Conflictos De Nacionalidad
Enviado por fer2402 • 2 de Diciembre de 2012 • 2.096 Palabras (9 Páginas) • 744 Visitas
CONFLICTOS DE NACIONALIDAD
DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DE LA NACIONALIDAD.
¿Qué ES LA NACIONALIDAD?
La nacionalidad implica un concepto estrictamente jurídico que denota a su vez, una idea de relación política entre un individuo y un estado determinado.
Niboyet la define como el vínculo político y jurídico que relaciona aun individuo con un estado.
La nacionalidad es el vínculo jurídico que une a la persona con el estado y tiene la doble vertiente de ser un derecho fundamental y constituir el estatuto jurídico de las personas. Por esta relación, el individuo disfruta de unos derechos que puede exigir a la organización estatal a la que pertenece y ésta, como contrapartida, puede imponerle el cumplimiento de una serie de obligaciones y deberes.
El artículo 15 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos dice:
1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.
Este artículo establece el derecho de toda persona a una nacionalidad, y a no verse privado arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiarla.
La nacionalidad es un elemento fundamental en la vida del individuo, en tanto en cuanto le permite pertenecer a un grupo, identificarse con éste y, a la vez, le otorga la protección del Estado y la posibilidad del ejercicio de sus derechos conforme a las normas jurídicas del mismo (ej: acceso a la funciones públicas).
La nacionalidad, en definitiva, es la máxima expresión jurídica de la integración de una persona en una comunidad estatal, es algo más que la autorización de residencia y trabajo.
Asimismo, la nacionalidad juega un importante papel en el sentido de ser la condición necesaria para acceder a la protección diplomática de los derechos de los nacionales de un país cuando se encuentran en el extranjero. Es decir, todo nacional de un Estado tiene derecho a que los órganos diplomáticos de su país le ofrezcan protección y asesoramiento durante sus estancias en el extranjero.
CONFLICTOS DE NACIONALIDAD
¿Qué es el “Ius sanguinis”?
Ius sanguinis proviene del latín que significa "derecho de sangre", es el criterio jurídico que puede adoptar un ordenamiento para la concesión de la nacionalidad. Según el ius sanguinis, una persona adquiere la nacionalidad de sus ascendientes por el simple hecho de su filiación (biológica o incluso adoptiva), aunque el lugar de nacimiento sea otro país.
¿Qué es el “Ius soli”?
Ius soli es una expresión jurídica en latín, utilizada actualmente en lenguas contemporáneas, cuya traducción literal es 'derecho del suelo' (significando 'derecho del lugar'), y que es un criterio jurídico para determinar la nacionalidad de una persona física.
Conflictos positivos de nacionalidad
Se produce en los casos donde dos o más Estados atribuyen al individuo su nacionalidad.
Algunos ejemplos que dan lugar a la doble nacionalidad son: Los hijos de padres extranjeros cuya nacionalidad se rige por el "Ius Sanguinis", nacidos en un país donde rige el "Ius Soli", el de la mujer que no pierde su nacionalidad por el matrimonio y adquiere la nacionalidad del marido, naturalizarse en un país sin perder su nacionalidad anterior, etc.
Normalmente, y ante casos de conflictos, la jurisprudencia y el arbitraje han determinado el principio de la efectividad para la resolución de problemas normalmente es el país de la jurisprudencia o del domicilio.
Se puede obtener una nacionalidad sin perder la anterior. Venezuela es uno de los pocos países iberoamericanos que no ha tenido acuerdos respecto a la doble nacionalidad.
Conflictos negativos de la nacionalidad
Es cuando se produce la situación de apátridas que será la persona que carece de nacionalidad lo cual puede ocurrir:
* Por no haberla tenido nunca.
* Por haber renunciado a la que tenía, sin adquirir otra distinta
Haber sido privada de ella por:
* Determinación legal.
* Acto individual.
* Acto relacionado con el matrimonio.
* Violación de las leyes de su país que lleva implícita pérdida de la nacionalidad.
* Como consecuencia del acto de transferencia territorial.
* Por medidas de guerra aplicada a súbditos en estados beligerantes.
* Por la transformación del régimen
político social del país de origen.
El apátrida es un extranjero en todos los países, careciendo de derechos políticos y teniendo restricciones, de acuerdo a las legislaciones de cada país en cuanto a los derechos civiles, y lo peor es la condena de inamovilidad en el país donde se acepta como refugiado.
Sistema para dar solución a los conflictos de nacionalidad
García Cabellos escribió diez circunstancias para resolver de alguna forma que pudieran presentarse en relación a la materia de nacionalidad, las cuales son:
1) La nacionalidad debe entenderse como un lazo voluntario de buena fe
2) Toda persona debe tener por lo menos una nacionalidad (esto evita que no existan apátridas).
3) Las personas no deben tener doble nacionalidad (esto está derogado en nuestra constitución ya que se introdujo el principio de la doble nacionalidad).
4) Todas las personas tienen derecho a cambiar libremente su nacionalidad.
5) El Estado no tiene derecho a prohibir a ninguna persona al cambio de nacionalidad.
6) El Estado no tiene derecho a obligar a las personas a que cambien e nacionalidad, contradiciendo su voluntad.
7) Todas las personas tienen derecho a recobrar su nacionalidad.
8) El Estado no puede imponer nacionalidad a personas domiciliadas en el territorio, contra su voluntad.
9) El derecho privado, determina la nacionalidad de las personas natural o aceptada.
10) El Estado determina la condición de las personas sin nacionalidad.
Resolución de los conflictos de nacionalidad
El Código de Bustamante distingue:
LA DOBLE NACIONALIDAD
La doble nacionalidad se presenta cuando dos estados consideran a un mismo individuo como miembro integrante de su pueblo.
Es uno de los problemas más frecuentes en el ámbito del derecho internacional, en la doctrina se le considera como conflicto positivo de nacionalidades, puede presentarse entre dos o más estados.
Esta cuestión involucra la consideración de que una persona solo debe tener una nacionalidad en virtud de que esta, como hemos dicho, entraña la vinculación de un sujeto con un estado, en otras palabras ninguna persona debe ser nacional, de dos
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