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Concepto y definición del Contrato Administrativo


Enviado por   •  26 de Noviembre de 2013  •  Tesis  •  918 Palabras (4 Páginas)  •  357 Visitas

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Concepto y definición del Contrato Administrativo

No es fácil llegar a un concepto claro y técnico de los contratos administrativos. Podríamos decir que los contratos administrativos o contratos del Estado, son una especie dentro del género de los contratos, con características especiales tales como que una de las partes interviniente es una persona jurídica estatal, que su objeto es un fin público, y que la administración puede ejercer sus prerrogativas si ello es necesario.

Entonces definimos a los Contratos Administrativos como el acuerdo de voluntades generador de obligaciones y derechos, celebrado entre un órgano del Estado, en ejercicio de las funciones administrativas que le competen con otro órgano administrativo o con un particular o administrado para satisfacer finalidades públicas.

Objeto

El objeto del contrato administrativo es la obligación pactada, es una prestación de utilidad pública (servicio público, un empleo público, una obra pública de interés colectivo, etc.) Es la administración pública la que debe fijar unilateralmente el objeto, modo, condiciones de la prestación y de la contraprestación.

El particular que contrata con la administración pública no es un contratista, propiamente dicho, es un colaborador de los administrados con la administración, en materia de servicios públicos y suministros. Los contratos administrativos por razón de su objeto son de:

a) Concesión de servicios públicos, b) Construcción de obras públicas y c) Concesión para la explotación de riquezas naturales. d) Concesión de uso de bienes del dominio público e) La relación de funcionario o empleo público. f) El contrato de suministro y otros.

Formalismo

La forma del contrato es un elemento esencial para exteriorizar o instrumentar el vínculo contractual.

Las distintas formalidades que exigen los contratos administrativos se rigen por normas establecidas por el Derecho Público, leyes, decretos, propias del derecho administrativo, constituyen verdaderas garantías para los intereses en juego de las partes. El contrato administrativo es solemne puesto que la actividad administrativa es formal, por ello se debe cumplir con el formalismo con rigurosa aplicación y observancia de las normas.

Por razones de seguridad jurídica y de prerrogativa administrativa, la forma escrita y mediante escritura pública por ante Notario de fe Pública, o de Hacienda es el modo regular en que se instrumenta y se da a conocer la voluntad administrativa.

Contrato de obra publica

De la simple lectura de la ley de adquisiciones y obras públicas se desprende que el contrato relativo tiene por objeto llevar a cabo la ejecución, conservación y mantenimiento y demás, de aquellas obras que el Estado requiera para el cumplimiento de los fines que le son propios, de naturaleza pública.

Que el contrato relativo goza de una estructura basada en el derecho privado, en la especie el contrato de obra aprecio alzado regulado por el Código Civil para el Distrito Federal, en materia común y para toda la republica en materia federal.

Que el propio contrato está regido además

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