Convenio Divorcio
Enviado por jesmanss • 11 de Junio de 2012 • 885 Palabras (4 Páginas) • 1.153 Visitas
---------------------------------------CONVENIO------------------------------------------------
PRIMERA.- Expresan los señores Laura Yazmín Román Priego y Francisco Hernandez Lopez, que son casados por régimen de separación de bienes, sin embargo y debido a los problemas personales que se han suscitado entre ellos y que imposibilitan su vida en común, han decidido divorciarse por mutuo consentimiento y de esa manera disolver el vínculo que los une y para ello solicitar se declare disuelto el matrimonio que contrajeron con todas sus consecuencias legales y para ello celebran este convenio.----------------------------------------------------------------
SEGUNDA.- Convienen los señores Laura Yazmín Román Priego y Francisco Hernández López que la señora Laura Yazmin Román Priego vivirá en el domicilio ubicado en la calle Manuel Doblado #203 de la colonia de Tamulté de la ciudad de Villahermosa Tabasco, pudiendo establecer su domicilio al concluir este divorcio en el lugar que mas le convenga previo aviso a su esposo por escrito.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------
TERCERO.- Expresan los señores Laura Yazmín Román Priego y Francisco Hernández López, que el señor Francisco Hernández López vivirá en el domicilio que tiene en la calle Senda de Guayacán manzana 11, lote 17, fraccionamiento Parrilla ll, del municipio de Centro, Tabasco, pudiendo establecer su domicilio al concluir este divorcio en el lugar que más le convenga previo aviso a su esposa por escrito.----------------------------------------------------------------------------------------
CUARTA.- Ambos cónyuges de común acuerdo solicitan la disolución del vínculo matrimonial con todas sus consecuencias legales.-------------------------------------------------------------
QUINTA.- En virtud de que durante el matrimonio que formaron los señores Laura Yazmin Román Priego y Francisco Hernández López procrearon una hija que responde al nombre de Belinda Hernández Román y que cuenta actualmente con la edad de 3 años y para no dejar en estado de indefensión a la separación de los cónyuges a la menor antes mencionada, en cónyuge Francisco Hernández López manifiesta estar de acuerdo en proporcionarle Laura Yazmin Román Priego, una pensión alimenticia mensual por la cantidad de $800.00 pesos (ochocientos pesos 00/100 M.N.) así mismo de conformidad con el artículo 307 del Código Civil vigente en el Estado, esta cantidad pactada por concepto de pensión alimenticia, tendrá un incremento automático equivalente al aumento porcentual del salario mínimo general diario vigente en el estado, salvo que el deudor alimentario demuestre que sus ingresos no aumentaron en igual proporción. En este caso, el incremento de los alimentos se ajustará al que realmente hubiese obtenido el deudor. De igual forma convienen que ambas partes que esta pensión alimenticia continuará a pesar de que la menor Belinda Hernández Román cumpla la mayoría de edad, siempre y cuando demuestre que continúe estudiando y durante el tiempo que duren sus estudios, la pensión que en esta clausula se fija permanente
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