Cambio de régimen matrimonial
Enviado por Josue Manuel Rodriguez Gonzalez • 22 de Febrero de 2016 • Trabajo • 1.257 Palabras (6 Páginas) • 139 Visitas
RODRIGUEZ Y ORTEGA ASOCIADOS [pic 1]
BUFETE DE REPRESENTACION LEGAL.
DILIGENCIA DE JURISDICCION VOLUNTARIA
JUICIO ORAL FAMILIAR.
MODIFICASION AL REGIMEN PATRIMONIAL
DE SOCIEDAD CONYUGAL A SEPARACION DE BIENES.
ESCRITO INICIAL.
EXPEDIENTE:
C. JUEZ DE PROCESO ORAL EN MATERIA FAMILIAR EN TURNO
DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.
P R E S E N T E:
MARIA DE LOS ANGELES JUAREZ GALINDO Y FELIPE RODRIGUEZ BALLESTEROS, por nuestro propio derecho señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones y documentos el ubicado en CALLE PRIMERA CERRADA DE OLIVOS NUMERO 10, MANZANA 15, COLONIA LA MALINCHE, DELEGACION MAGDALENA CONTRERAS, CODIGO POSTAL 10310, EN ESTA CIUDAD, MEXICO, DISTRITO FEDERAL, autorizando en términos del artículo 112 del Código de Procedimientos Civiles al C. Licenciado en Derecho JOSUE MANUEL RODRIGUEZ GONZALEZ, ante Usted, con el debido respeto comparecemos para exponer:
Que en la VIA JURISDICCION VOLUNTARIA y por este conducto venimos a solicitar autorización judicial para la disolución de las Sociedad Conyugal que tenemos establecida para que en consecuencia se establezca en su lugar el Régimen de Separación de Bienes, lo anterior al tenor del CONVENIO que presentaremos.
Los hechos constitutivos de nuestra petición y los fundamentos de derecho, son los siguientes:
HECHOS
I.- Contrajimos matrimonio civil en fecha 15 de Agosto de 1975, bajo el Régimen de Sociedad Conyugal, tal y como lo acreditamos con el acta de Matrimonio del Registro Civil de esta ciudad, que se anexa.
II.- Nuestro domicilio conyugal lo establecimos en la CALLE ANDADOR “B” COLUMBA, NUMERO 12, COLONIA VISTAHERMOSA, DELEGACION MAGDALENA CONTRERAS, CODIGO POSTAL 10300, en esta ciudad.
III.- Durante el matrimonio hemos adquirido UNICAMENTE en la Sociedad Conyugal el bien comprendido en el convenio que hemos presentado en la presente jurisdicción.
IV.- Hemos convenido en disolver y liquidar el actual Régimen de Sociedad Conyugal que tenemos establecido, para establecer en su lugar el Régimen de Separación de Bienes.
V.- El cambio de Régimen Matrimonial requiere de autorización judicial, lo anterior a los dispuesto por el articulo 188 y 197 del Código Civil vigente para el Distrito Federal, razón por la cual acudimos ante su Señoría a efecto de solicitarla, tomando en consideración que nuestra petición no causa perjuicio alguno a la familia, así como a los suscritos, o a la sociedad.
DERECHO
Por cuanto al fondo son aplicables los artículos 178, 188 y demás relativos a placables del Código Civil vigente para el Distrito Federal.
El procedimiento se rige por los artículos 1019, 1020, 1021 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles vigente para el Distrito Federal.
PRUEBAS
1.- LA DOCUMENTAL PUBLICA.- Consistente en Copia Certificada del Acta de Matrimonio, prueba que relaciono con el hecho marcado con el numero I de la presente jurisdicción voluntaria, y con la misma se pretende acreditar que los suscritos contrajeron matrimonio bajo el régimen de sociedad conyugal mismo que se quiere disolver.
2.- LA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES.- Consistente en todo lo actuado en la presente jurisdicción voluntaria incluyendo los documentos exhibidos, esta prueba se relaciona todos y cada uno de los hechos narrados, y se ofrece en todo lo que beneficie y favorezca a los intereses del suscrito.
3.- LA PRESUNCIONAL EN SU DOBLE ASPECTO LEGAL Y HUMNA.- Esta prueba se ofrece en atención a que su Señoría luego de examinar las pruebas y manifestaciones vertidas en el presente ocurso, tenga a bien determinar la procedencia de la presente jurisdicción voluntaria.
Por lo anteriormente expuesto y fundado;
A USTED, C. JUEZ atenta y respetuosamente pido se sirva;
PRIMERO.- Tenernos por presentados en términos de la presente jurisdicción voluntaria, solicitando a su Señoría se tenga por disuelto el régimen de sociedad conyugal estableciendo como nuevo régimen para nuestro matrimonio el de separación de bienes.
SEGUNDO.- Una vez disuelto el régimen de sociedad conyugal, girar atento oficio al C. Director del Registro Civil a efecto de establecer como régimen de separación de bienes.
TERCERO.- Tener por autorizado al profesionista anteriormente señalado en el cuerpo del presente escrito, para los fines que se indican.
PROTESTAMOS LO NECESARIO.
México, Distrito Federal a 8 de Octubre de 2015.
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MARIA DE LOS ANGELES JUEREZ GALINDO.
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FELIPE RODRIGUEZ BALLESTEROS.
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