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Constitucion De La Comision Mixta De Capapcitacion


Enviado por   •  26 de Julio de 2013  •  376 Palabras (2 Páginas)  •  1.471 Visitas

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VERACRUZ / TABASCO

Boletín No. 115/13

H. Veracruz, Ver. a 20 de Julio de 2013

BOLETÍN: STPS – CONSTITUCIÓN DE LA COMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN, ADIESTRAMIENTO Y PRODUCTIVIDAD

A TODOS LOS DISTRIBUIDORES DE AUTOMOTORES

DE LOS ESTADOS DE VERACRUZ Y TABASCO

GERENTE GENERAL / GERENTE ADMINISTRATIVO / GERENTE DE RECURSOS HUMANOS / GERENTE DE CAPACITACIÓN

Estimado Asociado:

Las empresas que cuenten con más de 50 trabajadores deberán constituir Comisiones Mixtas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad, integradas por igual número de representantes de los trabajadores y de los patrones, conforme a lo establecido en los artículos 153-E y 153-F de la Ley Federal del Trabajo, y serán encargadas de realizar las funciones señaladas en el Artículo 7, párrafo cuarto del Acuerdo normativo publicado en el DOF el 14-06-2013 y que a continuación se numeran:

• Vigilar, instrumentar, operar y mejorar los sistemas y los programas de capacitación y adiestramiento;

• Proponer los cambios necesarios en la maquinaria, los equipos, la organización del trabajo y las relaciones laborales, de conformidad con las mejores prácticas tecnológicas y organizativas que incrementen la productividad en función de su grado de desarrollo actual;

• Proponer las medidas acordadas, con el propósito de impulsar la capacitación, medir y elevar la productividad, así como garantizar el reparto equitativo de sus beneficios;

• Vigilar el cumplimiento de los acuerdos de productividad;

• Resolver las objeciones que, en su caso, presenten los trabajadores con motivo de la distribución de los beneficios de la productividad;

• Autentificar las constancias de competencias o habilidades laborales expedidas a los trabajadores que aprueben los cursos de capacitación y adiestramiento, en su caso, cuando aprueben el examen de suficiencia aplicado por la entidad instructora; y

• Emitir opinión sobre la permanencia de los trabajadores contratados bajo las modalidades de capacitación inicial y periodo a prueba.

Las empresas con más de 50 trabajadores deben conservar como registros internos, lo siguiente:

• La constitución de la Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad, conforme al formato DC-1; (se anexa).

• La documentación generada sobre su integración y funcionamiento; y

• El informe de actividades de los últimos doce meses.

Lo anterior deberá de mostrarse a la autoridad laboral cuando lo solicite en sus facultades de Inspección.

Sin otro particular, quedo a sus órdenes.

ATENTAMENTE

LIC. FRANCISCO JAVIER CÁZARES GURIDI.

GERENTE GENERAL

C.C.P.- Archivo.

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