Clasificación De Los Derechos Subjetivos:
Enviado por Salvare0000 • 14 de Agosto de 2013 • 1.129 Palabras (5 Páginas) • 331 Visitas
Clasificación de los Derechos Subjetivos:
1.- Por la condición de los sujetos en la relación jurídica derechos publico y privado: La división fundamental de todo Derecho, objetivo y subjetivo, es la que distingue en él dos ramas caracterizadas por la actuación o no actuación del Estado en ejercicio de su autoridad: Derecho Público y Privado.
En primer lugar es bueno precisar las distintas formas de actuación del Estado, el cual puede actuar de dos maneras:
Como poder público, por medio de actos en los que ejerce plenamente su soberanía, sin que nadie pueda reclamar contra ellos; Ej. Promulgar una ley, suspender las garantías etc. Lo que caracteriza este modo de actúa es su unilateralidad: de acuerdo con la Constitución y las leyes (no en forma arbitraria) el Estado actúa como poder, sin que exista una relación jurídica entre él y otras personas y, por lo tanto fuera del campo de los derechos subjetivos.
Como persona. Al llevar a la practica las consecuencias de sus actos de poder, nace la relación de Derecho con los particulares, y el Estado actúa como persona. Aparecen ahora los derechos subjetivos, ya de parte del Estado, ya de parte de las personas frente a él, para reclamarle el cumplimiento de las normas que regulan su actividad. Todavía, en este ámbito de los derechos subjetivos, el Estado puede aparecer:
Revestido de cierta autoridad, Ej. Al exigir el pago de impuestos,
Como persona jurídica privada, en situación idéntica a los demás. Ej. Cuando compra, cuando transporta, realiza operaciones de Bolsa etc.
En ambos casos e Estado ejerce derechos subjetivos propios de su personalidad jurídica; y los particulares se encontraran en relación de "subordinación" o de "coordinación" con él, según actué o no revestido de cierta autoridad.
Principales derechos subjetivos públicos:
Del Estado frente a los particulares. Constituyen las prestaciones o "cargas públicas" que deben prestar las personas sometidas al Estado, bien sean patrimoniales (impuestos, contribuciones) o de otra índole (servicio militar, obligación de integrar las mesas electorales, etc.); el Estado puede exigirlos en virtud de la justicia general o legal.
De los particulares frente al Estado. Sabemos que en virtud de la justicia orgánica particular distributiva, las personas privadas tienen derechos subjetivos frente al Estado. Siguiendo las clasificación de Jellinek, los particulares se encuentran frente al Estado en tres situaciones distintas:
Status libertatis. Comprende la esfera de libertad, más o menos amplia, que el Estado reconoce a los individuos y dentro de la cual no se inmiscuye con su poder. Las Constituciones reconocen en su parte "dogmática" los más importantes derechos subjetivos en esta materia (libertad, inviolabilidad de domicilio, de correspondencia, etc.)
Status civitatis. Incluye aquellos derechos que permiten a los particulares reclamar la intervención de un órgano estatal en su favor; por ejemplo, el "derecho de acción", que asegura los derechos civiles y patrimoniales.
Status activae civitatis. Se refiere a los derechos políticos otorgados por las leyes a los ciudadanos haciéndoles participar directa o indirectamente en el ejercicio de la soberanía, por ejemplo al sufragio activo y pasivo.
Derechos subjetivos privados: Se refieren principalmente a las siguientes clasificaciones.
1.- Derechos Absolutos:
Derechos Absolutos, llamados también derechos de "señorío" o de "exclusión", son aquellos que tienen eficacia contra todos (erga omnes); Los absolutos garantizan al titular el "poder" sobre un objeto suyo "frente a todo el mundo" y tienen, como deber jurídico correlativo,
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