Contrato Por Tiempo Determinado De Nicaragua
Enviado por djdanny • 21 de Mayo de 2013 • 971 Palabras (4 Páginas) • 1.017 Visitas
INSTITUTO PANAMERICANA POWER
Managua, Nicaragua.
CONTRATO DE TRABAJO POR TIEMPO DETERMINADO
El Instituto Panamericana Power, representada en este contrato por el Lic. Francisco Zamora Méndez, quien es mayor de edad, casado, Administrador de Empresas, y de este domicilio, identificado con cedula de identidad ciudadana emitida por el Consejo Supremo Electoral de la Republica de Nicaragua número: 123-070770-0020M, en su carácter de director de Recursos Humanos y con capacidad legal para contratar, mediante mandato contenido bajo la escritura pública numero cuarenta y cinco, de fecha veinte de agosto del año dos mil cinco, y quien por la naturaleza del acto, será denominado como EL EMPLEADOR, y por otra parte la: Sra. Katia Cordero López, quien es mayor de edad, soltera, cuarto año de secundaria, nicaragüense, y del domicilio de Managua, quien se identifica con cédula número: 256-030384-0084A, será conocido como LA TRABAJADORA. Hemos convenido la celebración del presente contrato de trabajo, que se regirá por las cláusulas que a continuación se pactan, y lo no previsto se regulará de manera expresa por el Código Laboral de la República de Nicaragua. En ese sentido declaramos lo siguiente:
PRIMERA: DEL OBJETO DEL CONTRATO:
El presente Contrato, tiene por objeto regular la relación laboral entre EL EMPLEADOR y LA TRABAJADORA de conformidad con lo dispuesto en las presentes cláusulas y El Código del Trabajo.
SEGUNDA: DEL CARGO, UBICACIÓN Y FUNCIONES A REALIZAR:
LA TRABAJADORA, está siendo contratada para desempeñar el cargo de: CONSERGE, su ubicación laboral será en la oficina de Servicios Administrativos del Instituto Pamericana Power y bajo la responsabilidad inmediata del RESPONSABLE DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS DE LA SUBDIVISION ADMINISTRATIVA. Ejecutará las funciones establecidas para el cargo en la ficha ocupacional, bajo la planificación ya sea anual, semanal o trimestral, o bien por cualquier modalidad que se le indique, sin el perjuicio de realizar aquellas tareas o actividades que le sean señaladas y que se encuentren comprendidas en la naturaleza del cargo a desempeñar.
TERCERA: LA JORNADA LABORAL:
LA TRABAJADORA se desempeñará con una jornada laboral de lunes a viernes, bajo el horario de 06:00 a.m. a 2:00 p.m.
CUARTA: DEL SALARIO Y SU FORMA DE PAGO:
LA TRABAJADORA, devengará en concepto de salario ordinario mensual, la cantidad de C$ 3.500 (TRES MIL QUINIENTOS CORDOBAS NETOS) monto del cual se harán las respectivas deducciones de ley. Reservándose el Empleador el mecanismo para el pago, ya sea por medio de cheque o por el sistema de débito automatizado conocido bajo el nombre de plan nómina, en la Institución Bancaria que el Instituto designe.
QUINTA: DE LA VIGENCIA:
El presente contrato de trabajo, se pacta bajo la modalidad de Tiempo Determinado, con fecha inicio el Veinte de Abril del Año Dos Mil Doce y con fecha expresa de vencimiento el Quince de Diciembre del Año Dos Mil Doce.
SEXTA:
...