Comisión Interamericana De Derechos Humanos
Enviado por alejandrakp • 3 de Junio de 2014 • 478 Palabras (2 Páginas) • 276 Visitas
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos fue la institución que la Carta
de la OEA creó en principio para la protección y promoción de los derechos
humanos. Tiene su sede en Washington D.C. (EE.UU.) y es apoyada por una
Secretaría Ejecutiva. Conforman la Comisión siete expertos independientes
elegidos por la Asamblea General de la OEA para periodos de cuatro años .
Durante sus sesiones, la Comisión toma nota de los diversos reclamos que son
presentados por individuos y representantes de organizaciones en relación con
abusos contra los derechos humanos.
La responsabilidad principal de la Comisión de Derechos Humanos es recibir y
supervisar peticiones que han sido hechas contra un Estado miembro de la OEA,
reclamando sobre un abuso contra los derechos humanos. Los derechos humanos
universalmente protegidos por la Comisión, y por lo tanto elegibles para que su
protección sea solicitada, son aquellos que se encuentran en la Declaración
Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. Los Estados que han ratificado
la Convención Americana sobre Derechos Humanos están obligados por los
derechos humanos garantizados en ella, lo cual es observado por la Comisión.
Los procedimientos de la Comisión están enumerados en sus Estatutos y
Reglamentos. En la mayor parte de las situaciones, el proceso es el mismo para
las peticiones presentadas contra los países que han firmado la Convención y
aquellos que no lo han hecho. La condición de admisibilidad, las etapas
procesales, la investigación y toma de decisiones son todas similares, si no
iguales, en las dos instancias. Una diferencia reside en el resultado de la petición:
con los países que han ratificado la Convención Americana, a la Comisión se le
pide encontrar un "acuerdo amistoso"; esto no está especificado para los Estados
que no han ratificado la Convención.
Cualquier individuo, grupo de personas u ONG que esté reconocida legalmente al
menos en un Estado miembro de la OEA puede elevar una petición. La petición
puede ser presentada por la víctima o puede hacerlo un tercero con o sin el
conocimiento de la víctima. Los criterios que se tienen en cuenta para que una
petición sea admisible están enumerados en los Artículos 44 a 47 de la
Convención Americana, así como en los Artículos 26 y 32 a 41 del Reglamento de
la Comisión. En cada situación, la petición debe incluir información sobre el
individuo o individuos que la formulan, el asunto al que se refiere y la "postura
procesal" de la denuncia.Hay dos tipos de peticiones que pueden ser
presentadas: generales o colectivas. Una petición general es elevada cuando ha
ocurrido una
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