Constitucion Francesa Y Mexicana
Enviado por marianograves • 8 de Noviembre de 2013 • 2.938 Palabras (12 Páginas) • 595 Visitas
XXX. PRINCIPALES REGIMENES CONSTITUCIONALES CONTEMPORÁNEOS
30.5 FRANCIA
COMPARACIÓN DE CARACTERÍSTICAS
CLASIFICACIÓN DE LAS CONSTITUCIONES
CRITERIO
FRANCESA
MEXICANA
FORMA JURÍDICA 1.− ESCRITA
2.− CODIFICADA 1.− ESCRITA
2.− CODIFICADA
REFORMABILIDAD RIGIDA− REFERENDUM RIGIDA− ART. 71, 72, 135
NACIMIENTO U
ORIGEN
ACTO DE SOBERANÍA POPULAR. ART. 1
ACTO DE SOBERANÍA POPULAR. ART. 39
COMPARACIÓN EN EL CONTENIDO
SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL
Acorde a la pirámide de Kelsen, la constitución es la base y cumbre, el fundamento y lo insuperable, dentro de cuyos extremos se mueve toda la estructura vital del Estado, por tanto se encuentra por en cima de cualquier otra norma de carácter jurídico. (1)
Dicho principio se aplica en Nuestra Carta Magna, que en su Título Séptimo, Prevenciones Generales, en su artículo 133 consagra:
1DUGUIT León, Manual de derecho constitucional, trad. José Acuña, Madrid, Liberia Española y extranjera,
1921, p.101
Artículo 133. Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los Tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada Estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que Pueda haber en las Constituciones o leyes de los Estados.(2)
Dentro de la Constitución Francesa se afirma que ningún tratado internacional podrá cobrar validez si no va acorde con la Carta Magna antes mencionada.
Artículo 54
Si el Consejo Constitucional, requerido por el Presidente de la República, por el Primer Ministro, por el
Presidente de cualquiera de las dos asambleas o por sesenta diputados o por sesenta senadores, declara que un
compromiso internacional contiene una cláusula contraria a la Constitución, la autorización para ratificar o aprobar el referido compromiso internacional sólo podrá otorgarse previa revisión de la Constitución. (3)
b) REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN
En la Constitución mexicana se requiere un proceso especial, el cual consiste que en además del proceso ordinario de formación de leyes se requiere de la realización del artículo 135 en el que se enuncia:
Artículo 135. La presente Constitución puede ser adicionada o reformada. Para que las adiciones o reformas lleguen a ser parte de la misma, se requiere que el Congreso de la Unión, por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes, acuerden las reformas o adiciones, y que éstas sean
aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los Estados.
El Congreso de la Unión o la Comisión Permanente en su caso, harán el cómputo de los votos de las
Legislaturas y la declaración de haber sido aprobadas las adiciones o reformas.(4)
Dentro de la constitución francesa el proceso de reforma y las limitaciones de la misma se encuentran consagradas en el artículo 89 que ad literam dice:
2Constitución Política Federal de los Estados Unidos Mexicanos, Ediciones BOB, México, 2006, p140
3 http://www.constitucion.es/otras_constituciones/europa/txt/constitucion_francia.html, pag.13
4 op cit 2, artículo 135
Artículo 89
La iniciativa de la reforma de la Constitución corresponde conjuntamente al Presidente de la República, a propuesta del Primer Ministro, y a los miembros del Parlamento.
El proyecto o proposición de reforma deberá ser votado por las dos asambleas en términos idénticos. La reforma será definitiva después de ser aprobada por referéndum.
No obstante, el proyecto de reforma no será sometido a referéndum cuando el Presidente de la República decida someterlo al Parlamento convocado en Congreso; en este caso, el proyecto de reforma sólo quedará aprobado si obtuviere mayoría de tres quintos de los votos emitidos. La Mesa del Congreso será la de la Asamblea Nacional.
No podrá iniciarse ni proseguirse ningún procedimiento de reforma mientras sufra menoscabo la integridad del territorio.
No podrá la forma republicana de gobierno ser objeto de reforma.(5)
5 ibidem 3 , pp 22 y 23,
c) DERECHOS DEL HOMBRE
En nuestra Carta Magna se encuentran consagrados bajo la denominación de Garantías individuales los cuales abarcan el título primero, capítulo 1 los artículos del 1º. al 29º, donde se protegen la libertad, propiedad, igualdad bajo distintas formas; el, libertad de creencias, de profesión, de prensa, etc. Además de que se consagran los derechos sociales en los artículos 2º, 3º, 27º Y 123º
La Constitución Francesa consagra todas estas prerrogativas bajo el primer anexo denominado derechos del hombre y el ciudadano la cual data de 1789 y consta de 17 artículos.
d) FORMA DE ESTADO
Según la Constitución Política Federal de los Estado Unidos Mexicanos se adopta la forma de República representativa, democrática y federal, todo esto con base en el artículo 40 de dicha Carta Magna.
La Carta Magna Francesa establece en su artículo primero establece que Francia adopta la forma de
República, dicho artículo a la letra enuncia:
Artículo 1
Francia es una República indivisible, laica, democrática y social. Asegura la igualdad ante la ley de todos los ciudadanos sin distinción de origen, raza o religión y respeta todas las creencias. Su organización es descentralizada. (6)
6 ibidem 3, pág. 1 e) POBLACIÓN
Dentro de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se hace una descripción de quienes son nacionales y quienes son ciudadanos, así como las prerrogativas de cada uno y las causas por las cuales se pierde la ciudadanía y la nacionalidad, además de la suspensión de la primera.
Artículo 30. La nacionalidad mexicana se adquiere por nacimiento o por naturalización.
A. Son mexicanos por nacimiento:
I. Los que nazcan en territorio de la República, sea cual fuere la nacionalidad de sus padres.
II. Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos nacidos en territorio
...