Contratos
Enviado por fanmezz • 27 de Marzo de 2014 • 2.947 Palabras (12 Páginas) • 149 Visitas
COMPRAVENTA MERCANTIL
A. Concepto
- Código de Comercio: Artículo 371. Serán mercantiles las compraventas a las que este Código les de tal carácter, y todas las que se hagan con el objeto directo y preferente de traficar.
- Código Civil Federal: Artículo 2248.- Habrá compra-venta cuando uno de los contratantes se obliga a transferir la propiedad de una cosa o de un derecho, y el otro a su vez se obliga a pagar por ellos un precio cierto y en dinero.
-Análisis:
“Serán mercantiles las compraventas a las que este Código les de tal carácter”
I. adquisiciones y enajenaciones de bienes inmuebles
II. compras y ventas de bienes inmuebles (con propósito de lucro especulación, por una o por ambas partes [acto mixto])
III. compra y ventas de porciones, acciones y obligaciones de las sociedades mercantiles
IV. lo relativo al comercio marítimo y a la navegación
V. entre comerciantes (no naturaleza civil)
- Los contratos mercantiles se diferencian de los contratos civiles por la forma, objeto (cosas o derechos que se pueden transferir – acciones u obligaciones -), fin (propósito de especulación comercial) y sujetos que los celebran (empresas mercantiles, como las de abastecimiento y suministros).
B. Clasificación:
Principal, instantáneo o de tracto sucesivo, traslativo de dominio, consensual, bilateral y oneroso.
• Principal:
• Instantáneo o de tracto sucesivo.
• Traslativo de dominio.
• Consensual: Se concluye con la sola voluntad, perfeccionado al momento de convenir sobre el precio y en la cosa, aunque el primero no haya sido pagado, ni la segunda entregada.
• Bilateral: Cada una de las partes debe cumplir con una prestación. “el contratante que cumpla tiene derecho a exigir del que no cumpliere la rescisión o cumplimiento del contrato, independientemente de la indemnización por daños y perjuicios”.
• Oneroso: Existen gravámenes y provechos recíprocos; el vendedor debe entregar el bien y el comprador debe pagar un precio, en los términos y condiciones.
C. Elementos de existencia
1. Consentimiento: Se produce por el concurso de la oferta y la aceptación sobre la cosa y causa del contrato. Se perfeccionan con el consentimiento. (art. 80 CCo. – se perfeccionan cuando por correspondencia se acepta la propuesta)
2. Objeto que pueda ser materia del contrato “
C. Elementos de validez
1. Capacidad: General para contratar y en caso de apoderados/representantes legales las facultades especiales para realizar actos de dominio.
2. Ausencia de vicios del consentimiento: “
3. Objeto, motivo y fin lícitos: La cosa o derecho objeto del contrato debe ser determinada o determinable en cuanto a su especie, existir en la naturaleza y estar en el comercio; asimismo, las cosas futuras pueden ser objeto de contrato.
4. Forma: Constar por escrito. Sólo en las compraventas de inmuebles cuyo valor de avalúo exceda el monto de 365 días de salario mínimo, el contrato deberá constar en escritura pública (arts. 2317 y 2320 CCF); en los demás casos el contrato es consensual y puede probarse por todos los medios existentes, como las facturas que expide el vendedor y de las cuales tiene obligación de conservar copia.
D. Sujetos
- Comprador (paga un precio cierto) - persona física o moral con la capacidad general para contratar.
- Vendedor (transmite la propiedad) – persona física con la capacidad general para contratar o moral con las facultades especiales para ejerces actos de dominio.
G. Objeto
- El objeto es toda cosa o derecho susceptible de cambio y que se encuentre dentro del comercio.
- No pueden ser objeto de compraventa: derechos intransmisibles (uso o habitación), las que perjudiquen la salud o higiene (estupefacientes), bienes de utilidad o dominio público y productos falsificados.
- La cosa o derecho debe de ser determinado y determinable.
F. Obligaciones principales de las partes contratantes
Obligaciones del vendedor:
1. Entregar la cosa objeto del contrato y los documentos base.
a.1. Lugar de entrega. Si no se pacta e implica la C.V. un transporte, la entrega consiste en poner las mercaderías “en poder del primer porteador para que las traslade al comprador”
a.2. Si se tratare de cosas inciertas o no identificadas que deban extraerse de una masa determinada, o que deban ser manufacturadas, cuando se ponen a disposición del comprador en el lugar determinado que se precise
2. Responder a la evicción y saneamiento. (hay evicción cuando el que adquirió alguna cosa es privado de todo o parte de ella por sentencia que cause ejecutoria, en razón de algún derecho anterior a la adquisición).
3. Garantizar la apropiación pacífica de la misma.
Obligaciones del comprador:
1. Pagar el precio en día y lugar determinados, de no estipularse deberá de pagar de contado en el día, lugar y hora de entrega de la cosa.
2. Recibir la cosa.
H. Modalidades de este contrato
1. Compraventa en abonos.- Se rige por las disposiciones del art. 2310 CCF.
2. Compraventa con reserva de dominio.- Es aquella en que el vendedor se reserva la propiedad de la cosa vendida hasta que le haya sido pagado el precio en su totalidad; no obstante los riesgos se transmiten al comprador con la simple tenencia o posesión de la cosa (art. 2312 CCF).
3. Compraventa sobre muestras.- Son aquellas que se efectúan sobre mercancías que se ofrecen por catálogo y cuya calidad es conocida en el mercado; éstas se perfeccionan por el solo consentimiento de las partes y en caso de desavenencia nombrarán dos comerciantes para resolver la inconformidad, y en caso de discordia un tercero (art. 373 C.Com).
4. Compraventa de mercancías no vistas.- Se trata de cosas cuya calidad no es conocida comercialmente y no han sido vistas por el comprador; por lo tanto estas compraventas se perfeccionarán sólo hasta que el comprador examine y acepte las cosas (art. 374 C.Com).
5. Compraventa a ensayo, gusto, peso o medida.- Se realiza sobre cosas que se acostumbran probar, degustar, pesar o medir, y se perfeccionan sólo hasta que se realizan tales eventos; p. ej: compraventas de computadoras, alimentos, vinos, telas, granos, madera, etc.
6. Compraventas franco domicilio.- Son aquellas donde el vendedor se obliga a entregar las mercancías en un determinado lugar o domicilio, asumiendo los riesgos y la obligación de pagar los gastos
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