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Conceptos de derecho empresarial y derecho corporativo


Enviado por   •  20 de Abril de 2015  •  Trabajo  •  3.337 Palabras (14 Páginas)  •  403 Visitas

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Conceptos de derecho empresarial y derecho corporativo

• Derecho empresarial:

o El derecho mercantil es el sistema de normas jurídicas que determinan su campo de aplicación mediante la calificación de mercantiles dadas a ciertos actos, y regulan estos y la profesión de quienes se dedican a celebrarlos.

• Derecho corporativo:

o El derecho corporativo es la rama del derecho que regula la actividad empresarial de las grandes empresas o corporaciones.

Aplicación y contenido

El derecho corporativo está integrado por normas de carácter instrumental y tiene como contenido un conjunto de normas cuyo objeto es organizar la intervención del Estado, en forma directa o indirecta, a través de los entes y órganos públicos conocidos como sindicatos y corporaciones, atendiendo a la formación de la tutela jurídica para los interesados.

Si bien su naturaleza, emana de una persona jurídica que participando tanto de una disciplina del derecho privado (comercial) y como de otra considerada de derecho público (Administrativo, Teoría del Estado, Económico, Fiscal), es autónoma respecto a ambas y, por lo tanto, pertenece a una tercera categoría denominada derecho Social (Del trabajo o Laboral).

El fin del ordenamiento empresarial-corporativo es integral, contiene múltiples objetivos, medios y fines, que se funden con los intereses del estado (gobierno) siendo sinónimo de un determinado tipo de organización estatal.; pero su fin principal es resguardar los intereses de clase de sus agremiados, sean estos patrones o trabajadores. Esta patronal o trabajadora.

Contenido

• La carta de trabajo.

• b) Las leyes, los decretos-leyes y los reglamentos.

• c) Los contratos colectivos, acuerdos económicos, la norma corporativa y la sentencia de la magistratura del trabajo.

• d) Los estatutos y reglamentos de las asociaciones sindicales.

• e) Los contratos individuales de trabajo.

• f) La analogía.

• g) Los principios generales del derecho, de los que se derivan los principios generales del sistema corporativo y del Derecho Público Administrativo.

• h) Los usos, la costumbre y la equidad.

La actividad empresarial

El artículo 120 en la fracción I de la LISR menciona que actividad empresarial se refiere a “ingresos por actividades empresariales, los provenientes de la realización de actividades comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícola.”

El artículo 16 del código Fiscal de la Federación señala que se entenderá por actividades empresariales las siguientes:

“Articulo 16. Se entenderá por actividades empresariales las siguientes:

I. Las comerciales que son las que de conformidad con las leyes federales tienen ese carácter y no están comprendidas en las fracciones siguientes.

II. Las industriales entendidas como la extracción, conservación o transformación de materias primas, acabado de productos y la elaboración de satisfactores.

III. Las agrícolas que comprenden las actividades de siembra, cultivo, cosecha y la primera enajenación de los productos obtenidos, que no hayan sido objeto de transformación industrial.

IV. Las ganaderas que son las consistentes en la cría y engorda de ganado, aves de corral y animales, así como la primera enajenación de sus productos, que no hayan sido objeto de transformación industrial.

V. Las de pesca que incluyen la cría, cultivo, fomento y cuidado de la reproducción de toda clase de especies marinas y de agua dulce, incluida la acuacultura, así como la captura y extracción de las mismas y la primera enajenación de esos productos, que no hayan sido objeto de transformación industrial.

VI. Las silvícola que son las de cultivo de los bosques o montes, así como la cría, conservación, restauración, fomento y aprovechamiento de la vegetación de los mismos y la primera enajenación de sus productos, que no hayan sido objeto de transformación industrial.

Se considera empresa la persona física o moral que realice las actividades a que se refiere este artículo, ya sea directamente, a través de fideicomiso o por conducto de terceros; por establecimiento se entenderá cualquier lugar de negocios en que se desarrollen, parcial o totalmente, las citadas actividades empresariales.”

Por su parte el código de comercio establece como actividad empresarial lo siguiente:

“Articulo 3. Se reputan en derecho comerciantes:

I.- Las personas que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, hacen de él su ocupación ordinaria;

II.- Las sociedades constituidas con arreglo a las leyes mercantiles;

III.- Las sociedades extranjeras o las agencias y sucursales de éstas, que dentro del territorio nacional ejerzan actos de comercio.

Artículo 75 La Ley reputa actos de comercio:

I.- Todas las adquisiciones, enajenaciones y alquileres verificados con propósito de especulación comercial, de mantenimientos, artículos, muebles o mercaderías, sea en estado natural, sea después de trabajados o labrados;

II.- Las compras y ventas de bienes inmuebles, cuando se hagan con dicho propósito de especulación comercial;

III.- Las compras y ventas de porciones, acciones y obligaciones de las sociedades mercantiles;

IV.- Los contratos relativos y obligaciones del Estado u otros títulos de crédito corrientes en el comercio;

V.- Las empresas de abastecimientos y suministros;

VI.- Las empresas de construcciones, y trabajos públicos y privados;

VII.- Las empresas de fábricas y manufacturas;

VIII.- Las empresas de trasportes de personas o cosas, por tierra o por agua; y las empresas de turismo;

IX.- Las librerías, y las empresas editoriales y tipográficas;

X.- Las empresas de comisiones, de agencias, de oficinas de negocios comerciales y establecimientos de ventas en pública almoneda;

XI.- Las empresas de espectáculos públicos;

XII.- Las operaciones de comisión mercantil;

XIII.- Las operaciones de mediación de negocios mercantiles;

XIV.- Las operaciones de bancos;

XV.- Todos los contratos relativos al comercio marítimo y a la navegación interior y exterior;

XVI.- Los contratos de seguros de toda especie, siempre que sean hechos por empresas;

XVII.- Los depósitos por causa de comercio;

XVIII.- Los depósitos en los almacenes generales y todas las operaciones hechas sobre los certificados de depósito y bonos de prenda librados por los mismos;

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