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Convenio De Liquidacion De Sociedad Conyugal


Enviado por   •  29 de Noviembre de 2013  •  768 Palabras (4 Páginas)  •  2.901 Visitas

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CONVENIO QUE CELEBRAN LOS SEÑORES MICHELLE VELAZCO ROMERO Y HUGO ROMERO ALDANA, EN EL QUE SE DA CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO POR EL ARTICULO 443 DEL CÓDIGO CIVIL VIGENTE PARA EL DISTRITO FEDERAL, EN EL QUE SE ESPECIFICA LA FORMA EN QUE QUEDARÁ ARREGLADA LA SITUACIÓN DE SU HIJO DE NOMBRE JESUS SANTIAGO ROMERO VELAZCO, TANTO DURANTE EL PROCEDIMIENTO COMO DESPUÉS DE EJECUTORIADO EL DIVORCIO, CONFORME A LAS SIGUIENTES.

CLAUSULAS

CAPITULO PRIMERO

DE LOS HIJOS.

PRIMERA,-Manifiestan los señores MICHELLE VELAZCO ROMERO Y HUGO ROMERO ALDANA, como exponemos en nuestra solicitud de Divorcio Voluntario, durante la vigencia de nuestro matrimonio procreamos a nuestro hijo de nombre JESUS SANTIAGO ROMERO VELAZCO, quien actualmente cuentan con cuatro años siete meses de edad

SEGUNDA.-Convienen las partes que durante el procedimiento de divorcio, como después de ejecutoriada la sentencia que declare la disolución del vínculo matrimonial el hijo quedará bajo la patria potestad de ambos.

TERCERA.-Asimismo por lo que hace a la guarda y custodia de su hijo, ambos comparecientes manifiestan y están de acuerdo en que tanto dure el procedimiento como después de ejecutoriado el divorcio, la ejerza la señora MICHELLE VELAZCO ROMERO

CUARTA.-Para los efectos establecidos en la cláusula que antecede, durante el procedimiento como después de ejecutoriado el divorcio la señora MICHELLE VELAZCO ROMERO y su hijo tendrán como domicilio el ubicado en calle Norte 84 A 4715, interior 3, colonia Nueva Tenochtitlan, Delegación Gustavo A. Madero, C.P 07890, México D.F

QUINTA.-Para los efectos establecidos en la cláusula que antecede, durante el procedimiento como después de ejecutoriado el divorcio el señor HUGO ROMERO ALDANA, tendrá como domicilio el ubicado en AVENIDA RICARDO FLORES MAGON, NO.174, COLONIA BUENAVISTA, DELEGACION CUAUHTEMOC, CODIGO POSTAL 06300, MEXICO D.F

SEXTA.-Las necesidades alimenticias de su menor hijo serán cubiertas por ambos padres.

SÉPTIMA.-Para los efectos establecidos en la cláusula que antecede ambos comparecientes manifiestan expresamente que durante el procedimiento como después de ejecutoriado el divorcio el señor HUGO ROMERO ALDANA, proporcionará la cantidad de $ 1,000.00 (UN MIL PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL) mensuales, el día hábil último de cada mes; dicha cantidad será enviada a través de Telecom. Telégrafos a nombre dela señora MICHELLE VELAZCO ROMERO

OCTAVA.-Para efectos de la cláusula que antecede, lo señores MICHELLE VELAZCO ROMERO Y HUGO ROMERO ALDANA convienen y están de acuerdo en que no se otorgue garantía para asegurar la cantidad que a título de alimentos se pacta en este convenio

NOVENA.-Ambos comparecientes manifiestan expresamente estar capacitados económicamente para proporcionarse alimentos

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