). Comandada por el vicealmirante Víctor Ortiz rojas.
* Región estratégica de defensa integral es la andina (REDIAN): Mérida, Táchira y Trujillo. Comandada por el m/g. Efraín Velasco Lugo.
De acuerdo al texto del decreto, estas zonas operativas de defensa integral (ZODI) serán las siguientes:
* La región estratégica de defensa integral los llanos, estará definida por los estados que los conforman en: ZODI apure, ZODI barinas, ZODI Cojedes, y ZODI Guárico;
* La región estratégica de defensa integral central, estará definida por los estados y el distrito que la conforman en: ZODI Aragua, ZODI Carabobo, ZODI Miranda, ZODI Vargas y ZODI capital;
* La región estratégica de defensa integral oriental, estará definida por los estados que la conforman en: ZODI Anzoátegui, ZODI Monagas y ZODI sucre;
* La región estratégica de defensa integral Guayana, estará definida por los estados que la conforman en: ZODI amazonas, ZODI bolívar y ZODI delta Amacuro;
* La región estratégica de defensa integral marítima e insular, estará definida por el estado y la circunscripción de las áreas marinas y submarinas, incluyendo el espacio marítimo correspondiente a la zona económica exclusiva que la conforman en: ZODI Nueva Esparta, ZODI marítima e insular occidental, ZODI marítima e insular oriental y ZODI marítima e insular atlántica.
Alistamiento militar
Joven venezolano(a), si has cumplido los 18 años de edad y quieres servirle a la patria, inscríbete en la prefectura de tu localidad y asiste voluntariamente al centro de conscripción y alistamiento más cercano a tu domicilio.
¡Alístate en la fuerza armada nacional! y participa en la defensa, preservación y desarrollo del país.
La fuerza armada te capacita para servir a la patria en la seguridad y defensa, forja ciudadanos capaces, física e intelectualmente para garantizar la independencia y soberanía de la nación.
---
Requisitos
.- ser venezolano(a).
.- mayor de edad
.- sin ningún impedimento físico ni mental.
.- soltero(a) y sin hijos.
Beneficios
Capacitación en materia de:
.- seguridad y defensa.
.- uso de armas colectivas.
.- relaciones humanas.
.- archivo e instrucción.
Además de la posibilidad de una beca para estudios; iniciarse en la carrera militar como oficial, sub-oficial, profesional de carrera o tropa profesional; el pago de una ración equivalente a un salario mínimo; asistencia médica, social y odontológica; oportunidad de adquirir una capacitación técnica a través del ince militar; y un seguro de vida y accidentes.
Esta invitación se hace extensiva a todos los venezolanos que se encuentran en la edad comprendida entre los 18 y 50 años y que aún no estén inscritos, recordándoseles que deben acudir a la prefectura más cercana a su domicilio, de conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la ley de conscripción y alistamiento militar y su reglamento vigente.
Artículo 36. Los venezolanos por nacimiento están obligados a inscribirse en la junta de conscripción de su residencia dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en la cual cumplen 18 años de edad.
Los residentes en el exterior cumplirán la obligación prevista en el presente artículo en las representaciones diplomáticas
...