Chingaza
Enviado por Yadyreal • 12 de Diciembre de 2013 • Tesis • 954 Palabras (4 Páginas) • 270 Visitas
Introducción
Luego de un código minero que excluiría páramos y zonas protegidas de las áreas
de explotación minera, en días recientes se logró lo que podría catalogarse como un paso
significativo por los ambientalistas dentro de lo que la regulación de ecosistemas de
páramo se refiere. Se trata de la inclusión de los ecosistemas de páramo dentro de las
zonas excluibles de la minería en lo que respecta al código minero. Hecho que no deja de
ser más que parte de un juego de leyes, cuando ya la Corte Constitucional había precisado
que la norma no solo se refería a los Parques Nacionales Naturales, sino que la exclusión
contenía todas las categorías de protección previstas por el marco jurídico ambiental. Y si
esto sucede vale la pena preguntarse, que ante la interpretación de la norma a favor de
intereses económicos particulares: ¿qué más podría suceder a pesar de que exista un
nuevo amparo jurídico para la conservación de los ecosistemas de páramo? En el grupo de
estudios de economía política y medio ambiente consideramos que no parece existir un
panorama de tranquilidad en un país donde la minería no solo amenaza la mayoría de
páramos del país; sino también cuando este es un sector jalonador de la economía en
tiempos de recesión como el actual.
Jurisprudencia, principios constitucionales y páramos en peligro
El código de Minas en su reciente reforma estableció en el artículo 34 que en las
“zonas excluibles de la minería. No podrán ejecutarse trabajos y obras de exploración y
explotación mineras en zonas declaradas y delimitadas conforme a la normatividad
vigente como de protección y desarrollo de los recursos naturales renovables o del
ambiente.
Las zonas de exclusión mencionadas serán las que han sido constituidas y las que
se constituyan conforme a las disposiciones vigentes, como áreas que integran el sistema
de parques nacionales naturales, parques naturales de carácter regional, zonas de reserva
forestal protectora y demás zonas de reserva forestal, ecosistemas de páramo y los
humedales designados dentro de la lista de importancia internacional de la Convención
Ramsar. Estas zonas para producir estos efectos, deberán ser delimitadas
geográficamente por la autoridad ambiental con base en estudios técnicos, sociales y
ambientales.”
No obstante, antes de ser concebido la nueva reforma del Código Minero donde se
excluyen los ecosistemas de páramo de las actividades mineras ya existía un
ordenamiento jurídico que por sí mismo que permitiría su protección.
PÁRAMOS EN COLOMBIA: UN ECOSISTEMA VULNERABLE
GRUPO DE ESTUDIOS EN ECONOMÍA POLÍTICA Y MEDIO AMBIENTE
3
En efecto los páramos como ecosistemas no se encuentran catalogados como
áreas de manejo especial, como lo podría ser un Parque Nacional Natural o uno regional,
sino que se le resalta como aquel que por tener la connotación natural que se le da puede
ser importante en su aporte al recurso hídrico, así como también para la fauna, la flora y
los corredores biológicos.
Así mismo la Ley 99 de 19931, en el aspecto específico de los páramos consagró
dentro de sus principios que las zonas de páramos, subpáramos, nacimientos de agua y
zonas de recarga de acuíferos
...