Contrato como norma jurídica individualizada
Enviado por • 21 de Septiembre de 2013 • Trabajo • 510 Palabras (3 Páginas) • 1.339 Visitas
CONTRATO COMO NORMA JURÍDICA INDIVIDUALIZADA.
Retomando las aportaciones del jurista mexicano
Rojina Villegas, es viable analizar el
contrato como una norma individualizada entre las partes, suscitada como producto de
la negociación; de tal manera que un contrato bajo está óptica se circunscribe en cuatro
ámbitos:
a) MATERIAL. Se determina la autonomía de la voluntad de los contratantes, es
decir, se les faculta para establecer los compromisos y obligaciones que ellos mismos
determinen, siempre y cuando no sean contrarios a las normas establecidas por la ley. #) ESPACIAL. En un contrato es importante determinar el territorio durante el cual
tendrá alcance una norma jurídica, es decir, sobre las disposiciones legales de un lugar
específico se aplicarán al acto jurídico, sobre todo al momento de resolver una
controversia. (es importante hacer notar que en dos Entidades no se aplican los mismo
criterios a un acto jurídico en concreto)
c) TEMPORAL. La gran totalidad de los contratos, restringen el tiempo durante el
cual los sujetos quedarán obligados al cumplimiento de ciertas obligaciones, ya que no
pueden quedar eternamente obligados.
d) PERSONAL. Se establece por medio del contrato si el contenido del mismo afectará
solo a los contratantes o tendrá alguna implicación con terceros.
Analizando el ámbito espacial, se observa que es posible que las partes que intervienen
en la generación de obligaciones y derechos, puedan ir más allá de la ley, siempre y
cuando sus compromisos no sean contrarios a derecho. Este punto es conocido como el
principio “pacta sunt servando”, el cuál significa que lo pactado entre las partes obliga.
Incluso es acogido en el Código Civil Federal en su artículo 1839 el cual señala
textualmente
“Los contratantes pueden poner las cláusulas que crean
convenientes; pero las que se refieran a requisitos esenciales del
contrato, o sean consecuencia de su naturaleza ordinaria, se tendrán
por puestas aunque no se expresen, a no ser que las segundas sean
renunciadas en los casos y términos permitidos por la ley”.
Ahora bien, si mediante este principio es posible subsanar en los contratos innominados
la falta de regulación de la ley, pero resulta complicado el panorama al establecer que
elementos técnicos deben ser incorporados, para ello es necesario atender a las fuentes
del derecho.
En este orden de ideas, es importante definir el concepto de “fuente”, y se entiende
como aquello que da pauta para el nacimiento, el surgimiento de algo. Bajo una óptica
jurídica, se refiere a aquellos factores que posibilitan el surgimiento
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