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Creación de empresa Requisitos de Constitución Personas Morales


Enviado por   •  27 de Enero de 2018  •  Síntesis  •  1.787 Palabras (8 Páginas)  •  195 Visitas

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Constitución y Organización Empresarial Corporativa

Ismael Luna González

21 de febrero de 2015

Constitución de una Empresa

Requerimientos Generales

Tipos de personas

Es posible empezar un negocio siendo persona física o persona moral. Ambas tienen ventajas y desventajas, las cuales son las siguientes:[pic 1][pic 2][pic 3][pic 4]

Persona física

Persona Moral

Requisitos de Constitución Personas Morales

De conformidad con lo que establecen los artículos 15 de la Ley de Inversión Extranjera y 13 del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras, se requiere permiso de la Secretaría de Relaciones Exteriores para la constitución de sociedades. Para tal efecto, la Secretaría de Relaciones Exteriores, en términos de lo que establece el artículo 13 del Reglamento citado, otorgará los permisos para constitución de sociedades, solamente cuando la denominación o razón social que se pretenda utilizar no se encuentre reservada por una sociedad distinta. Asimismo, si en la denominación o razón social solicitada, se incluyen palabras o vocablos cuyo uso se encuentre regulado específicamente por otras leyes, la Secretaría de Relaciones Exteriores condicionará el uso de los permisos a la obtención de las autorizaciones que establezcan dichas disposiciones legales.

Las características comunes que deberán atenderse en el momento de constitución de la mayoría de las personas morales son:

  • Solicitar la autorización de uso de denominación o razón social.
  • Seleccionar un régimen jurídico.
  • Definir objeto social.
  • Establecer cuál será el domicilio.
  • Reunir la información de los socios, accionistas o asociados.
  • Definir la integración del capital social.
  • Definir la forma de administración.
  • Definir la forma de vigilancia.

Alta en Hacienda

Obtención del RFC

Requisitos que se necesitan para tramitar y obtener el registro federal de contribuyentes

  • Original del comprobante de domicilio fiscal actualizado (Teléfono, agua o luz).
  • Clave Única de Registro de Población (CURP).
  • Acta de nacimiento y/o Acta constitutiva en original.
  • Correo electrónico.
  • Identificación oficial vigente con fotografía y firma original (Credencial de elector, pasaporte, cartilla militar o licencia de conductor vigente.
  • Si inició el trámite a través de Internet, adicionalmente se presentará el acuse de preinscripción al RFC.
  • En caso de ser necesario, presentar, copia certificada del poder notarial con el que acredite la personalidad del representante legal, o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante Notario o Fedatario Público.
  • Formato "Datos capturados de la Solicitud de Inscripción del RFC" que se realiza en internet. (En un preregistro en donde se ponen los datos generales del solicitante y del giro del negocio).

Procedimiento que se sigue para tramitar y obtener el registro federal de contribuyentes

1. Reúne los documentos o requisitos para realizar el trámite.

2. Registra una cita (por internet o telefónicamente) y acude con la documentación del trámite a la Oficina del SAT de tú preferencia.

3. Entrega la documentación, solicita la recepción y operación del trámite.

Recibe tú Solicitud de Inscripción al RFC, Cédula de Identificación Fiscal, Guía de Obligaciones y Acuse de Inscripción al RFC

El trámite se realiza ante la Secretaría de Hacienda del estado. Es un trámite de carácter federal.

Obtención de la CIEC (Clave de Identificación Electrónica Confidencial)

Consiste en una clave creada por el usuario para trámites en línea, en el que el nombre de usuario es el RFC y la contraseña es una clave alfanumérica creada por el propio usuario. Es usado en el Portal privado del contribuyente, declaraciones y pagos, declaraciones informativas, envío de declaraciones anuales, corrección de datos, envío de solicitudes y descarga de Certificados de Sello Digital para Comprobantes Fiscales Digitales.

Obtención de la FIEL (Firma Electrónica Avanzada)

La Firma Electrónica Avanzada es un conjunto de datos que se adjuntan a un mensaje electrónico, cuyo propósito es identificar al emisor del mensaje como autor legítimo, tal y como fuera una firma autógrafa.

Se usa en dictámenes fiscales, expediente del contribuyente, comprobantes fiscales digitales, donatarias autorizadas o solicitud de devoluciones, entre otros.

El alta en Hacienda es necesario para que la empresa pueda operar cumpliendo con las disposiciones fiscales vigentes y este en facultad de tributar, facturar, solicitar devoluciones, y excepciones de gastos, etc.

Aviso Notarial a la Secretaría de Relaciones Exteriores

Así mismo y, de acuerdo a lo establecido por el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras, dentro de los seis meses siguientes a la expedición de los permisos para la constitución de sociedades a que se refiere el artículo 15 de Ley de Inversión Extranjera, el interesado debe dar aviso del uso del mismo a la Secretaría de Relaciones Exteriores. En dicho aviso se debe de especificar la inclusión en el instrumento correspondiente de la cláusula de exclusión de extranjeros o, en su caso, del convenio previsto en el artículo 14 del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras (que los socios extranjeros, actuales o futuros de la sociedad se obligan ante la Secretaría de Relaciones Exteriores a considerarse como nacionales respecto de las acciones, partes sociales o derechos que adquieran de la sociedad, bienes, derechos, concesiones, participaciones o intereses de que sean titulares las sociedades y los derechos y obligaciones que deriven de los contratos en que sean parte las propias sociedades; asimismo deberán incluir la renuncia de no invocar la protección de sus gobiernos bajo la pena, en caso contrario, de perder en beneficio de la Nación los derechos y bienes que hubiesen adquirido).

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