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Consejo de Defensa de la Nación


Enviado por   •  29 de Noviembre de 2012  •  1.230 Palabras (5 Páginas)  •  414 Visitas

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CODENA (Consejo de Defensa de la

Nación)

El Consejo de Defensa de la Nación (CODENA), es el máximo órgano de consulta para la planificación y asesoramiento del Poder Público, en los asuntos relacionados con la defensa integral de la Nación, su soberanía y la integridad de su espacio geografico». Artículo 323 de la Constitución de la República

Bolivariana de Venezuela.

Estructura: De acuerdo al artículo 322 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Seguridad de la Nación es competencia esencial y responsabilidad del Estado, fundamentada en el desarrollo integral de ésta, y su Defensa es responsabilidad de los venezolanos y venezolanas, incluyendo también a las personas naturales y jurídicas, tanto de derecho público como de derecho privado, que se encuentren en el espacio geográfico nacional. El artículo 34, de la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación nos expresa claramente la misión del CODENA: “El Consejo de Defensa de la Nación es el máximo órgano de consulta para la planificación y asesoramiento del Poder Público nacional, estadal y municipal, en los asuntos relacionados con la seguridad y defensa integral de la Nación, su soberanía y la integridad del territorio y demás espacios geográficos de la República, debiendo para ello, formular, recomendar y evaluar políticas y estrategias, así como otros asuntos relacionados con la materia que le sean sometidos a consulta por parte del Presidente o Presidenta de la República”. Así mismo el artículo 35 de la misma ley señala como está integrado el CODENA: “El Consejo de Defensa de la Nación contará con miembros permanentes y miembros no permanentes. Son miembros permanentes el Presidente o Presidenta de la República, quien ejercerá la Presidencia; el Vicepresidente o Vicepresidenta Ejecutivo, el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional, el Presidente o Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, el Presidente o Presidenta del Consejo Moral Republicano, y los Ministros o Ministras de los sectores de la defensa, la seguridad interior, las relaciones exteriores, la planificación y el ambiente. Los miembros no permanentes son de libre nombramiento y remoción por parte del Presidente o Presidenta del Consejo, y su participación se considerará pertinente, cada vez que la problemática a consultar lo amerite. Los miembros no permanentes sólo tendrán derecho a voz y cumplirán las funciones que se les asignen en su nombramiento, mientras se encuentren en el ejercicio de sus actividades dentro del Consejo de Defensa de la Nación”.

Nuestra Institución: EL Instituto de Altos Estudios de la Defensa Nacional (IAEDEN), fue creado por Decreto Presidencial N° 468 de fecha 09 de Diciembre de 1970, como un Instituto Superior, adscrito al Ministerio de la Defensa, para el estudio de los problemas relacionados con la seguridad y Defensa Nacional. Se constituyó así en el país un Centro de Concentración Nacional al más alto nivel, para la investigación y aprendizaje. Este Instituto, desde su inicio hasta el presente, ha propiciado la integración cívico-militar en un ambiente de libertad académica, donde se estudia e investiga constantemente, como parte de equipos multidisciplinarios de trabajos, la realidad nacional e internacional.

Desde su fundación cuando ocupó su sede inicial, la Quinta Manifina en la Urbanización Los Chorros, el Instituto ha venido dictando un Curso Superior de Defensa Nacional cada año y también numerosos seminarios extramuros en distintas localidades de toda la geografía nacional.

En 1983 se muda a sus actual sede, En la Avenida Los Próceres en el Valle de Caracas, allí se inicia un proceso de reorganización académica y se empiezan a dictar además otros cursos de menor extensión en el tiempo, relacionado con la materia.

En el año 1988, se elaboró el primer proyecto para convertir el Curso Superior de Defensa Nacional en Una Maestría y así poder otorgar el título correspondiente.

Antes los cambios y ajustes de la normativas emitidas por dicho Consejo, esta Casa de Estudios para el año 1992, reinicia los procesos y solicita el reingreso al régimen establecido

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