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Contratos De Arrendamiento


Enviado por   •  3 de Noviembre de 2013  •  530 Palabras (3 Páginas)  •  280 Visitas

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

En Apizaco, Tlaxcala, a seis de abril de dos mil doce.

DE UNA PARTE, EL C. MAURICIO QUINTERO REJON A QUIEN SE LE DENOMINARA ARRENDADOR, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA IDENTIFICACIÓN PERSONAL NÚMERO (12486579231), CON DOMICILIO EN PUEBLA, PUEBLA, EN LA CALLE CINCO PONIENTE, SOLTERO, MEXICANO POR NACIMIENTO, ABOGADO DE PROFESIÓN.------------------------------------------

DE OTRA PARTE, EL SEÑOR CARLOS AGUIRRE DÍAZ, Y LA SEÑORA MAURA CERVANTES CORTES, A QUIENES LLAMAREMOS ARRENDATARIOS, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LA IDENTIFICACIÓN PERSONAL NÚMERO (1256489434) Y (2354621364), CASADOS, MEXICANOS POR NACIMIENTO, DE OFICIOS MECANICO Y COSTURERA.-------------------------

LAS PARTES RECONOCEN CAPACIDAD LEGAL SUFICIENTE PARA SUSCRIBIR EL PRESENTE CONTRATO CON LAS SIGUIENTES:---------------------

DECLARACIONES

I. Que el C. MAURICIO QUINTERO REJON, es dueño de pleno de la casa marcada con el número exterior cien treinta y ocho de la calle Tlaxco, fraccionamiento la Noria uno de esta ciudad de Apizaco, Tlaxcala.------------

II. Que el C. MAURICIO QUINTERO REJON, desea arrendar a los Señores CARLOS AGUIRRE DÍAZ y MAURA CERVANTES CORTES, dicha casa de para su uso y disfrute.-------------------------------------------------------------------------------------

III. Los que intervienen, según actúan, convienen en la celebración del presente contrato, con arreglo y sujeción a las siguientes:---------------------------------------------

CLÁUSULAS

PRIMERA.- El C. MAURICIO QUINTERO REJON se obliga a arrendar, a los Señores CARLOS AGUIRRE DÍAZ y MAURA CERVANTES CORTES, el uso y disfrute de la casa marcada con el numero exterior numero cien treinta y ocho de la calle Tlaxco, fraccionamiento la Noria 1.---------------------------------------------------

SEGUNDA.- Manifiestan que los arrendatarios, tendrán en todo momento, durante el plazo pactado, el derecho a ocupar la citada casa, así como usar la misma, y gozar de los frutos de la misma.------------------------------------------------------------------

TERCERA.- El precio establecido por concepto de renta será de mil pesos mensuales, que los arrendatarios se obligan a pagar en el domicilio del arrendador, dentro de los primeros cinco días del siguiente mes a la mensualidad vencida, a partir de que sea ocupada la vivienda.-------------------------------------------

CUARTA.- Dentro del primer mes, por única ocasión, los arrendatarios se obligan a pagar mil pesos por concepto de renta y mil pesos de depósito, mismos que se harán valer en caso de daños o deterioros de la casa habitación, una vez desocupada, o entregados por el arrendador a los arrendatarios, si no los hubiere.-

CUARTA.-

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