Contabilidad De Costos
Enviado por mizabel • 9 de Julio de 2011 • 4.317 Palabras (18 Páginas) • 1.153 Visitas
CONTABILIDAD DE COSTOS
CTS
A) TRABAJADORES REMUNERADOS MENSUALMENTE
1. TRABAJADORES QUE PERCIBAN REMUNERACION FIJA Y PERMANENTE
Caso practico
TRABAJADOR QUE PERCIBE REMUNERACIÓN FIJA Y PERMANENTE.
a. Datos
- Fecha de Ingreso: 20.10.2004
- Tiempo Computable: 6 Meses
(Del 01.11.2008 al 30.04.2009)
- Remuneración Mensual de abril 2009:
- Básico: S/. 2,000.00
- Movilidad como condición de trabajo: 200.00
- Asignación Familiar : 55.00
Total : S/. 2,255.00
- Gratificación de Diciembre: S/. 2,000.00
B. Remuneración Computable
- Básico: S/. 2000.00
- Asignación Familiar: 55.00
- 1/6 de la Gratificación: 333.33
Total S/. 2,388.33
C. Calculo del monto a depositar
|Remuneración |Nº de meses |Nº de meses |Total a
|Computable |Del año |a depositar |Depositar
|S/. 2,388.33 / |12 x |6 = |S/.1,194.17
2. TRABAJADORES CON REMUNERACION VARIABLE E IMPRECISA
Remuneración variable imprecisa principal
El presente supuesto es el caso de los comisionistas, destajeros y en general de trabajadores que perciban remuneración principal imprecisa, donde la remuneración computable se establece en base al promedio de las comisiones, destajo o remuneración principal imprecisa percibidas por el trabajador en el semestre respectivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17º del TUO del Decreto Legislativo Nº 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobado por Decreto Supremo N° 001-97-TR.
Si el período a liquidarse fuere inferior a seis (6) meses, la remuneración computable se establecerá en base al promedio diario de lo percibido durante dicho período.
Finalmente, para los trabajadores de remuneración imprecisa, se calculará en base al promedio de la remuneración percibida en los últimos seis meses anteriores al 15 de julio y 15 de diciembre, según corresponda.
Remuneración variable imprecisa complementaria
Tratándose de remuneraciones de naturaleza variable o imprecisa de carácter complementario, se considera cumplido el requisito de regularidad si el trabajador las ha percibido, cuando menos, durante tres (3) meses dentro del semestre correspondiente Un ejemplo bastante conocido de este tipo de remuneraciones es la hora extra.
Para su incorporación a la gratificación se suman los montos percibidos y el resultado se divide entre seis (6).
CASO PRÁCTICO:
A.- DATOS
Fecha de ingreso 13.05.2000
Tiempo computable: 6 meses
Periodo a depositar: 6 meses del 01.11.2007 al 30.04.2008
Remuneración mensual de abril 2008
Básico 1550
Movilidad 450
Comisión del mes 650
Total s/ 2650
b) INFORMACIÓN ADICIONAL
Comisiones percibidas en el último semestre
Noviembre 2007: 860
Diciembre 2007: 650
Enero 2008: 680
Febrero 2008: 760
Marzo 2008: 730
Abril 2008: 875
Total 4555
Promedio de comisiones:
s/ 4555/6= s/759.20
Gratificaciones de diciembre: 2550
Horas extras
Noviembre 2007: 50.50
Diciembre 2007: 76
Enero 2008: 59
Febrero 2008: ---
Marzo 2008: ---
Abril 2008: 90
Total 275.50
Promedio de las horas extras
S/275.50/6= s/ 45.92
C. REMUNERACIÓN COMPUTABLE
Básico 1550
Movilidad 450
Promedio de comisiones 759.20
1/6 de gratificación 425
Promedio de horas extras 45.92
Total s/3230.12
D. IMPORTE A DEPOSITAR
remuneración computable n° d meses del año n° d meses a depositar total a depositar
s/3230 / 12 x 6 = 1615.1
3. TRABAJADOR DESTAJO
El contrato de trabajo a destajo, es aquel contrato en el que la remuneración se pacta con base a la cantidad de unidades, obras o labores que el trabajador realice en una jornada determinada.
El contrato de trabajo a destajo, se conoce también como contrato de trabajo de obra o por labor.
En el contrato de trabajo por destajo, se pacta pagar un determinado valor por cada unidad producida, lo que se supone, mejora la productividad del trabajador, y a la vez, la empresa racionaliza los gastos laborales, por cuanto sólo paga por lo que el trabajador haga efectivamente.
Esto hace que en principio, el tiempo que el trabajador invierta en producir una unidad no sea importante, por cuanto no se le pagará en función del tiempo invertido, sino en la cantidad de las unidades elaboradas, y resulta obvio que si el trabajador en un día no hace nada, pues no ganará nada, y si hace mucho, pues ganará mucho, aliciente suficiente para que mejore su productividad, al menos en teoría.
El valor pagado por cada unidad, obra o labor, debe ser razonable y debe contemplar el esfuerzo estándar requerido para su realización. No se trata de utilizar esta figura para pagar menos de lo que es justo por ese mismo trabajo.
Por ejemplo, si lo estándar es que en un día un trabajador puede fabricar 10 camisas, con base a ello se debe pactar la remuneración; luego si el trabajador fabrica 8 o 12 camisas en un día, se le pagará lo correspondiente. Lo que no se debe hacer, es que siendo el estándar de producción de 10 unidades por día, se le pague como si
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