Codigo De La Etica Profesional Del Contador Publico
Enviado por monicaidrobo • 26 de Agosto de 2014 • 1.039 Palabras (5 Páginas) • 320 Visitas
PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO
La Sociedad Riesgo uno, S.A.., NIT 890.000.001-4, presentó el 8 de abril de 2014, su declaración de Renta y complementarios por el año gravable de 2013. Los plazos para presentar la misma y para cancelar en dos cuotas iguales el valor a pagar por concepto de impuesto y anticipo son las siguientes:
Declaración y pago primera cuota
Si el último dígito es Hasta el día Total pago 8 de abril de 2014 $18.500.000
Pago segunda cuota
Si el último dígito es Hasta el día Total pago
1 10 de junio de 2014 0
El 30 de mayo de 2014, el contribuyente se percata de un error consistente en que el verdadero impuesto de renta es de $ 54.000.00, procediendo a corregir de inmediato, sin que se trate de diferencias de criterio con la administración tributaria.
El siguiente es el cuadro comparativo con la cual preparó la corrección: CONCEPTO DECLARACIÓN
CORRECCIÓN DECLARACIÓN
INICIAL DIFERENCIA
Total Neto de Renta $54.000.000 $46.000.000 $8.000.000
(+) Impuesto de Ganancias
Ocasionales 0 0 0
Total Impuesto a Cargo $54.000.000 $46.000.000 $8.000.000
(-)Retenciones que le practicaron 8.500.000 8.500.000 0
(-)Saldo a favor del año 2012 0 0 0
(-)Anticipo año gravable 2013 500.000 500.000 0
(+)Anticipo año gravable 2014 0 0 0
SUBT SALDO A PAGAR 45.000.000 37.000.000 8.000.000
(+) Sanción por _______________
TOTAL
Tasa de interés moratorio:
01/01/2014 a 31/03/2014 29.48%
01/04/2014 a 30/06/2014 29.45%
Se requiere:
1. Liquidar la sanción y a cuánto asciende la misma.
2. Determinar el nuevo saldo a pagar
3. Determinar los intereses moratorios que se originan en la corrección.
2.- Si en el hipotético caso que el contribuyente corrigiera su declaración con ocasión de la respuesta al Requerimiento Especial, resuelva los tres puntos requeridos en el ejercicio anterior, teniendo en cuenta los datos y fechas del planteamiento anterior, es decir, la corrección se hace el 30 de mayo de 2014.
1) Caso 1
a) Sancion por correccion
Nuevo Impuesto 54.000.000
Impuesto Inicial - 46.000.000
Diferencia 8.000.000
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