Contestación y reconvención de resicion de contrato.
Enviado por jrvc87 • 10 de Agosto de 2016 • Práctica o problema • 4.131 Palabras (17 Páginas) • 735 Visitas
EVA GARFIAS SANCHEZ VS. HECTOR VELAZQUEZ GARFIAS JUICIO ORDINARIO CIVIL SOBRE RECISIÓN DE CONTRATO EXP: 845/2015 ESCRITO INICIAL |
C. JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DE
NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MÉXICO.
P R E S E N T E.
HECTOR VELAZQUEZ GARFIAS, promoviendo por mi propio derecho, señalando como domicilio legal para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en las listas y el Boletín Judicial de este H. Juzgado, autorizando para tales efectos y en términos de los artículos 1.93 y 1.94 del Código de Procedimientos Civiles en vigor al Licenciado en Derecho: ERIC CORRO MAXIMILIANO con número de Cédula Profesional 7871315, y NIP 33460 del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México Sergio Enrique Medina Benítez con número de Cédula Profesional 09086973 expedida por la Dirección General de Profesiones dependiente de la Secretaría de Educación Pública, así como a los C.C., Roberto Medina Nava, Félix Hugo Galindo Sánchez, Carlos Fredd Zavala Rivero Uriel Medina Tello, Gabriel López Contreras, Ángel Martínez Xicoténcatl, Jorge Ricardo Velázquez Colín y Florentino Alberto Ballesteros Jiménez, autorizándolos, además para oír y recibir todo tipo de notificaciones, documentos y valores aún las de carácter personal en mi nombre y representación. Ante Usted comparezco para referirle
Que, a través del presente ocurso estando en tiempo y forma, vengo a dar contestación a la demanda instaurada en mi contra; notificada mediante exhorto 175/2015 del Juzgado Cuarto Civil de Chalco, con residencia en Valle de Chalco, de fecha doce de noviembre del año dos mil quince y notificado al suscrito con fecha catorce de marzo del año dos mil dieciséis; en donde se me concede el término legal de nueve días para dar contestación a la demanda y que en el caso concreto así sucede en los términos siguientes,
CONTESTACION A LAS PRESTACIONES:
Por lo que respecta a la aclaración que mi colitigante realiza en este apartado, me permito manifestar que es parcialmente cierto lo aludido, si bien es cierto que el suscrito me comprometí a presentarme en la notaria para el caso de escrituración, también lo es que ellos absorberían dichos gastos tal y como se precisó en la cláusula VI del contrato que mi contraparte cita, y no tienen forma de acreditar que han iniciado con dichos tramites y no hay interpelación que acredite que en algún momento me han citado para presentarme ante un Notario Público, intentan justificar su incumplimiento mediante un supuesto incumplimiento del suscrito.
A).- Niego que la demandante tengan derecho a solicitar la Rescisión del Contrato de Cesión de Derechos y Traslado de Dominio celebrado entre la demandante y el suscrito respecto del bien sito en CALLE PONIENTE 16, MANZANA 174, LOTE 20, CON NÚMERO OFICIAL 279, COLONIA PERLA REFORMA, NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MÉXICO
B).- Al no tener derecho de reclamar la prestación principal, lógicamente no pueden reclamar la restitución del dinero que reclaman.
C).- Por lo que respecta a esta prestación es algo que al suscrito no le concierne, dado que si no contaban con la liquidez para celebrar el contrato, no debió hacerlo.
Por lo que respecta a las prestaciones marcada con los incisos D), E) y F) niego que tengan el derecho de reclamarlas, por los mismos motivos expresados en mi contestación a la prestación marcada con el inciso B)
Fundo mi contestación en las siguientes consideraciones de Hechos y Derechos.
CONTESTACION A LOS HECHOS:
I. Este punto es cierto.
II. Este punto es cierto.
III. El hecho que se contesta es parcialmente cierto, ya que el suscrito si me comprometí a presentarme en la notaria, sin embargo los responsables de realizar los trámites lo era la hoy actora junto con su bufete de abogados, de la misma forma se comprometió a absorber los gastos que conllevan dicha escrituración, empero en ningún momento me han citado o informado como iban avanzando dichos tramites, es por ello que nos vimos en la necesidad de celebrar un convenio de liquidación para poner un límite, ya que dejaron de preocuparse de realizar los tramites porque liquidarían hasta el momento de la firma de escritura y seguramente no pudieron conseguir más dinero. Por lo que respecta al título de propiedad con el que el suscrito ostenta ser el único dueño del inmueble, como se manifestó en las declaraciones del contrato de cesión de derechos y traslado de dominio que sus abogados redactaron y mi colitigante y el suscrito firmamos estando de acuerdo, se anexo la copia certificada de la sentencia del juicio sucesorio intestamentario en la que el suscrito quedo como único propietario.
IV. Por lo que respecta a este hecho es parcialmente cierto, en relación a que si suscribimos el convenio para poner un límite como lo manifiesto en la contestación del hecho anterior, también es cierto que inicie un juicio de cumplimiento de contrato por que no querían pagar, no contestaban llamadas ni atendían las visitas extrajudiciales, también es cierto que la sentencia no fue favorable al suscrito mas no fue en contra del suscrito, simplemente falto un requisito, haber puesto en mora a mi colitigante mediante interpelación, eso no significa que el suscrito ya no tuviese el derecho de reclamar el cumplimiento del multicitado contrato o que la casa ya era de la C, Eva Garfias, tal y como se lo hizo creer su abogado, para acreditar mi dicho en el momento procesal oportuno exhibiré copias certificadas de todo lo actuado en el juicio de cumplimiento de contrato, en el que se puede apreciar que no le dieron importancia, no presentándose a las audiencias. En este hecho omitió un detalle la hoy actora, olvido mencionar que también le hice un requerimiento de pago a través del juzgado, al cual le recayó el número de expediente 745/2015 radicado en el Juzgado Primero Civil de Nezahualcoyot, en el que únicamente le solicitaba el pago de la cantidad restante, a lo que contestaron que no pagarían hasta que el suscrito le entregara unas escrituras a las que en ningún momento me comprometí entregar. Del juicio de requerimiento de pago en comento, también me comprometo a exhibir las copias certificadas una vez sean entregadas por el juzgado en el que se sustancio el procedimiento judicial no contencioso.
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