Contrato De Trabajo Por Periodo De Prueba
Enviado por PB11907 • 17 de Octubre de 2013 • 1.764 Palabras (8 Páginas) • 635 Visitas
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR PERIODO DE PRUEBA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE SERVICIOS CORPORATIVOS S. R. L. DE C. V. REPRESENTADA POR RENE BALTAZAR ESQUIVEL ESQUIVEL A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “LA EMPRESA” Y POR LA OTRA A PEDRO LUIS BAUTISTA HERNÁNDEZ, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL EMPLEADO” AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
1.- SERVICIOS CORPORATIVOS MELODY-MILANO S.A. DE C. V. para efecto de los artículos 35 y 39-A de la LEY FEDERAL DEL TRABAJO, declara ser una sociedad mercantil legalmente constituida con elementos propios y suficientes para responder a la relación laboral, con domicilio en Lope de Vega 125 colonia Chapultepec Morales, delegación Miguel Hidalgo, México D. F., C. P., 11570.
2.- Por su parte “EL EMPLEADO” declara que sus generales son:
Nombre: Pedro Luis Bautista Hernández
Dirección: Flores Magon # 227
Colonia: Los Faroles
C. P. 89800
Ciudad: Cd. Mante
Estado: Tamaulipas
Estado Civil: casado
Nacionalidad: Mexicano
R.F.C. BAHP 770819 4S2
Telefono: 044 831 116 72 69
Con base en las declaraciones anteriores, las partes otorgan las siguientes:
C L A U S U L A S
PRIEMERA.- El presente contrato se celebra por periodo de prueba, entendiéndose por lo tanto desde ahora la naturaleza que da origen al mismo, ya que dicho tiempo determinado, de manera excepcional se realizara durante el periodo de vigencia de este contrato, el cual será comprendido del 01 DE AGOSTO DE 2012 AL 30 DE ENERO DE 2013, por lo que al concluir dicho periodo, terminara este contrato y quedaran definitivamente terminados los efectos, para ambas partes, sin necesidad de aviso o requerimiento alguno o de cualquiera otra formalidad.
“EL EMPLEADO” prestara sus servicios en el puesto de GERENTE DE OPERACIONES desempeñando las funciones inherentes al mismo, con la intensidad cuidado y esmero apropiados, según la naturaleza de las funciones encomendadas; para las que el trabajador manifiesta poseer la capacidad, conocimientos, aptitudes y experiencias suficientes para su desempeño.
“EL EMPLEADO” se obliga a desempeñar las labores que han quedado descritas, desempeñándolas bajo la dirección y dependencia de “LA EMPRESA”, obligándose a realizar todas aquellas labores que estén relacionadas con dicha actividad, sin perjuicio de cualesquiera otras que se le encomienden.
“EL EMPLEADO” queda obligado a realizar todo el esfuerzo material e intelectual necesario a fin de facilitar las operaciones, procedimientos, políticas o niveles de productividad o eficiencia, acorde a las necesidades de la propia “EMPRESA”. Estas labores nunca estarán sujetas a desempeñarse
en una área determinada o actividades en forma restringida, si no al manejo, uso y atención de cuantos utensilios maquinas o labores sea posible realizar por “EL EMPLEADO”.
SEGUNDA.- “EL EMPLEADO” tendrá las obligaciones y prohibiciones establecidas en los artículos 134 y 135 de la Ley Federal del Trabajo.
TERCERA.- “EL EMPLEADO” se obliga a suscribir todo los controles administrativos actuales o que en el futuro le sean presentados por “LA EMPRESA” y particularmente queda obligado a informar a los representantes de la misma de cualquier cambio de domicilio o de los datos mencionados en este contrato.
CUARTA.- “EL EMPEADO” desempeñara sus servicios bajo la dirección y dependencia de “LA EMPRESA” quedando obligado a observar todas las instrucciones políticas, reglamentos, manuales, códigos de conducta o ética que establezca o pueda establecer en lo futuro, y a vigilar que estos sean cumplidos por el personal a su cargo.
Los servicios contratados en los términos del presente documento, los desempeñara “EL EMPLEADO” en el lugar o lugares que la señale “LA EMPRESA” en cualesquiera de los diversos establecimientos, locales, sucursales, oficinas, que tuviera en el presente o en el futuro.
“EL EMPLEADO” se obliga a prestar sus servicios en cualesquiera de los lugares antes mencionados de acuerdo con las necesidades de “LA EMPRESA” por lo que podrá ser cambiado de establecimiento, local, sucursal, oficina dentro de la Republica Mexicana o en el extranjero, donde se requieran sus servicios.
QUINTA.- Por los servicios contratados, “EL EMPLEADO” recibirá un sueldo base mensual de $10,985.00 (DIEZ MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.). que le será pagado quincenalmente, los días 15 y ultimo de cada mes, en el entendido que si el día de pago fuera inhábil, el pago se realizara el día inmediato anterior, en el lugar que “la empresa” designe. Sueldo en el cual queda comprendido el pago correspondiente a los séptimos días, días de descanso obligatorio que establece la Ley Federal del Trabajo o los que anualmente determine la Comisión Nacional Bancaria y de Valores o los que “LA EMPRESA” otorgue eventualmente.
“EL EMPLEADO” expresamente manifiesta su conformidad para que el pago de todas las percepciones a que tenga derecho por conceptos tales como sueldo, vacaciones, prima vacacional, aguinaldos o por cualquier otra circunstancia de hecho o de derecho, ordinaria o extraordinaria habiéndose realizado los descuentos de ley, se efectúe
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