Contrato privado de arrendamiento de taxi
Enviado por noeram • 18 de Junio de 2018 • Trabajo • 1.223 Palabras (5 Páginas) • 501 Visitas
CONTRATO PRIVADO DE ARRENDAMIENTO
Conste por el presente documento, un CONTRATO PRIVADO DE ARRENDAMIENTO que celebran de una parte, SR. NOE RAMOS SAUCEDA, debidamente identificado con su credencial del INE con No. De folio: 1404598605, señalando domicilio legal para estos efectos en Ave. Zempoala 7614 Col. Lomas Modelo en Monterrey N.L.; a quien en lo sucesivo se le denominara únicamente “ EL ARRENDADOR “ y de otra parte, SR. JORGE RUBEN RODRIGUEZ FRESNILLO , Debidamente identificado con INE 1090477783, señalando domicilio legal en Calle Pedro F. Quintanilla 400 Col. La Nogalera en San Nicolás de los Garza, a quien en lo sucesivo de le denominara como el “ARRENDATARIO“, instrumento que se otorga en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERO: Por el presente documento “EL ARRENDADOR “da en arrendamiento a “EL ARRENDATARIO “ el automóvil de marca Nissan, modelo Tsuru Sedan 4 puertas, año 2012, color Blanco con Amarillo (Colores oficiales de los taxis de Monterrey), con número de motor GA16859977Y, número de serie: 3N1EB31S3CK333911, Placas 6205 MLD y número de concesión 5010.
SEGUNDO: “ EL ARRENDATARIO “ obliga a arrendar el automóvil mencionado en la cláusula primera, que comenzara a regir el día 29 de Oct del 2017, para ser usado exclusivamente en el área de la ciudad de Monterrey, N.L. y su área metropolitana para el servicio publico (taxi).
TERCERO: “EL ARRENDATARIO “ deberá firmar un pagaré por un monto de $57,600.00 (Cincuenta y siete mil pesos 00/100 M.N.) equivalente a la renta de 30 semanas de renta semanal (1920.00 pesos 00/100 M.N.).
CUARTO: El pago pactado de común acuerdo por ambas partes es la suma de $1,920.00 pesos (un mil novecientos veinte 00/100 M.N.) de renta semanal de Domingo a Sabado a partir de la fecha definida en la clausula Segunda. “ EL ARRENDATARIO “ se obliga a efectuar el pago semanal en el domicilio del “ARRENDADOR “ los días domingos o lunes de cada semana sin excepción. El “ARRENDADOR” deberá entregar comprobante de pago del pago semanal recibido por el “ARRENDATARIO”
QUINTO: Una vez terminadas las 30 semanas, el auto descrito en la clausula primera pasará a ser propiedad del “ARRENDATARIO” siempre y cuando haya cumplido con los pagos semanales especificados en la clausula cuarta. La factura original del auto será endosada por el “ARRENDADOR” a nombre del “ARRENDATARIO”. El “ARRENDADOR” deberá devolver el pagaré especificado en la clausula TERCERA de este contrato. En caso de que el “ARRENDATARIO” no haya cumplido con los pagos de las 30 semanas el auto permanecerá a nombre del “ARRENDADOR” y el “ARRENDATARIO” deberá entregar el auto de manera inmediata sin solicitar dinero a cambio.
SEXTO: “EL ARRENDATARIO “ se obliga a destinar el automóvil materia del presente contrato para uso exclusivo de Servicio de Transporte de personal, por otra parte “ EL ARRENDATARIO “ se obliga a ser el único conductor en todo momento de dicho automóvil, quedando expresamente prohibido, bajo su total responsabilidad en caso de que el automóvil sea conducido por tercera(s) persona(s), de darse el caso , se rescinde el presente contrato y “EL ARRENDATARIO” deberá devolver el auto de manera inmediata sin solicitar dinero a cambio.
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