Causa Amparo
Enviado por gabiedelarge • 26 de Febrero de 2015 • 400 Palabras (2 Páginas) • 266 Visitas
La causa es aquella razón que origina el que la parte solicite ante el órgano jurisdiccional un procedimiento en reclamo de su derecho. Aplicado a la materia de amparo se da a favor de cualquier gobernado, cuyas garantías constitucionales hayan sido violadas por actos de cualquier autoridad.
Existen dos tipos de causas:
La Remota:
Viene siendo la relación jurídica que existe entre la constitución y el gobernado que es el titular de las garantías constitucionales. Explicado de otro modo es la garantía individual de que es titular el quejoso, pero que ha sido violada por la autoridad.
Se puede decir de igual modo que la causa remota de la acción es la situación jurídica concreta que se deriva, para el gobernado, de la vigencia de las garantías individuales y de la delimitación de competencias entre la Federación y los Estados.
Corresponde a la posición que presenta el quejoso o agraviado frente a la Constitución que contiene las garantías individuales de donde se deriva la violación. La causa es aquella razón que origina el que la parte solicite ante el órgano jurisdiccional un procedimiento en reclamo de su derecho. Aplicado a la materia de amparo se da a favor de cualquier gobernado, cuyas garantías constitucionales hayan sido violadas por actos de cualquier autoridad.
La Próxima:
Esta causa la representa el acto de autoridad que se reclama en la demanda de amparo, al ejercitarse el derecho de acción de amparo.
La causa próxima o pretendí de la acción es la infracción a ese status, es el acto autoritario contrario a esas garantías o al equilibrio que debe imperar en el sistema federal.
Corresponde a la violación cometida por un acto de autoridad por una Ley a las mismas garantías de las que es titular el agraviado.
En el artículo 103 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dentro de sus tres fracciones, en la primera se funda la causa remota, mientras que en las otras dos se funda la causa próxima.
Cuando las partes se encuentren en uno de los tres supuestos puede ejercitar su acción personal, es decir ya sea por una violación a sus garantías individuales p por una leu o acto por el cual tanto federal como local actúan fuera de su competencia y causan un perjuicio al gobernado.
La causa se puede reducir en la existencia de un agravio personal y directo, mismo que constituye uno de los principios del amparo.
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