Convenio De Divorcio
Enviado por laurita20 • 23 de Noviembre de 2013 • 635 Palabras (3 Páginas) • 247 Visitas
MARIA LOPEZ ORTIZ Y JOSE CLADERON RAMIREZ mexicanos, mayores de edad, casados entre si, el primero de los nombrados profesionista, la segunda dedicada a las labores del hogar y señalando como domicilio convencional para oír y recibir notificaciones el ubicado en FERNANDEZ DE LIZARDI #206 COL BUENOS AIRES centro de esta ciudad, respetuosamente comparecemos a exponer:
Por medio del presente ocurso acudimos a interponer JUICIO DE DIVORCIO VOLUNTARIO, por no ser posible hacer vida común
CONVENIO QUE CELEBRAN LOS SEÑORES MARIA LOPEZ ORTIZ Y JOSE CALDERON RAMIREZ EL CUAL SEJETAN AL TENOR DE LO SIGUIENTES CLAUSULAS:
DECLARAN.
PRIMERA.- Manifestamos los suscritos Sres. MARIA LOPEZ ORTIZ Y JOSE CALDERON RAMIREZ que respecto a nuestros hijo (s) PERLA Y ANTONIO DE APELLIDOS CALDERON LOPEZ y el naciturus, ambos ejerceremos la patria potestad, pero quedando bajo la guarda y custodia, de su señora madre MARIA LOPEZ ORTIZ
SEGUNDO.- Los suscritos JOSE CLADERON RAMIREZ Y MARIA LOPREZ ORTIZ manifestamos, que el primero de los antes mencionados podrá visitar al menor PERLA Y ANTONIO DE APELLIDOS CALDERON LOPEZ los martes y los Jueves, en horario de las 9:00 horas a las 16:00 horas, y el día Sábado de las 10:00 horas a las 20:00 horas, los cuales podrá llevárselos del domicilio ubicado en la calle FERNANDEZ DE LIZADI #206 COL BUENOS AIRES siempre y cuando acuda en buenas condiciones y regresarlos al mismo domicilio a la hora convenida.
TERCERO.- Manifestamos los suscritos JOSE CALDERON RAMIREZ Y MARIA LOPEZ ORTIZ que el primero de los ya mencionados dará pensión alimenticia, según las necesidades de los hijos y que será entregada a la señora MARIA LOPEZ ORTIZ dicha pensión no será inferior al equivalente a $5.000,00 cinco mil pesos moneda nacional, pagaderos el día primero de cada mes, en el domicilio en que resida MARIA LOPEZ ORTIZ con independencia de lo dispuesto en la siguiente cláusula.
CUARTA.- El Sr. JOSE CALDERON RAMIREZ cubrirá todos los gastos que se originen por concepto de estudios realizados por los menores. De acuerdo con el articulo 374 376 del Código Civil Vigente en el Estado.
QUINTA.- Manifestamos ambos comparecientes que el domicilio donde vivirán durante el procedimiento será. El de la señora MARIA LOPEZ ORTIZ el ubicado den Fernández de Lizardi #206 col buenos aires de esta ciudad, el del señor JOSE CALDERON RAMIREZ el ubicado en ciprés #567 col doctores en esta misma ciudad.
SEXTA ,- Manifestamos los comparecientes JOSE CLADERON RAMIREZ Y MARIA LOPEZ TORRES que renunciamos recíprocamente a pensión alimenticia alguna lo anterior durante el procedimiento, así como después de que haya causado ejecutoria la sentencia.
PROTESTAMOS
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