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Caracteristicas Del Derecho


Enviado por   •  15 de Octubre de 2012  •  742 Palabras (3 Páginas)  •  476 Visitas

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Defina las diferentes Relaciones existentes entre Derecho Interno y Derecho Internacional

Idea General

El problema de las relaciones del derecho internacional con el derecho interno ha revestido importancia excepcional en el orden teórico. Manuel Diez de Velazco “En realidad, dada la existencia de un derecho internacional que regula las relaciones entre los sujetos de la comunidad internacional, y unos ordenamientos jurídicos, es necesario saber si entre uno y otro existen o no relaciones y si se da o no una subordinación entre los grupos de ordenamientos, el internacional y los internos’’.

Derecho Internacional y Derecho Interno

Para resolver los conflictos que presentan las relaciones entre el Derecho internacional y el Derecho Interno, se suscinta en dos cuestiones que deben tratarse en forma separada. La primera consiste en averiguar si el Derecho Internacional y el Derecho interno configuran dos ordenes jurídicos independientes y separados entre si, o si constituyen ramas distintas de un tronco común. La segunda cuestión es el problema de la jerarquía de los ordenes jurídicos, y consisten en averiguar si las normas de derecho Internacional prima sobre las de Derecho Interno, o si, por el contrario, estas prevalecen sobre las dos primeras.

Las respuestas a estos dos interrogantes son diferentes, según se adopte la doctrina monista o dualista, por lo cual es necesario indagar sucintamente el contenido de tales tesis.

A. DOCTRINA DUALISTA: Esta tesis considera al derecho internacional y el Derecho Interno como dos sistemas de derecho iguales, independientes y separados, que no se confunden y que, por tanto, no se puede que existan superioridad de un ordenamiento sobre el otro. Como dice VERDROSS, se trata de dos ordenes separados, sin que exista subordinación de ninguno de ellos con respeto del otro.

B. DOCTRINA MONISTA: La concepción monista (Kelsen y Scelle) parte de una base de la unidad del conjunto de normas jurídicas. Se acepta el principio de la subordinación, según el cual todas las normas jurídicas se encuentran subordinadas las unas de las otras, en un ordenamiento rigurosamente jerárquico. Para VEDROSS, hay dos corrientes doctrinarias: a) monismo con primacía del derecho interno (Erich Kaufmann), por ausencia de una autoridad supraestatal; b) monismo con primacía del derecho internacional (Kelsen, Politis). En esta concepción el derecho interno es subordinado o delegado del derecho internacional. Kelsen es monista y postula la unidad de derecho internacional y derecho interno dentro de un sistema jurídico que abarque todos los ordenamientos jurídicos positivos. Así mismo, sostiene la primacía del derecho internacional. Dice que no exige y puede exigir que lo reconozcan los Estados, y su validez es independiente de tal reconocimiento. Al orden jurídico están sometidos los derechos nacionales, de manera que existe un sistema jurídico universal

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