Como Hacer Un Dictamen
Enviado por coriac • 8 de Febrero de 2014 • 736 Palabras (3 Páginas) • 1.163 Visitas
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DEFINICIÓN DE DEFINICIÓN DE DICTAMEN DICTAMEN
el latín dictamen, un dictamen es un juicio desarrollado o comunicado respecto a alguna cuestión. El término no tiene una utilización demasiado frecuente en el lenguaje cotidiano, sino que está más asociado al ámbito judicial o legislativo.
El dictamen, por lo tanto, puede ser una sentencia de carácter judicial que pronuncia un tribunal o un juez. De este modo, se da por finalizado una causa o un litigio. Lo que hace el dictamen es reconocer el derecho de alguno de los intervinientes en el proceso, estableciendo la obligación a la otra parte de aceptar la resolución y respetarla.
En el caso del derecho penal, el dictamen establece la condena o brinda la absolución al acusado. Si éste es encontrado culpable, el dictamen establece el castigo adecuado según lo tipificado por la ley.
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El dictamen, por lo tanto, puede ser condenatorio (el juez acepta las pretensiones de quien demanda) o absolutorio (el juez otorga la razón al acusado). Otra clasificación habla de dictamen firme (no acepta la interposición de recursos) y dictamen recurrible (es posible la interposición de recursos).
Por ejemplo: “Esta tarde se conocerá el dictamen del caso que conmovió al país y que podría llevar al empresario a prisión”, “Tras escuchar el dictamen, los familiares de la víctima desataron su furia y estallaron contra el tribunal”, “El dictamen conformó a ambas partes”.
En el ámbito legislativo, un dictamen es un documento estudiado, discutido, votado y aceptado por la mayoría de los integrantes de una comisión. Se trata, por lo tanto, de un acto legislativo constitutivo que certifica el cumplimiento de un requisito de trámite procesal.
Tipos de Dictamen de Auditoría
A su vez, si se analiza el concepto en términos financieros, puede hacer referencia a la opinión o el juicio que un auditor hace al realizar una Auditoria Externa. Dicha opinión puede ser de cuatro tipos diferentes:
* Dictamen sin salvedades: Se da cuando el resultado del Balance General, los Estados de Cambio y de Resultado son considerados correctos o razonables por parte del auditor; es decir, que cumplen con lo establecido en los principios de contabilidad.
* Dictamen con salvedades: Al terminar su labor, el auditor descubre que si bien los balances han devuelto un resultado razonable pero existen algunos hilos que desvelan una posible pérdida o salvedad en las acciones realizadas por la empresa.
* Dictamen
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