Causas de improcedencia del juicio Amparo
Enviado por Bibiana Quevedo Alfaro • 24 de Enero de 2016 • Documentos de Investigación • 3.797 Palabras (16 Páginas) • 564 Visitas
“UNICEM”
MATERIA: Derecho de Amparo I
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TEMA: Causas de improcedencia del juicio Amparo
PROFESOR(A): Giselle Guadarrama Cortez
ALUMNO: Bibiana Quevedo Alfaro
FECHA: 11 de junio del 2015
INDICE
INTRODUCCION………………………………………………….3
- improcedencia del juicio de amparo………..4
- causales de improcedencia previstas en la constitución………………………………………….5
- causales de improcedencia previstas en la ley de amparo…………………………………………………5
- actos de la suprema corte………………………6
- sentencias dictadas en juicio…………………………6
- actos materia de otro juicio de amparo o de una ejecutoria emitida en tal juicio……………………………………….6-7
- actos que no afecten el interés del quejoso………7
- leyes, tratados, reglamentos o actos materialmente legislativos, que por su sola vigencia no causen perjuicio al quejoso……………………………………………………………7-8
- resoluciones o declaraciones de organismos o autoridades en materia electoral……………………………………………..8
- resoluciones o declaraciones del congreso de la unión, y de las legislaturas de los estados en elección, suspensión o remoción de funcionarios…………................................8,9,10
- actos consumados en modo irreparable……………………11
Resumen…………………………………………………………………12
Bibliografía……………………………………………………………..13
INTRODUCCION
El amparo es como tal un juicio que ya no admite ningún otro recurso, se acude a este juicio cuando la persona que lo interpone, tiene la sospecha de que se le están violando sus garantías constitucionales derivado de una resolución en su contra y que se ve afectado en su esfera jurídica, cuando las personas ya agotaron todos los recursos que jurídicamente proceden en una Litis.
Pero en algunas ocasiones, el juicio del amparo es improcedente por alguna razón que derive, y que impida que se lleve a cabo el amparo, en ocasiones que la ley marque este supuesto.
La improcedencia de la acción de amparo estriba en la imposibilidad de que se admita la demanda por algún impedimento que señale la ley.
La improcedencia del amparo es la institución jurídica procesal en la que al actualizarse ciertas circunstancias previstas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la Ley de Amparo o en la jurisprudencia, el órgano jurisdiccional se ve impedido para analizar y resolver el fondo de la controversia. Así, implica la inexistencia de los presupuestos procesales necesarios para que el juicio sea admitido o, en su caso, sustanciado, pues la causa de improcedencia puede tenerse por acreditada desde el momento en que se presenta la demanda de amparo, lo que generará que la demanda sea desechada; o bien, después de admitida la demanda, supuesto éste que tendrá como consecuencia que se sobresea en el juicio.
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IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO
La improcedencia en el juicio de amparo es la institución jurídica procesal en la que, por razones previstas en la Constitución, en la Ley de Amparo o en la jurisprudencia obligatoria, se desecha la demanda o se decreta el sobreseimiento, sin resolver la cuestión controvertida constitucional planteada.
La improcedencia puede producir el efecto de que la demanda sea desechada, cuando la causa de improcedencia deriva con claridad del propio escrito de demanda. Si la demanda no acredita plenamente, por su redacción y antecedentes expuestos, la improcedencia del amparo, ésta puede decretarse con posterioridad mediante una sentencia de sobreseimiento en la que se decide que el amparo no es procedente y se deja de examinar el fondo del asunto que es el problema constitucional planteado.
En virtud de la improcedencia se deja de resolver por el juzgador de amparo, Suprema Corte de Justicia de la Nación, Tribunal Colegiado de Circuito o Juez de Distrito el problema constitucional planteado en la demanda de amparo. Es decir, se abstiene el órgano jurisdiccional de decidir si el acto reclamado, atribuido por el quejoso a la autoridad responsable, es o no violatorio de garantías individuales o del sistema de distribución competencial entre Federación o Estados, dentro de las hipótesis del artículo 103 constitucional.
Artículo 103: los tribunales de la federación resolverán toda controversia que se suscite:
I. por leyes o actos de la autoridad que viole las garantías individuales.
II. por leyes o actos de la autoridad federal que vulneren o restrinjan la soberanía de los estados o la esfera de competencia del distrito federal, y
III. por leyes o actos de las autoridades de los estados o del distrito federal que invadan la esfera de competencia de la autoridad federal.
CAUSALES DE IMPROCEDENCIA CONSTITUCIONAL
Son aquellas que como su nombre lo infiere, derivan de lo que establece la Constitución, su determinación implica que de manera genérica, se establece la imposibilidad de recurrir a cierto tipo de resoluciones que se consideran de trascendencia nacional y por ello debe de apartarse del accionar de los particulares
Las improcedencias constitucionales se refieren a obligatoriedad del juzgador que conoce del tema para no admitir la demanda, porque la misma constitución política a si lo expresa.
aquellas que como su nombre lo infiere, derivan de lo que establece la Constitución, su determinación implica que de manera genérica, se establece la imposibilidad de recurrir a cierto tipo de resoluciones que se consideran de trascendencia nacional y por ello debe de apartarse del accionar de los particulares.
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