Contrato de trabajo. Trabajadores de Arte y Espectáculo
Enviado por FabianVenegas • 14 de Noviembre de 2016 • Apuntes • 710 Palabras (3 Páginas) • 593 Visitas
CONTRATO DE TRABAJO
Trabajadores de Arte y Espectáculo
En Santiago, a «FECHA_CONTRATO» entre ALASKA FILMS LTDA., de su giro, RUT 76.238.998-3, representada por don FERNANDO SOTO EPUÑAN CI.13.738.814-6, ambos con domicilio en Eliodoro Yáñez 2562, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, por una parte, en adelante “La Empresa o el Empleador", y por la otra Don «NOMBRE_COMPLETO_TRABAJADOR», CI.«RUT», con domicilio en «DOMICILIO», comuna de «COMUNA», de nacionalidad «NACIONALIDAD», de Estado Civil «ESTADO_CIVIL», nacido el «FECHA_NACIMIENTO», en adelante “El trabajador”, se ha convenido el siguiente contrato de trabajo:
- El trabajador se obliga a realizar la función de «CARGO» en la producción “«PROYECTO»”.
- Dicha función se deberá cumplir dentro de la jornada de trabajo que las partes establezcan en relación a las diferentes etapas de la producción de acuerdo al artículo 145-E, dejándose expresa constancia que el trabajador tendrá derecho a un descanso mínimo de cuarenta y cinco minutos dentro de la jornada para efectos de colación. Con todo, la jornada de trabajo no podrá exceder las diez horas de duración, siendo cada hora extra de trabajo remunerada con el 1,5% de la hora establecida, las cuales no se podrán exceder de 02 horas por jornada.
- El horario de trabajo será variable según lo impongan las necesidades de Producción y/o rodaje pudiendo disponer por parte de la productora en días laborables o festivos durante la noche o el día. No obstante, no podrán transcurrir menos de doce horas entre la finalización de la sesión de rodaje y la siguiente convocatoria.
- La propiedad intelectual de todo trabajo, idea y aporte realizado por el trabajador durante la vigencia del presente contrato, pertenecerá en forma exclusiva al empleador.
- El empleador se compromete a proporcionar el traslado al trabajador, pagándole los costos de transporte o bien proveyéndoselo, durante el periodo de filmación, así como el alojamiento en condiciones adecuadas de higiene y seguridad, cuando la producción deba realizarse en una localidad distinta a la Región Metropolitana y en la que no esté previsto traslado para su regreso.
- El trabajador podrá disponer de recursos cuando estos hayan sido aprobados por el empleador por medio de su firma en el respectivo boucher. De tal manera, el empleador no se hará responsable con terceros ni con el propio trabajador, de los dineros gastados o comprometidos que no hayan sido aprobados mediante el sistema descrito.
- El trabajador se obliga, tanto durante el tiempo que dure el presente contrato, como también después, a no divulgar o comunicar a terceros sin el consentimiento del empleador, los negocios, documentos, planillas de cálculo y todo aquello de lo cual tenga conocimiento.
- La duración del presente contrato será el día «DURACION_CONTRATO». Este contrato se entenderá prorrogado, si el empleador lo manifestare en forma expresa, en los mismos términos, antecedentes y pactos, en el supuesto de que, a su término, no se hallen concluidos los trabajos profesionales requeridos.
- El empleador se compromete a remunerar al trabajador con la suma de «SUELDO_BASE» («SUELDO_EN_LETRAS» PESOS), como sueldo base por los días trabajados, además percibirá una gratificación correspondiente al 25% del sueldo base con tope de 4,75 ingresos mínimos. La liquidación se efectuará según lo estipulado por la ley, mediante un cheque nominativo.
- El trabajador declara en este acto que se encuentra afiliado a AFP «AFP» Que sus cotizaciones para el fondo de salud deben entregarse a «SALUD».
El trabajador declara «SINDICATO» estar adherido al sindicato de trabajadores de arte y espectáculos, por lo que «SINDICATO» se le descontará de su sueldo liquido el 1%, el que será pagado a esta institución.
- El presente contrato se firma en dos ejemplares, quedando uno en poder del trabajador, y otro en poder del Empleador.
FIRMA EMPLEADOR FIRMA TRABAJADOR
RUT: 76.238.998-3 RUT: «RUT»
...