Colombia Un Estado Social De Derecho
Enviado por XIMENALIZA • 22 de Septiembre de 2013 • 2.306 Palabras (10 Páginas) • 481 Visitas
El Espacio temporal donde nos ubicaremos para el desarrollo de este trabajo es Colombia 22 años después de la promulgación de la Constitución Política de Colombia.
Se intentará dar respuesta a la pregunta si ¿Se ha Consolidado realmente un Estado Social de Derecho en Colombia a partir de la promulgación de la Constitución Política de 1991?
Pero para llegar a dar explicación a este interrogante es importante ir desarrollando durante estas semanas otros cuestionamientos tales como:
¿Qué es un Estado Social de Derecho?
¿Por que Colombia es un Estado Social de Derecho?
¿Por qué se debe garantizar el libre desarrollo del Ser Humano en un Estado Social de Derecho?
¿Existe el respeto por los derechos civiles en Colombia?
¿Qué entes están en la obligación de garantizar los derechos Civiles en Colombia?
Estas preguntas nos llevaran en un hilo consecuente a determinar si tenemos un País que se configura como Estado Social de Derecho.
Para tal fin nuestra primera referencia será por supuesto la Constitución Política del 91 y a partir de allí otros autores.
El Primero Articulo de la Constitución dice:
“Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de república unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.”
Este primer enunciado fundamental de la Carta Magna enuncia lo que es Colombia. Un Estado Social de derecho cuyo concepto que tiene sus orígenes en la Alemania de los siglos XVIII y XIX según lo enuncia Luis Villar:
“Se trata de oponer un estado respetuoso de la ley y de las libertades del ciudadano al despotismo del Estado Absolutista. La idea básica de este Estado de Derecho consiste en que su tarea es el aseguramiento de la libertad y propiedad del ciudadano, su objeto la promoción del bienestar del individuo y de esa manera, conformar su carácter como ente común (res publica)”. (Villar 2007).
Por lo que podemos empezar a deducir que una Nación que se basa en la ley es una nación donde la justicia, es fundamento de su razón de ser como Republica.
Además de considerar de manera básica que las leyes que se promulgan deben propender por la defensa de las libertades del ciudadano y del amparo de la dignidad del ser humano.
El libre desarrollo del ser humano se basa en garantizar en principio su dignidad que en sí mismo es poder reconocer que todos somos seres libres y autónomos capaces de poder decidir nuestros rumbos. Por demás la dignidad humana pasa por contar con derechos contemplados en nuestra constitución tales como el trabajo, la vivienda, la educación, la justicia y la salud, derechos estos que se deben propender y que cada gobierno está en la obligación de buscar mejorar estas condiciones para todos los ciudadanos.
Sin embargo esto no está sino en los planos idealistas por que esto no es lo que vemos en la realidad colombiana, así lo manifiesta el jurista Carlos Cuéllar:
“El derecho principal de todo ser humano es el derecho a la vida, teniendo en cuenta que dentro de los fines esenciales que debe cumplir el Estado, aparece la protección efectiva de los derechos humanos y la creación de condiciones mínimas de convivencia entre nosotros los colombianos. El Estado no garantiza el derecho a la salud, pues para obligarlo a que realice una operación a un paciente, primero hay que incorporar infinidad de derechos de petición, tutelas e incidentes de desacato a las Entidades Promotoras de Salud (E.P.S); es decir, la única operación que se practica en el país después de estos engorrosos y acostumbrados trámites es la necropsia. El derecho a la educación menos; pues es cada vez menor el número de colombianos que tienen acceso a la educación primaria, secundaria y ni hablar de la universitaria la cual es un lucrativo negocio que está en manos de las instituciones privadas y no del Estado.
El Estado no garantiza el derecho a tener un salario mínimo legal justo, pues nos enseñaron magistralmente a sobrevivir no sé cómo mensualmente con $535.600 y cuando se insinúan anualmente reajustes salariales a favor de los trabajadores se indignan los grupos económicos, pero lo más aterrador y alarmante de todo esto es la justicia, la cual está en un total caos, con un represamiento sin precedentes con un estancamiento y atraso que no tiene nombre, no se han implementado planes de sistematización de los procesos y archivos judiciales para evitar la tramitología y el cúmulo desorbitarte de papeles y folios en estado deplorable.”
A pesar de que han sido muchos los esfuerzos de los gobiernos pasados y del actual, aun no se alcanza a cubrir esas necesidad básicas mencionadas anteriormente.
Por tanto es difícil responder a esta pregunta: ¿Existe el respeto por los derechos civiles en Colombia?, puesto que tenemos razones para decir claramente que los Gobiernos de turno se han quedado cortos en sus intentos por resolver temas de fondo como el respeto a la vida, pues basta con ver la guerra que seguimos librando contra los grupos narco-alzados en armas, llámese a estos guerrilla, bandas emergentes, bandas de delincuentes comunes, que siguen atormentando a la población civil, generando desplazamiento, generando desempleo, perdida de la vivienda, pobreza. Insisto que aunque desde el Gobierno lo han intentado sus esfuerzos son cortos, si el grueso de los Poderes Públicos, no solo el ejecutivo sino especialmente el Legislativo y el Judicial no intervienen mancomunadamente en favorecer a la población más vulnerable.
Así lo manifiesta el representante en Colombia del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos:
“Los derechos humanos no se deben usar como excusa para no hacer la paz. Por el contrario, abordar las violaciones graves de derechos humanos contribuye a la paz, porque no hay paz sin justicia.
En una solución negociada decidir cómo tratar las violaciones de derechos humanos del pasado cumpliendo con las obligaciones existentes es mucho más complejo que sólo decidir cuántos casos y de qué tipo se llevan a la justicia. Los conflictos armados entrañan la violación de derechos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales.
Dependiendo de la solución negociada que se adopte, muchos de los derechos que se venían violando de manera sistemática podrían pasar a ser respetados. Por lo tanto, para evaluar la legalidad y legitimidad de una solución negociada es indispensable considerar el efecto transformador de esa negociación.”
En este momento, ya empieza un dialogo nuevamente entre el Gobierno Nacional, la sociedad Civil
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